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Con el tratamiento pagado y hecho a medias tras el cierre sorpresa de un centro de depilación

Álvaro delante del establecimiento Ideal cerrado en Carrefour Zahira

Carmen Reina

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Álvaro Romero contrató hace algo más de un año un tratamiento completo de depilación láser en la clínica Ideal en Córdoba. Pagó por ello, a través de una financiera, 1.300 euros. Este miércoles recibía un mensaje en su teléfono móvil anunciando el cierre de la clínica, dos días antes de la siguiente sesión que tenía agendada. Ahora, se encuentra con la persiana echada del centro estético y un tratamiento pagado que ha recibido a medias.

Él es uno de los clientes afectados por el cierre sorpresa de las clínicas de estética Ideal, cadena que este miércoles comunicaba el cierre “definitivo” de sus centros, entre ellos el localizado en Córdoba en el Centro Comercial Zahira. La dirección de Centros Ideal señala que se encuentra en “proceso de negociación para la redirección de los clientes con tratamientos pendientes”.

Esa es la única información que hasta el momento ha recibido Álvaro, la que le enviaron al móvil y le derivaban a la página web de las clínicas Ideal, donde no se daban más detalles.

Cuenta a este periódico que su tratamiento de depilación láser para todo el cuerpo se ha quedado a medias y solo se le han dado seis sesiones de las 12 contratadas para recibir a lo largo de dos años, una cada dos meses. “Además, tenía una garantía por la que te daban cinco sesiones más por zona”, apostilla.

“Tenía una sesión este viernes y el miércoles comunicaron el cierre”

“Este mismo viernes 22 de diciembre tenía otra sesión y hoy (por el miércoles), dos días antes, me salta un mensaje de texto de la clínica anunciando el cierre”, explica sin dar crédito de lo sucedido. “Hace unos días el 7 de diciembre, incluso mandaban mensajes con ofertas de tratamientos”, recuerda mirando su móvil.

Álvaro, de 36 años, ya había pagado por completo el tratamiento y se encuentra ahora sin saber si podrá recuperar el dinero. Y, sobre todo, sin saber qué ocurre con unas sesiones incompletas que aún no le habían surtido efecto.

“No he llegado ni a la mitad del tratamiento y, si no se hace completo, no sirve de nada”. Además, indica que “estábamos notando que no tenía efecto”, se queja.  

Este cliente cordobés asegura que el trato personal dispensado por las trabajadoras de la clínica en Córdoba “ha sido bueno”, pero -distingue-, “el producto, el tratamiento, no es tan bueno como decían. Las sesiones que yo llevaba ya era para que hubiera desaparecido vello”, pero no ha notado los resultados prometidos. Ante las puertas cerradas de la clínica en la que debía seguir su tratamiento, Álvaro se pregunta ahora qué hacer.

Qué hacer para recuperar el dinero

La Dirección General de Consumo, ante la situación, ha recordado a los clientes afectados que tienen derecho a reclamar el reembolso del importe de los tratamientos ya pagados, y también a reclamar la cancelación de los tratamientos financiados -no realizados o ni siquiera iniciados-.

se recomienda a las personas usuarias afectadas que, de cara a la reclamación a interponer contra Centros Ideal, se detalle el caso particular y las cantidades que se reclaman. Al estar cerrada la empresa, es recomendable que la reclamación se efectúe por burofax dirigida al domicilio social de la misma. Centros de Depilación Láser Ideal SL tiene su domicilio social en Calle Julián Camarillo 4, 28037, Madrid.

Si el tratamiento se hubiera financiado, la reclamación también debe dirigirse a la entidad financiera que haya concedido el crédito vinculado –una vez realizada la reclamación ante la empresa–, a fin de que se suspendan los pagos periódicos. Debe argumentarse para ello la suspensión del tratamiento o el cierre del establecimiento.

En la reclamación, la persona usuaria afectada tiene que hacer una descripción detallada de lo sucedido y de lo que la persona afectada solicita o demanda (es decir, la anulación del contrato firmado por incumplimiento de este, así como la devolución del importe abonado o, en su caso, del importe de la parte no satisfecha).

La parte reclamante puede instar a que: se ejecuten los servicios previamente contratados; se terminen los tratamientos ya iniciados; o que se devuelvan las cantidades abonadas si el tratamiento no hubiera sido finalizado (en la parte no ejecutada).

Para poder reclamar, es fundamental conservar toda la documentación recopilada en torno al contrato: folletos, publicidad, presupuestos, contratos, acreditación de los pagos efectuados, así como las facturas o historia clínica, en su caso.

Si la entidad prestamista no atendiera las peticiones de la persona afectada, se podría presentar la oportuna reclamación ante la Oficina Municipal de Información a la Persona Consumidora (OMIC) de la localidad de residencia de la persona afectada, o, en su defecto, ante el Servicio de Consumo Provincial de la Junta de Andalucía correspondiente a la provincia de residencia de la persona que reclama. Esta reclamación se podrá acompañar, entre otros documentos, de la reclamación previa interpuesta a la clínica; del contrato de financiación; de los posibles folletos y publicidad con que se pudiera contar; así como de las posibles comunicaciones mantenidas con la clínica y con la financiera.

La persona afectada debe saber que puede acudir a la vía judicial, tanto sin necesidad de plantear reclamación previa, como si el asunto no hubiera sido resuelto previamente en vía administrativa, para lo cual hará falta ir en compañía de personas que desempeñen la abogacía y la procuraduría si el importe reclamado supera los 2.000 euros. A este respecto, podrá solicitar asistencia en el Colegio Andaluz de Colegios de Abogados, en el Consejo de Colegios de Procuradores de los Tribunales, así como verificar si se pudiera solicitar la asistencia jurídica gratuita.

Si llegara el caso de que Centros Ideal solicitara concurso de acreedores, y el mismo se aceptase, en el momento en el que se publicara en Boletín Oficial del Estado (BOE) el anuncio de declaración de la empresa en concurso de acreedores, se designará la Administración Concursal, haciéndose llamamiento a las personas o entidades acreedoras para que estas procedan a comunicar sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente en que se hubiera publicado el mencionado anuncio.

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