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Una educadora de un centro de menores de Córdoba logra un plus de peligrosidad ante la falta de seguridad y protección

Jóvenes en un centro de menores en Córdoba

Alejandra Luque

2 de noviembre de 2026 19:53 h

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Una educadora del centro de menores Lucano, ubicado en Cerro Muriano (Córdoba), ha logrado que la Justicia le reconozca un plus de peligrosidad de más de 11.000 euros después de que hayan quedado constatadas las deficiencias de seguridad con las que trabajan en este servicio de atención a niños y jóvenes.

La sentencia, a la que ha accedido este periódico, da por probado que en las instalaciones se desempeñan las labores “sin contar con las medidas sanitarias de protección adecuadas y sin apoyo de vigilantes profesionales para evitar los ataques que sufre el personal que trabaja en dichos centros”. En el caso del de Córdoba, se trata de un servicio de la Junta de Andalucía que acoge a menores desprotegidos y vulnerables, y , de forma ocasional, a niños extranjeros no acompañados.

La trabajadora que demandó a la Junta de Andalucía consideraba que se le debía aplicar un plus de penosidad y peligrosidad ante esa realidad de desprotección que ha quedado probada en la sentencia del alto tribunal andaluz, fallo que confirma la sentencia previa del Juzgado de lo Social número 4 de Córdoba y que rechaza el recurso presentado por la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación del Gobierno andaluz.

Tras la sentencia condenatoria, la Junta recurrió, sosteniendo que se habían puesto en marcha informes técnicos y medidas correctoras para atenuar las circunstancias peligrosas, pero no impugnó el relato de los hechos, por lo que el tribunal andaluz lo ha dado por válido. Además, la Junta consideró que habían prescrito los salarios adeudados con anterioridad a diciembre de 2018, un motivo que también ha sido rechazado por tratarse de una cuestión nueva que no fue planteada ante el juzgado cordobés.

En el fallo, el TSJA ha dejado de manifiesto que en el centro se producen situaciones de conflicto continuadas, por lo que los profesionales deben desenvolverse cotidianamente en un entorno expuesto a agresiones e intimidaciones sin disponer de vigilancia privada profesional ni de recursos preventivos adecuados. Estas situaciones, bajo el juicio de este tribunal, son inherentes al puesto, pero ello no resta un ápice de razón a que se exija un plus de peligrosidad cuando las condiciones reales colocan a los trabajadores en una situación de riesgo significativamente superior a la habitual sin que su salario básico contemple dicha penosidad.

Junto a la confirmación de la cuantía económica fijada a favor de la educadora, la sentencia ha condenado a la Consejería al pago de las costas procesales, fijando los honorarios del letrado de la trabajadora en 300 euros más IVA.

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