Una jueza archiva la denuncia contra los administradores judiciales del Córdoba CF SAD
Una nueva parte finalizada del entramado judicial que supuso la venta de la unidad productiva del Córdoba CF SAD. Esta vez, el Juzgado de Instrucción número 7 ha archivado la denuncia de la empresa Aceites García de la Cruz, a la que se unieron tiempo después Mesa Sports Asesores y Azaveco, impuesta el 29 de noviembre del 2020 a Paco Estepa y Javier Bernabeú, administradores judiciales de la entidad cordobesa. Una querella que se llevó a cabo por la “presunta comisión de los delitos de cohecho, negociaciones y actividades prohibidas y abusos en el ejercicio de su función, estafa procesar y administración desleal”.
A modo de contexto, esta querella se produjo el pasado 29 de noviembre en una información adelantada por ABC Córdoba. La denuncia realizada por Aceites García de la Cruz fue admitida a trámite y en ella se formulaba contra los administradores judiciales del club -sin funciones desde el 10 de septiembre de 2020-, Francisco Estepa y Javier Bernabéu, y el que fue administrador concursal del proceso habido entre 2011 y 2012, Daniel Pastor. Según el escrito de demanda, son seis los presuntos delitos que señalan: cohecho, negociaciones y actividades prohibidas y abusos en el ejercicio de su función, estafa procesal, administración desleal, corrupción entre particulares y malversación
Aun así y tal y como ha adelantado @canblanquiverde en su cuenta de Twitter y ha podido confirmar este periódico, la denuncia realizada por la empresa aceitera ha sido archivada por el Juzgado de Instrucción número 7. En la resolución, la magistrada Rivas Navarro ha manifestado que “no resulta del todo meridianamente claro” que Aceites García de la Cruz “ostente la condición de acreedor frente al Córdoba CF SAD”, ya que la deuda que asciende aproximadamente hasta 1.275.000 euros más costes tenía su origen en un préstamo otorgado a la entidad Aglomerados Córdoba, representada por Jesús León.
Por otro lado, la jueza ha validado todo el proceso realizado por los administradores judiciales en la venta de la unidad productiva del Córdoba CF SAD. “Estimamos que los hechos denunciados carecen de relevancia penal, no solo porque no han sucedido como se narran en la denuncia, sino porque no son subsumibles en los tipos de penales denunciados, al verse amparados por el tantas veces reiterado auto dictado por el Juzgado de lo Mercantil autorizando la venta productiva. Por ello es procedente decretar el archivo de las actuaciones”, culmina.
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