El Tribunal Superior de Justicia de Navarra revisa la condena a 'La Manada'
La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) se reúne este miércoles 7 de noviembre para la deliberación y fallo de los recursos presentados contra la sentencia de la Audiencia Provincial que condenó a 9 años de prisión a los cinco miembros de La Manada por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento cometido en los Sanfermines de 2016.
Una vez adoptada una decisión por parte de los cinco magistrados que integran la Sala de lo Penal del TSJN, la sentencia podría estar redactada y notificada a las partes aproximadamente en un mes.
El pasado mes de octubre, la Sala ratificó su decisión anterior de no celebrar una vista oral en los términos solicitados en sus recursos de apelación por parte de la denunciante y del Ayuntamiento de Pamplona, así como por las defensas de cuatro de los cinco condenados.
El Tribunal Superior no considera necesaria la celebración de la vista para la correcta formación de su convicción puesto que “queda ilustrada por los extensos y fundados recursos de apelación y sus respectivas impugnaciones”. “Por otra parte, la decisión de no celebrar vista se conviene mejor con el interés de preservar la identidad e indemnidad de la víctima denunciante”, explicaron los magistrados.
En los recursos presentados a la sentencia de la Audiencia de Navarra, tanto la acusación particular como las acusaciones populares ejercidas por el Gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona solicitan que los hechos no sean considerados como un abuso sexual, sino como una agresión sexual. Por contra, las defensas de los condenados reclaman su absolución.
En libertad bajo fianza
En un auto de la sección segunda de la Audiencia de Navarra, conocido en junio de 2018, se decretó la libertad bajo fianza de 6.000 euros para los cinco miembros de La Manada, con la obligación de comparecer los lunes, miércoles y viernes en el juzgado de guardia de su localidad, a la espera de que haya sentencia firme para el caso.
Además, tienen la prohibición de entrar en la Comunidad de Madrid, la prohibición de comunicación con la víctima, la retirada del pasaporte, y la prohibición de salir del territorio nacional sin autorización judicial.
El auto de la Audiencia de Navarra por el que se dictó la libertad provisional se basaba en que los magistrados no aprecian riesgo de fuga de los condenados al haberse reducido “notablemente” en la sentencia las penas que solicitaban las acusaciones y al no apreciar tampoco riesgo de reiteración delictiva. Uno de los tres jueces del tribunal discrepó de esta decisión, considerando que “es indiscutible la gravedad del delito”.
Cuatro de los condenados se encuentran actualmente en libertad mientras que el quinto, Ángel Boza, ingresó de nuevo en una prisión de Sevilla el pasado mes de agosto por el robo de unas gafas de sol en una tienda de un centro comercial.
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