Dos años de cárcel por herir a su hermano con un cuchillo después de que este le amenazara de muerte
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a un hombre, a través de una sentencia de conformidad, a dos años de prisión por un delito de lesiones tras una violenta pelea con su hermano. No obstante, el tribunal ha acordado dejar en suspenso la ejecución de la pena privativa de libertad, condicionada a que el acusado no delinca en los próximos dos años, debido a su falta de antecedentes y al acuerdo alcanzado entre las partes.
Los hechos, ocurridos la noche del 5 de octubre de 2021, tienen su origen en una crisis de convivencia. En aquellos momentos, el hermano del procesado -y víctima de la agresión- se encontraba viviendo en el domicilio de este familiar y de su esposa, junto a su hijo, tras el fallecimiento de su mujer. La tensión estalló cuando la víctima llamó por teléfono a su cuñada para recriminarle que hubieran expulsado a su hijo de la vivienda.
Durante esa llamada, el agredido profirió diversos insultos contra la mujer de su hermano, lo que llevó a esta a cortar la comunicación. Acto seguido, la víctima se presentó físicamente en el portal del edificio manifestando expresiones intimidatorias de extrema gravedad dirigidas tanto a su cuñada como a su hermano. Según los hechos probados, a la primera le dijo que tenía “que matarte y tirarte por la terraza”, mientras que sobre su hermano también profirió amenazas de muerte al grito de “maricón”. Estas amenazas no fueron denunciadas.
Tras ser alertado por su esposa, el condenado llamó a su hermano para reprocharle su actitud, a lo que este respondió reiterando que iría a buscarlo a su puesto de trabajo para acabar con su vida. Alrededor de las 23:30, la víctima se personó en la obra de un instituto en Córdoba donde su hermano ejercía sus funciones de vigilante. Ya allí se inició una pelea y, en el transcurso de la misma, el condenado asestó varios golpes a su hermano con un cuchillo de diez centímetros. La víctima sufrió heridas en el costado izquierdo, la espalda y el muslo. El condenado, por su parte, sufrió lesiones menores por las que recibió asistencia facultativa, aunque decidió no denunciar ni reclamar por ellas.
Tras la imposición de los dos años de prisión por un delito de lesiones, el tribunal decretó la suspensión de la entrada en prisión del condenado dado que no tiene antecedentes, la pena no supera el máximo exigido para que disfrute de este beneficio y no deberá afrontar indemnización, ya que la víctima renunció expresamente a ella.
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