Multa por pegar a un guardia civil y a un vigilante de la estación de trenes tras ser expulsado por molestar a los viajeros
Presumió de ser campeón de España de full contact, agredió a un vigilante de seguridad de la estación de trenes de Córdoba y a un hombre que se identificó como guardia civil, y ha acabado condenado por la Audiencia Provincial de Córdoba, que ha reducido, aun así, la multa que le impuso el Juzgado de Instrucción Número 6 de la capital por estas agresiones y por un delito de lesiones en grado de tentativa.
Según la sentencia a la que ha accedido este medio, los hechos ocurrieron el 29 de octubre del pasado año sobre las 8:00 horas. El acusado fue invitado a salir de la estación Adif de Córdoba por dos vigilantes de seguridad porque estaba “molestando al resto de viajeros”.
Tras amagar con abandonar el lugar, el procesado regresó “en actitud agresiva”. Ante la solicitud de apoyo de un tercer vigilante, el encartado manifestó ser “campeón de España en full contact y lanzó una patada al aire ”con la intención de amedrentar“.
A pesar de la intervención de un testigo que se identificó como agente de la Guardia Civil, el procesado lanzó una patada contra uno de los vigilantes “con la intención de causarle un daño físico”, aunque este logró esquivarle a tiempo. Posteriormente, cuando el segundo vigilante y el testigo procedieron a reducirlo, el hombre opuso resistencia, golpeándolos con los brazos con el ánimo de causarles daño físico. A consecuencia de esta agresión, los dos vigilantes requirieron asistencia sanitaria.
La sentencia original del Juzgado de Instrucción Número 6 de Córdoba había condenado al hombre por dos delitos leves de lesiones consumados y por otro leve de lesiones en grado de tentativa. A pesar de confirmar todos los hechos y la culpabilidad, la Audiencia Provincial ha estimado parcialmente el recurso del condenado porque el juzgado le ha impuesto la pena máxima para estos delitos, que son tres meses de multa. En ese sentido, la Sala ha argumentado que, si bien el procesado no es “merecedor de la pena mínima” por haber regresado a la estación para llevar a cabo las agresiones, tampoco merecía la pena máxima.
Por ello, la extensión de la pena de multa para cada uno de los delitos leves consumados ha sido rebajada de tres meses a un mes y 15 días multa. Por contra, la Audiencia ha mantenido la pena de 20 días multa por el delito en grado de tentativa. La cuota diaria también ha sido reducida: inicialmente se fijó en diez euros, que ha quedado marcada finalmente en ocho euros porque el acusado es beneficiario de la justicia por su situación económica limitada.
Por último, la sentencia ha confirmado la obligación de indemnizar a los vigilantes de seguridad con 280 euros para cada uno.
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