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Condenada a tres años y medio de cárcel la exalcaldesa de Peñarroya por fraude y falsedad

La alcaldesa, durante el juicio

Europa Press

11 de diciembre de 2023 16:26 h

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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a penas que suman tres años y seis meses de cárcel por delitos de prevaricación administrativa, fraude de subvenciones por más de 175.000 euros y falsedad en documento público a la exalcaldesa del municipio cordobés de Peñarroya-Pueblonuevo Luisa Ruiz, cuando estuvo al frente del Ayuntamiento en su etapa socialista, dado que posteriormente lideró el partido independiente Unión Demócrata Peñarriblense (UDPñ).

Según recoge la sentencia, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la Audiencia condena a Ruiz como autora de un delito continuado de prevaricación administrativa a tres años y seis meses de inhabilitación especial para el cargo público de alcaldesa, y como autora de un delito de fraude de subvenciones a seis meses de prisión y multa del 50% del tanto (87.974,46 euros), con diez días de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago.

Asimismo, es condenada por un delito de falsedad en documento emitido por funcionario público a un año y seis meses de cárcel, multa de tres meses a razón de diez euros de cuota diaria, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas sin pagadas, y un año de inhabilitación especial para el cargo público de regidora. En todos los delitos se ha aplicado la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas y la agravante de prevalecerse del carácter público en el caso del delito de fraude de subvenciones.

En cuanto a la responsabilidad civil, condena a Ruiz a indemnizar al Instituto para la Transición Justa (antes Instituto de Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras) por la cantidad de 153.235 euros por las cantidades entregadas al Ayuntamiento por este Instituto y no dirigidas al objeto de la subvención relacionada con los trabajos de la Unidad de Actuación IX y en la cantidad de 22.713,92 euros por las cantidades entregadas al Consistorio por el Instituto y no dirigidas al objeto de la subvención relacionada con los trabajos del polígono Vega Currillo, debiendo responder con carácter subsidiario el Ayuntamiento.

Además, se acuerda deducir testimonio de la presente sentencia, de lo declarado sumarialmente y de lo manifestado en el acto del juicio, por si una testigo pudiera haber incurrido en falso testimonio por sus declaraciones vertidas en la vista oral. Contra la sentencia cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS).

Los hechos

En concreto, se da por probado que en diciembre de 2007 se firmó un convenio entre el Instituto de Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras --en adelante IRMC-- y el Ayuntamiento de Peñarroya-Pueblonuevo para la redacción de dos proyectos de urbanización y otras asistencias técnicas en el municipio.

Según la cláusula primera, tenía que referirse necesariamente al proyecto de urbanización y modificación del planeamiento Antolín III y al proyecto de urbanización y modificación del planeamiento de Vega Currillo, especificándose que en el caso de que los proyectos tuvieran un alcance mayor que el correspondiente a la denominación anteriormente descrita contendrían, necesariamente, una separata que correspondería con tal denominación y sólo se abonaría el importe de la separata.

Se trata de un expediente económico de ayudas concedidas al Ayuntamiento por el IRMC en aplicación del plan nacional de reservas estratégicas de carbón 2006-2012 y nuevo modelo de desarrollo integral y sostenible de las comarcas mineras. El proyecto total de la subvención concedida para el mismo era de 755.583,35 euros con fecha límite de ejecución el 31 de diciembre de 2009.

Así, el Consistorio había encargado a la empresa Promociones Industriales Valle del Alto Guadiato SL --en adelante Pivag--, por un lado la gestión de la redacción de la innovación-modificación para construir el nuevo polígono industrial en la zona de Vega Currillo mediante encomienda de gestión de 26 de septiembre de 2007, y por otro lado la gestión de la transformación del suelo del Polígono Industrial el Antolin III y la redacción del proyecto de urbanización del mismo mediante encomiendas de gestión de 18 de octubre de 2005 y de 6 de febrero de 2008.

En definitiva, el Ayuntamiento presentó como realizados gastos correspondientes a la redacción de proyectos que “no estaban justificados en su totalidad”. Habiéndose abonado por el IRMC el total de la subvención (755.583,35 euros), “no constando el destino dado a algunas de las cantidades recibidas del IRMC que no fueron dirigidas a sufragar los gastos de estos proyectos”.

De tal manera que en relación con los trabajos de una arquitecta, de los 175.354 euros procedentes de la subvención, “se desconoce a dónde se han destinado 153.235 euros, cantidad muy superior a 120.000 euros”. Además, “a esos 153.235 euros se han de sumar 22.713,92 euros por unos indeterminados e injustificados 'gastos generales', introducidos arbitrariamente por la alcaldesa” en trabajos realizados por un estudio, lo que da un total de 175.948,92 euros defraudados, según la sentencia.

Dotación de servicios

Por otra parte, el 28 de diciembre de 2007 se firmó un convenio de colaboración entre el IRMC, la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento para la ejecución del proyecto de dotación de servicios urbanísticos en el nuevo polígono industrial de Vega Currillo, siendo el objeto de la misma el abastecimiento de agua, la ejecución de una estación depuradora, suministro de telefonía y telecomunicaciones y de energía eléctrica por 1.899.500 euros.

La empresa que dirigía la obra emitió una memoria en la que constaba que la valoración de actuaciones ascendía a 1.835.583,24 euros. La acusada, dado que los costes no alcanzaban el total de subvención (1.835.651,28 euros), “movida por lograr el cobro de la totalidad (1.899.500 euros), aprovechándose del control que ostentaba sobre la empresa Pivag, confeccionó una factura por 63.848,73 euros en concepto de 'estudios topográficos y geotécnicos y de gestión', la cual no se correspondía a trabajos reales, siendo la única finalidad el cobro total de la subvención, incluyéndose en la factura 2.081,12 euros por unos indeterminados e injustificados 'gastos generales', introducidos arbitrariamente por la regidora”.

Con el fin de justificar ante el IRMC el gasto de subvención, la acusada remitió junto con certificaciones de empresas y la factura de Pivag “un informe sucinto sin fecha y firmado por ella y por un técnico municipal, en el que se hacía constar que el coste de los trabajos fue de 1.899.500 euros, a sabiendas la acusada de que no correspondían a tal cantidad e ignorando el técnico tal circunstancia”.

También, “se emitió un certificado firmado por la alcaldesa en el que señalaba que el importe de las actuaciones ascendía a 1.899.500 euros”, a la vez que “se eludió remitir al IRMC la memoria de actuaciones realizada por la empresa que recogía que el coste de sus actuaciones era de 1.835.583,24 euros”.

“Con esta argucia, la alcaldesa logró que el IRMC abonara al Ayuntamiento el total de la subvención (1.899.500 euros)”, se expone en la resolución, que agrega que “no consta el destino dado a las cantidades no destinadas a estos trabajos y que ascienden a 63.916,76 euros”.

La acusada fue investigada por estos hechos desde el día 21 de octubre de 2013, siendo interrogada en dicha calidad, en el Juzgado de Instrucción, el día 5 de octubre de 2020.

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