Indemnizan a un hombre que pasó 171 días en prisión preventiva después de ser absuelto
Un hombre ha recibido una indemnización de 4.400 euros por haber pasado 171 días en prisión preventiva tras ser absuelto de los cargos de maltrato habitual, maltrato en el ámbito familiar y contra los deberes familiares. La sentencia absolutoria fue dictada por unJuzgado de lo Penal de Córdoba el 12 de julio de 2019 y confirmada por la Audiencia Provincial de Córdoba el 16 de octubre de 2019.
El hombre, representado por el abogado cordobés Marcos Santiago Cortés, fue detenido el 24 de junio de 2017 y puesto en libertad provisional el 11 de diciembre de 2017. Durante este tiempo, se le impuso una medida cautelar de alejamiento y prohibición de comunicación respecto del hijo de su pareja, un menor de edad. El caso se inició a partir de una denuncia por parte de la abuela del menor, quien alertó a las autoridades de que su nieto presentaba diversas lesiones en la cabeza y en las extremidades inferiores. El menor fue ingresado en el Hospital Reina Sofía de Córdoba, donde los médicos activaron el protocolo por sospecha de maltrato.
Tras la instrucción del caso, el Ministerio Fiscal acusó a este hombre y a su pareja de los delitos de maltrato habitual, maltrato en el ámbito familiar y contra los deberes familiares. Sin embargo, durante el juicio oral, los médicos forenses que examinaron al menor no pudieron determinar si las lesiones que presentaba eran compatibles con una caída accidental o con una agresión.
Ante la duda, el juez dictó una sentencia absolutoria para ambos acusados. Esta sentencia fue confirmada posteriormente por la Audiencia Provincial de Córdoba. Tras su absolución, el hombre presentó una reclamación de responsabilidad patrimonial al Estado por los daños sufridos a consecuencia de la prisión preventiva. El reclamante solicitaba una indemnización de 14.420 euros.
Finalmente, el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes estimó parcialmente la reclamación y concedió a este hombre una indemnización de 4.400 euros. Esta cantidad se fijó teniendo en cuenta el tiempo de privación de libertad (171 días) y las consecuencias personales y familiares que el ingreso en prisión le había producido.
La resolución del Ministerio destaca que la prisión preventiva es una medida legítima que puede ser impuesta por el Estado en aras del interés general. Sin embargo, también reconoce que en aquellos casos en los que el proceso penal finaliza con una absolución o un sobreseimiento libre, el ciudadano tiene derecho a ser indemnizado por los daños sufridos.
0