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El Supremo falla a favor de un despedido del Imdeec, que podrá elegir volver

Imagen de la sede del Imdeec | MADERO CUBERO

Alfonso Alba

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La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia favorable a un trabajador despedido del Instituto Municipal de Empleo y Desarrollo Económico (Imdeec) cuando Rafael Navas (PP) era su presidente. Ahora, el alto tribunal unifica doctrina y da a elegir a este trabajador (que cuando fue despedido era el delegado sindical de UGT) la opción de elegir: o la readmisión o la indemnización.

El trabajador, Carlos Ordoñez, optó por seguir la vía judicial hasta el más alto tribunal y reclamar una unificación de posturas. Los tribunales fueron anulando muchos de los despidos ejecutados en el Imdeec. Sin embargo, quedó la opción de que el consejo de administración de este organismo municipal decidiese qué hacía con los trabajadores: indemnizarles o readmitirlos. En todos los casos se optó por la indemnización. Sin embargo, este extrabajador decidió continuar con la vía judicial hasta el más alto tribunal, que tirando de jurisprudencia ha unificado la doctrina existente hasta el momento.

En este caso, el consejo de administración del Imdeec también aprobó la indemnización para este trabajador, que se fijó en 86.000 euros. Fue el último de los cinco despedidos que posteriormente ganaron su recurso en los tribunales. Ahora, tras el fallo es el trabajador el que tiene un plazo para comunicarle al Imdeec si quiere volver.

En su día, los sindicatos denunciaron una “persecución ideológica” en el Imdeec, ya que de los cinco despedidos (de una plantilla de 23 personas) tres eran delegados sindicales de UGT (como este caso), CCOO y CTA. Todos los trabajadores despedidos renunciaron a seguir adelante con sus demandas, salvo Ordoñez, que ahora consigue que el alto tribunal le dé la razón. Los servicios jurídicos municipales tienen que estudiar ahora si también procede la readmisión o al menos darle la opción de la misma al resto de empleados municipales. Hubo otra persona que recurrió al Supremo pero en este caso no se le admitió a trámite.

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