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Un juez exonera de pagar 258.000 euros a un autonómo que tuvo que cerrar su restaurante y acumuló deudas

Ciudad de la Justicia de Córdoba

Redacción Cordópolis

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Una sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil Nº1 de Córdoba, en aplicación de la conocida como Ley de Segunda Oportunidad, ha exonerado del pago de 258.000 euros a un empresario autónomo que tuvo que cerrar su restaurante por la caída de las ventas y acumuló desde entonces una deuda llegando a dicho importe.

Desde la Asociación de Ayuda al Endeudamiento señalan en un comunicado que se trata de una sentencia pionera que marca un precedente en el ámbito judicial exonerando deuda con la Agencia Tributaria, catalogada entra las sanciones “muy graves”, ya que hasta la fecha este tipo de obligación habían excluido la posibilidad de exoneración completa.

En el relato de los hechos, cuentan cómo el empresario R.C. era propietario de un restaurante y cerró su negocio en 2019 tras un descenso en las ventas, provocado por el aumento de la competencia y el peso de unas deudas que se volvieron inasumibles. Esta situación lo llevó a declararse en bancarrota.

Antes de cerrar el restaurante, intentó sin éxito negociar aplazamientos con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Desde entonces, diferentes sanciones y multas se generaron a su nombre en las administraciones.

Tras contactar con la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, un grupo de abogados y economistas especializados en casos de insolvencia, estudiaron su situación y le recomendaron acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.

Sentencia sin precedentes

Aunque el empresario tenía dudas sobre la posibilidad de exonerar sus deudas públicas, el abogado José Domínguez, de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, explicó que, “en ese momento, la deuda pública era un tema algo peliagudo. Aunque se confiaba en una posible corrección en línea con los objetivos de la Unión Europea, que busca la exoneración total de este tipo de obligaciones, no ha realizado la modificación que se esperaba dejándolo en manos de los jueces ”.

El proceso comenzó con la comunicación de la situación del deudor al Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, lo que abrió la fase concursal. Una vez acreditada la inexistencia de bienes del concursado, se solicitó la exoneración de la deuda. La situación no era favorable para el deudor, puesto que aún quedaban más de 80.000 euros de deuda pendiente con Hacienda y Seguridad Social. Y las sanciones muy graves con la Agencia Tributaria podrían llevar a la desestimación de su solicitud.

Sin embargo, el magistrado desestimó la oposición de Hacienda y fue más allá: permitió la exoneración de la deuda a este cordobés a pesar de tener entre ellas una que, hasta la fecha, inadmitía esta posibilidad.

Un nuevo comienzo

Gracias a esta resolución, el empresario ha quedado completamente libre de una deuda de 258.136,94 euros. Además, los acreedores no podrán reclamar más pagos ni incluirle en ficheros de morosos.

“Con esta sentencia, este autónomo podrá reiniciar su vida financiera sin miedo a embargos, abriendo la puerta a nuevas oportunidades de inversión y crecimiento”, exponen desde la asociación. “Esta resolución judicial ofrece esperanza a muchos ciudadanos en situaciones similares y refuerza el objetivo de la Ley de la Segunda Oportunidad: permitir a las personas insolventes recuperar su estabilidad económica y personal”.

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