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Rechazan una demanda de CSIF contra CCOO en Securitas

Protesta sindical en Córdoba | MADERO CUBERO

Redacción Cordópolis

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El primer sindicato demandó al segundo por una supuesta negación de información en la empresa

Un Juzgado de lo Social ha rechazado la demanda que los dos miembros de CSI-CSIF en el comité de empresa de Securitas Seguridad España S.A. presentaron contra la propia empresa, los seis delegados de CCOO, el presidente y el secretario de dicho comité, ambos de CCOO, por habérseles negado copias de las copias básicas de los contratos de trabajo en vigor de la plantilla que la empresa había entregado al comité, según ha informado este último sindicato a través de una nota de prensa.

El comité de empresa decidió, por seis votos a favor (los de CCOO), una abstención (de UGT) y dos votos en contra (los de los demandantes), no autorizar la realización de copias de los contratos que les había entregado la empresa porque en los mismos aparecen datos que pueden afectar a la intimidad, como el DNI, domicilio, estado civil, etc. “No contentos con la decisión del comité, los representantes de la CSIF decidieron presentar una demanda por vulneración del derecho a la libertad sindical”, denuncia CCOO.

La sentencia señala ahora que no existe lesión de la libertad sindical, como reclamaba CSIF, puesto que “la actuación del comité obedece a la política de confidencialidad que les traslada la empresa y a la necesidad de salvaguardar los datos sensibles que constan en las copias de los contratos”.

Asimismo, el fallo recuerda que la decisión de no poder hacer copias de las copias básicas de los contratos que la empresa entrega al comité de empresa “afecta por igual a todos los sindicatos” y afirma que “lo que pretende la demanda es obviar las normas de funcionamiento del comité y el criterio de la mayoría de tal modo que cualquier votación contraria a sus intereses daría lugar a un acuerdo procedimentalmente válido pero sustancialmente nulo por vulnerar su derecho a la libertad sindical, lo que no deja de ser retorcer el sistema en su propio beneficio sometiendo a la mayoría a las presiones de la minoría”.

Además, apunta que no existe ningún artículo en ninguna ley o norma que “obligue a entregar copia de las copias básicas a cada miembro del comité”, a lo que añade que “debe primar el sentido común, es decir, la limitación del número de copias de los contratos a fin de constatar y controlar permanentemente su ubicación y el acceso a los mismos, en aras de salvaguardar los datos” que puedan constar en ellos.

CCOO ha mostrado su satisfacción por la sentencia, “ya que es práctica habitual de los delegados de CSIF en el comité de empresa de Securitas demandar al resto de miembros del comité e incluso a la empresa cada vez que se le niega hacer copias de una documentación que pueden consultar en cualquier momento en las dependencias que la empresa ha puesto a disposición del comité de empresa”.

De hecho, hay varias demandas pendientes de resolución en los juzgados, que CCOO espera que la demandante retire a la luz de las sentencias desestimatorias que está recibiendo y que, en opinión del sindicato, “demuestran que no le interesan los trabajadores de la empresa, sino defender sus propios intereses aunque sea malgastando recursos públicos a sabiendas de que sus demandas van a ser desestimadas”.

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