La Audiencia Nacional tumba una querella de los negacionistas de las vacunas contra tres farmacéuticas
La Sección número dos de la sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha tumbado una querella de un grupo de negacionistas de las vacunas contra la Covid 19 formulada contra las tres grandes farmacéuticas que desarrollaron el producto: Pfizer, Moderna y Astrazeneca,. La demanda ha sido interpuesta por la asociación Salud y Justica, que se organizó en Córdoba justo después de la pandemia con el objetivo de denunciar todas las medidas sanitarias que se aplicaron.
Salud y Justicia ya denunció a prácticamente toda la Junta de Andalucía y su equipo de la Consejería de Salud (incluido el gabinete de prensa), con acusaciones como que manipulaban el ADN de las personas con las vacunas,. Entonces, la magistrada del Juzgado de Instrucción número 2 de Córdoba archivó la demanda acusando al colectivo de no haber presentado “el más mínimo indicio” delictivo, y con fuertes críticas a los argumentos usados.
Ahora, el caso ha llegado hasta la Audiencia Nacional, donde la asociación presentó una querella, que se archivó y contra la que activó un recurso, que ahora también se tumba,. Nuevamente, los abogados de esta asociación han presentado argumentos contra la ciencia y contra las empresas farmacéuticas.
Un catálogo de acusaciones sin base científica
En su recurso ante la Audiencia Nacional, la asociación reiteró que las vacunas son en realidad una “bio-arma” genotóxica que se presenta engañosamente al público. Entre sus alegatos más extremos, afirmaban que el producto causa la muerte en el 74 % de los casos de inoculados y provoca enfermedades como parálisis, trombos, cáncer e infertilidad. Sin embargo, el tribunal ha ratificado la inadmisión de la querella al considerar que los hechos denunciados carecen de ilicitud penal y no presentan indicios objetivos que avalen su realidad.
Uno de los pilares del auto judicial, dictado el 10 de diciembre de 2025, es que los delitos de manipulación de genes humanos (artículo 159 del Código Penal) y de utilización de ingeniería genética para producir armas biológicas (artículo 160) no pueden ser cometidos por personas jurídicas en España. El sistema legal español establece un listado cerrado (numerus clausus) de delitos imputables a empresas, y los tipos penales invocados por Salud y Justicia no se encuentran en dicha lista.
Además, la Audiencia Nacional señaló errores de bulto en la querella, como la mención al artículo 358 del Código Penal, el cual se refiere en realidad al delito de incendio y no tiene relación alguna con la salud pública. El tribunal calificó los intentos de la asociación como una “investigación prospectiva” prohibida por el ordenamiento jurídico, ya que pretendían iniciar un proceso penal basado en meras sospechas y alegaciones genéricas sin aportar principios de prueba.
Intentos fallidos contra los directivos y acusaciones de estafa
En un intento por salvar la demanda, Salud y Justicia solicitó también el procesamiento de los CEOs y Directores Generales de las farmacéuticas entre 2021 y 2024. La Sala rechazó esta pretensión subrayando que en el derecho penal no existe una responsabilidad objetiva por el mero cargo, sino que se requiere describir una conducta concreta dolosa, algo que los querellantes no hicieron. Asimismo, el tribunal recordó que las filiales españolas querelladas no fueron las encargadas de fabricar las vacunas, sino sus empresas matrices.
Finalmente, el tribunal desestimó la acusación de estafa introducida a última hora en el recurso, donde el colectivo alegaba un “engaño bastante” al Estado para la compra de las vacunas,. La Audiencia Nacional concluyó que no se concretó la maniobra engañosa ni se aportaron pruebas de la misma.
Esta resolución sigue la línea de lo ocurrido previamente en los juzgados de Córdoba. Allí, la asociación había acusado a médicos y farmacéuticos de la Junta de Andalucía de tratar a los ciudadanos como “cobayas” en un “experimento de inoculación delictivo”. En aquella ocasión, los denunciantes llegaron a afirmar que la población sufría un programa de “rebaja intelectual” que les impedía comprender la gravedad de la situación. Al igual que ahora la Audiencia Nacional, la jueza de Córdoba determinó que los denunciados eran profesionales que no tenían intervención alguna en la elaboración de las vacunas ni conocimientos de ingeniería genética para realizar las manipulaciones alegadas.
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