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La Junta abre diligencias contra siete viviendas protegidas por haberlas convertido en pisos turísticos

Entrada a un apartamento turístico de la ciudad | MADERO CUBERO

Juan Velasco

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La Consejería de Fomento de la Junta de Andalucía ha abierto diligencias contra siete viviendas protegidas ubicadas en la provincia de Córdoba en las que existen indicios graves de que se están destinando a un uso turístico no autorizable.

Según ha podido saber este periódico de fuentes del Gobierno Andaluz, la Consejería de Fomento está haciendo un trabajo de control del uso de las viviendas protegidas para que no se destinen a uso turístico y, en el marco de estas operaciones, ha detectado siete casos en la provincia de Córdoba, del total de 30 que tienen abiertas diligencias en Andalucía.

En el caso de Córdoba, explican las fuentes consultadas, se da la circunstancia de que el volumen de viviendas turísticas inscritas “no es significativo como lo puede ser en otras provincias como Sevilla, Granada y, sobre todo, Málaga”. “Por tanto, el volumen de inscritos también repercute en el volumen da casos detectados”, especifican. En ese sentido, ninguna de las 14 viviendas que ya tienen un expediente sancionador por esta tipología pertenecen a la provincia de Córdoba.

Con la apertura de estas diligencias se determinará con la mayor precisión posible la persona o personas que pudieran resultar responsables y las circunstancias o hechos relevantes para iniciar un proceso de expediente sancionador conforme a lo señalado en la normativa vigente, y que puede desembocar en multas que oscilan entre los 9.000 y los 10.000 euros.

La Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio investiga en toda la región 174 casos de viviendas protegidas al existir indicios de que sus propietarios las hayan alquilado para uso turístico. El área de inspección ha realizado actuaciones de investigación que afectan a 25.536 viviendas, de las cuales 346 se encontraban ubicadas en parcelas con promociones de vivienda protegida. Una vez descartadas las viviendas ya descalificadas, “se ha estrechado el cerco” a estos 174 casos de protegidas que se siguen investigando para determinar si sus dueños han procedido a su alquiler con fines turísticos.

Durante los ejercicios 2018 y 2019, se han tramitado 14 procedimientos sancionadores por el uso no autorizable de la vivienda protegida como alquiler turístico, que se encuentran finalizados con resolución y en muchos de los casos, los infractores han procedido al cese voluntario de esta actividad y al pago de la sanción.

La Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo (artículo 4.1) y el Decreto 146/2016, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas Protegidas de la Comunidad Autónoma de Andalucía (artículo 11) recogen que las viviendas protegidas han de destinarse a residencia habitual y permanente del titular autorizado.

En el artículo 19 de esta ley, se califica como infracción grave “el incumplimiento, por parte de la persona destinataria de la vivienda protegida u ocupante autorizado de la misma, de la obligación de ocuparla en los plazos reglamentariamente establecidos o de dar a la misma el destino de domicilio habitual y permanente”.

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