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Se confunde de coche yendo borracho y acaba condenado por agredir a los policías que comprobaron que no era suyo

Un agente de la Policía Local

Alejandra Luque

28 de octubre de 2025 20:07 h

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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba ha estimado parcialmente el recurso presentado por la defensa de un condenado por un delito de atentado contra agentes de la autoridad, lesiones leves y maltrato de obra, tras agredir a dos policías locales durante el transcurso de una discusión en la que el procesado se había equivocado de coche, efectuando también daños sobre el vehículo. La Audiencia elimina uno de los delitos, mantiene intactos los demás y reduce la indemnización al propietario del coche.

Según los hechos probados, sobre las 21:30 del 26 de febrero de 2025, el procesado fue sorprendido junto a un vehículo estacionado en la avenida de la Paz de La Carlota. El propietario avisó a una patrulla de la Policía Local al sospechar que el acusado intentaba llevarse su vehículo. Cuando los agentes llegaron, pidieron a ambos las llaves del coche, comprobando que solo lo abrían las que tenía el propietario del vehículo.

En ese momento, el acusado insistió en que era suyo y, en un momento de alteración, golpeó el vehículo y acometió contra los agentes, llegando a empujar y rasgar la chaqueta de uno de ellos. El agente sufrió contusiones lumbares y dolor de rodilla y los desperfectos del uniforme fueron valorados en 65 euros.

El Juzgado de lo Penal número 5 de Córdoba lo condenó en marzo a diez meses de prisión por atentado, así como a dos multas leves por lesiones y maltrato de obra, y le obligó a indemnizar a los agentes y al propietario del vehículo por los daños causados, tasados en más de 537 euros.

Frente al fallo, su abogada presentó un recurso, argumentando, entre otros motivos, que el acusado actuó bajo los efectos del alcohol y creyendo erróneamente que el coche era suyo. La Audiencia, sin embargo, ha rechazado la mayor parte de los argumentos de la defensa al considerar que “las pruebas de cargo son sólidas, consistentes y verosímiles”, apoyadas en los testimonios de los agentes, el propietario y los informes periciales. No obstante, el tribunal lo ha absuelto del delito leve de maltrato de obra, al entender que queda subsumido dentro del atentado a la autoridad, y ha reducido la indemnización por daños al vehículo a 324,59 euros, eliminando la parte correspondiente a la cerradura del coche, que no fue considerada delito.

El resto de la condena, incluyendo los diez meses de prisión y las indemnizaciones al agente lesionado, queda ratificado.

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