La UE abre el proceso para el distintivo de Indicación Geográfica Protegida que quiere la joyería de Córdoba
A partir del 1 de diciembre de 2025, los sopladores de vidrio, los alfareros, los cuchilleros, los joyeros y otros artesanos europeos podrán registrar los nombres de sus productos bajo un nuevo sistema de indicaciones geográficas (IG) de la UE. Por primera vez, esta protección —que hasta ahora se usaba solo para alimentos y bebidas— incluirá productos artesanales e industriales, completando así el mercado único de las IG. El sector de la joyería de Córdoba ha mostrado desde hace tiempo su interés por optar a conseguir este sello distintivo.
El nuevo sistema protegerá productos emblemáticos como el cristal de Bohemia, la porcelana de Limoges, los artículos de cuchillería de Solingen y el tweed Donegal, cuya fama y calidad provienen de su lugar de origen. De esta forma se protegerán las técnicas tradicionales, se fomentará el empleo local y se ayudará a los consumidores a reconocer productos de gran calidad y genuinamente europeos. Al convertir el patrimonio en una oportunidad, el sistema fortalecerá las economías regionales, protegerá la identidad cultural europea y luchará contra la falsificación, tanto en línea como fuera de línea, dentro de la Unión Europea y en todo el mundo.
Los productores pueden solicitar la protección bien mediante una asociación reconocida, o bien de forma individual, en caso de que sean el único productor de un producto determinado. Las solicitudes deben incluir un «pliego de condiciones», en el que se detalle el nombre, los procesos de producción y la región geográfica de origen y deben presentarse ante la autoridad nacional competente.
El proceso de registro consta de dos fases. La fase nacional: primero, la autoridad competente revisa la solicitud y lleva a cabo un procedimiento nacional de oposición; la fase de la Unión: una vez completada la primera fase, la solicitud se remite a la EUIPO, que administra el procedimiento de oposición a nivel europeo y determina la protección y el registro del nombre de la IG de productos artesanales e industriales.
Dinamarca, Finlandia, Lituania, Luxemburgo, Malta, los Países Bajos y Suecia han obtenido una excepción para la fase nacional por lo que los productores podrán solicitar el registro directamente a la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), que gestiona todo el procedimiento.
La Comisión Europea mantiene la facultad para intervenir en casos específicos en los que la protección y el registro puedan afectar a la política pública o a las relaciones comerciales y exteriores de la Unión.
En el CIGI Hub, gestionado por la EUIPO, se ofrecen indicaciones adicionales, plantillas y la lista de los puntos de contacto. En el mismo sitio también se puede consultar información sobre el apoyo financiero y técnico.
Contexto
Las indicaciones geográficas son derechos de propiedad intelectual que vinculan las cualidades, la reputación o las características de un producto a su lugar de origen.
El Reglamento (UE) 2023/2411 introduce la protección de las indicaciones geográficas a nivel de la Unión para productos artesanales e industriales. Se sustenta en más de 30 años de éxito del sistema de IG para productos agrícolas, que protege más de 3 600 denominaciones y genera cerca de 75 000 millones de euros en ventas anuales, lo que representa casi el 15 % de las exportaciones europeas de alimentos y bebidas.
El Reglamento, adoptado el 18 de octubre de 2023, establece un título europeo unificado para estas IG, que permite a los productores proteger sus nombres frente a usos indebidos y garantizar su protección a nivel internacional. Las IG nacionales de productos artesanales e industriales vigentes dejarán de estar en vigor un año después de la entrada en aplicación del nuevo Reglamento, en diciembre de 2026.
El sistema de IG para productos artesanales e industriales está gestionado por la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) bajo la supervisión la Comisión Europea. que conserva la facultad para intervenir en casos específicos en los que la protección y el registro puedan afectar a la política pública o a las relaciones comerciales y exteriores de la Unión.
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