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Absuelven a una mujer a la que pedían dos años de cárcel acusada de estafar a una entidad de préstamos personales

Ciudad de la Justicia de Córdoba

Alfonso Alba

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La titular del Juzgado de lo Penal número dos de Córdoba ha absuelto a una mujer que estaba acusada de un presunto delito de estafa por no haber pagado un préstamo personal firmado con la financiera Cofidis, según consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico. La mujer podría haber acabado en prisión, ya que se le solicitaban dos años de cárcel por estos hechos.

La procesada y ahora absuelta, defendida por el abogado cordobés Marcos Santiago Cortés, firmó un préstamo personal para comprar unos muebles en una tienda de un centro comercial de Córdoba. El préstamo era de 1.982 euros, con una cuota de devolución mensual de 82,59 euros. La mujer firmó el préstamo el 3 de diciembre de 2020. Cofidis cedió el crédito a la entidad F9 Grincap, que interpuso la denuncia.

El caso ha tenido acusación particular y también de la Fiscalía, que han reclamado procesar a esta mujer por estafa. No obstante, la jueza ha rechazado los argumentos, al considerar que para que exista una estafa deben tratarse de unos hechos planificados y previamente diseñados.

Así, en una larga exposición de los fundamentos de derecho, y atendiendo a lo que se vio en la vista oral, la jueza entiende que la mujer no ha incurrido en estafa, sino que simplemente no ha pagado las cuotas que le correspondían. Así, sostiene que cuando firmó el préstamo estaba en situación de desempleo, tenía un descubierto en su cuenta y disponía de una pensión de 600 euros, y que no consta que la financiera le reclamase documentación alguna que demostrase lo contrario.

El préstamo se firmó de forma electrónica, pero según la jueza no consta ni cómo ni dónde se hizo. La mujer argumentó que fue en la tienda a la que acudió, pero es algo que no se ha podido demostrar. La financiera ha insistido en todo momento en que la mujer les mintió para conseguir el préstamo, pero eso es algo que tampoco se demuestra en el proceso, ya que la mujer no entregó documentación alguno sobre su situación personal o económica.

Por todo ello y aunque se le pueda reclamar en otra instancia el dinero que adeuda, la mujer no será condenada a prisión por estos hechos.

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