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Un juez anula una multa de tráfico de la Policía Local de hace diez años

Una agente de la Policia Local.

Alfonso Alba

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El titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número uno de Córdoba ha anulado una multa de tráfico de 200 euros impuesta por la Policía Local de Córdoba a un ciudadano en junio del año 2011. La sanción fue por no llevar cinturón de seguridad y conllevaba la retirada de puntos del carnet de conducir.

El fallo señala que el Ayuntamiento de Córdoba no llegó a notificar la multa a este ciudadano. O al menos, que no consta registro alguno de la notificación de la sanción. De hecho, el propio Ayuntamiento consideró, meses después, como incobrable esta multa.

No obstante, el conductor ha visto cómo se le retiraban los puntos del carnet de conducir. No en el momento en el que se produjo la sanción sino en una consulta muy posterior. Entonces, comprobó que fue sancionado en 2011 por la Policía Local y decidió iniciar el proceso judicial, al considerar que nunca le había llegado la denuncia.

Ahora, el juez considera que sin notificación no se puede sancionar a esta persona, y que por tanto tienen que decaer todos los expedientes que se hayan podido iniciar. Además, condena en costas al Ayuntamiento por todo este procedimiento judicial que el propio juez considera muy complejo.

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