El TSJA anula las actuaciones tras la condena al alcalde de Posadas y un exedil
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha acordado la nulidad de las actuaciones respecto al procedimiento que un trabajador del Ayuntamiento de la localidad cordobesa de Posadas interpuso contra el Consistorio; el alcalde, Emilio Martínez (PSOE), y el ahora concejal no adscrito y exedil por IU Daniel García Arrabal, que fueron condenados por supuesta modificación de condiciones de trabajo y tutela de derechos fundamentales.
Según informan a Europa Press fuentes judiciales y ha adelantado Diario Córdoba, el TSJA fundamenta su decisión en “una indebida acumulación de las acciones ejercitadas por el trabajador, entre una modificación sustancial de las condiciones de trabajo y la extinción del contrato a instancias del trabajador por incumplimientos graves empresariales, reponiendo las mismas al momento anterior a dictarse el Decreto --que admitía la demanda--”.
En este sentido, las fuentes indican que el Alto Tribunal andaluz, que “no entra en el fondo del asunto” denunciado, solicita que “las actuaciones empiecen de nuevo”, una vez que “el trabajador opte por alguna de las acciones” concretas a ejercitar. La resolución no es firme y contra ella cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS).
De este modo, la sentencia que en su día dictó el Juzgado de lo Social número 4 de Córdoba queda anulada, después de que el juez los condenó a los dos “a cesar en su conducta y a indemnizar al demandante solidariamente”. A tal efecto, la sentencia dictó el embargo por valor de 18.000 euros para cada uno de los procesados y hacer frente así a la indemnización de 36.000 euros a la que fueron condenados.
Ante esta situación, el PSOE de Posadas ha emitido un comunicado en el que expresa que comparte la decisión del TSJA, “en tanto que se ha desarrollado un procedimiento que no era acorde a derecho”, al tiempo que lamenta el “juego sucio realizado por el PP, utilizando una sentencia que no era firme, tratando de sacar rédito de un conflicto laboral mediante un discurso como si se tratase de un proceso penal”.
Además, los socialistas consideran que se han causando “graves perjuicios morales y materiales que difícilmente son recuperables, máxime en un pueblo en el que todos compartimos el día a día”.
Cabe recordar que el Juzgado de lo Social número 4 de Córdoba dictó un auto de ejecución provisional en el que ordenaba el embargo de los saldos de titularidad del alcalde y del exedil por IU, de manera que se ordenó el embargo de “los saldos bancarios, la devolución de Hacienda y el coche de cada uno”, según precisan las fuentes judiciales.
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