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Nombramiento de Demetrio Fernández como obispo de Córdoba en marzo de 2010

Redacción Cordópolis

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El proceso que se pondrá en marcha este sábado tras la presentación de la renuncia por edad de Demetrio Fernández González obedece a lo dispuesto por el Código de Derecho Canónico para la sucesión episcopal. Este paso por edad se enmarca en la normalidad que representa para todos los obispos diocesanos presentar al Santo Padre su renuncia al cumplir 75 años de edad.

Una vez presentada la renuncia al Papa a través de la Nunciatura Apostólica, el Santo Padre podrá aceptarla inmediatamente o conceder una prórroga. Una vez aceptada la renuncia por parte del Papa, se inicia un periodo conocido como Sede Vacante. Durante este periodo de Sede Vacante, la diócesis pasará a ser gobernada interinamente por un administrador, el cual será o administrador diocesano, en caso de que haya sido elegido por el Colegio de Consultores compuesto por varios sacerdotes de Córdoba, o administrador apostólico, si es nombrado directamente por la Santa Sede.

La función del Administrador cesará cuando el nuevo obispo tome posesión de la diócesis. Entonces, el obispo dimisionario pasará a ser obispo emérito de la diócesis.

Cómo se elige al nuevo obispo

Corresponde al Nuncio Apostólico presentar al Dicasterio para los Obispos una terna de candidatos a obispo de Córdoba. Para la elaboración de dicha terna de candidatos, el Nuncio Apostólico ha consultado previamente a un amplio número de personas, empezando por el Presidente de la Conferencia Episcopal Española, el Arzobispo de la Provincia Eclesiástica y demás obispos, sacerdotes y fieles de la región. La Diócesis de Córdoba pertenece a la Provincia Eclesiástica de Sevilla junto a las diócesis de Cádiz y Ceuta, Córdoba, Huelva, Canarias, Asidonia-Jerez y Tenerife.

La antes mencionada terna de candidatos será analizada en el Dicasterio para los Obispos y, posteriormente, presentada al Santo Padre, quien será quien tome la decisión definitiva de nombrar obispo a alguno de los candidatos presentados o no.

Después de que el Papa reciba la terna, leerá los documentos, rezará por los candidatos y luego elegirá personalmente. Naturalmente, el Papa siempre es soberano y podría solicitar que se prepare otra terna o, incluso, elegir a algún candidato que no haya sido formalmente presentado en la terna.

Una vez que el Santo Padre haga su elección, se informará al Nuncio Apostólico, quien llamará al candidato elegido para preguntarle si acepta tal elección. Si acepta, se preparará todo para la publicación y la ordenación y/o instalación del nuevo obispo en su nueva sede. Si se niega, el proceso comenzará de nuevo.

Toma de posesión del nuevo obispo

Una vez nombrado el nuevo obispo diocesano y hecho público su nombramiento, éste deberá tomar posesión canónica de su diócesis dentro del plazo de tres meses a partir del momento en que reciba las Letras Apostólicas, si aún no había recibido la consagración episcopal, y dentro del plazo de dos meses, si ya es obispo. El nuevo obispo puede tomar posesión canónica de su diócesis personalmente o por medio de un procurador, que mostrará las Letras Apostólicas al Colegio de Consultores, en presencia del Canciller de la curia diocesana, que levantará acta. La toma de posesión canónica tendrá lugar en la Catedral, con un acto litúrgico al que asistirán el clero y la sociedad. La ley canónica obliga al obispo a residir personalmente en la diócesis.

Obispo emérito

Tras la aceptación de su renuncia, Fernández pasará a ser obispo emérito de la Diócesis de Córdoba una vez que la Sede episcopal esté ocupada por su sucesor. Mantendrá este título honorífico, pero ya no tiene jurisdicción, y sólo podrá realizar las tareas que se le encomiende.

La diócesis deberá cuidar de que se disponga lo necesario para su conveniente y digna sustentación, teniendo en cuenta que la obligación principal recae sobre la misma diócesis a la que sirvió. Fernández, si lo desea, podrá continuar residiendo en la diócesis, a no ser que en casos determinados, por circunstancias especiales, la Sede Apostólica provea de otra manera.

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