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El Punto de Encuentro Familiar atiende a 175 menores de familias con conflictividad

Punto de Encuentro Familiar.

Redacción Cordópolis

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El Punto de Encuentro Familiar (PEF) de Córdoba atendió durante el primer semestre de este año a 175 menores de edad, según el balance de este recurso público que gestiona la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía y al que llegan, por derivación judicial, casos de progenitores en procesos y situaciones de interrupción de la convivencia familiar con una alta conflictividad.

Según ha informado la Junta, durante los seis primeros meses de 2018 el PEF de esta provincia tramitó un total de 142 expedientes, 68 de ellos (el 48%) derivados por juzgados de Violencia contra las Mujeres y en los que había afectados 51 menores por las medidas de protección adoptadas judicialmente.

El PEF está constituido un espacio idóneo y neutral para garantizar el derecho esencial de los menores de edad a relacionarse con sus progenitores y familiares. De esta forma, se hacen posible los regímenes de visitas, comunicación y estancia de estos menores con los progenitores o familiares que no dispongan de su custodia, determinados por los órganos judiciales.

Para estos casos de violencia de género, en los PEF se adoptan medidas que evitan el contacto entre agresor y víctima, además de fijar un protocolo horario que garantiza en todo momento el cumplimiento de las medidas judiciales impuestas a la persona investigada o penada.

Los PEF, que en Andalucía están en todas las capitales de provincia, además de en Algeciras y Jerez (Cádiz) y Marbella (Málaga), cuentan con un equipo técnico multidisciplinar formado por psicólogos, pedagogos, trabajadores sociales y educadores, especialmente formados para la atención de casos de conflictividad familiar.

La Junta de Andalucía puso en marcha en el año 2009 los PEF, donde se facilita un servicio temporal, excepcional y de carácter gratuito, con el objetivo de propiciar la normalización de la convivencia familiar. La duración de la intervención está limitada a un período máximo de 18 meses, prorrogable mediante resolución del órgano judicial correspondiente.

Además, en estos recursos se ofrece orientación psicosocial individual y familiar, para que las personas usuarias puedan mejorar sus relaciones y superen la situación de conflicto familiar que motivó la derivación judicial a los PEF.

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