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La Junta inicia una investigación patrimonial sobre ocho inmuebles de Córdoba

La carretera A-318, junto a la que se sitúa una de las parcelas cuya titularidad se investiga.

Europa Press

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La Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Diálogo Social de la Junta de Andalucía ha acordado el “inicio de un expediente de investigación patrimonial” para aclarar la titularidad de ocho inmuebles en la provincia de Córdoba, tomando como base la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas (LPAP), que señala en su artículo 45 que dichas administraciones “tienen la facultad de investigar la situación de los bienes y derechos que presumiblemente formen parte de su patrimonio, a fin de determinar la titularidad de los mismos cuando ésta no les conste de modo cierto”.

Así lo recoge la resolución que ha adoptado, al respecto, la Dirección General de Patrimonio de la Junta y que ha publicado recientemente en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), consultado por Europa Press. En la misma se estable el acuerdo de “iniciar procedimiento de investigación” sobre seis parcelas ubicadas junto a carreteras y vías férreas, sobre otra situada en un plan parcial y sobre una vivienda, en distintos municipios de la provincia cordobesa, “a fin de tomar conocimiento sobre su titularidad”.

En concreto, se trata de una “parcela colindante con la carretera A-3000, de Adamuz a Montoro”, de otra “colindante con la carretera A-304”, de otra “colindante con la carretera A-318”, de otra “colindante con la Autovía Lucena-Cabra” y de una “parcela adjunta a la carretera Córdoba-Sevilla y a la línea de ferrocarril Madrid-Cádiz”, además de una “parcela situada en el PP-S4 (Llano Sardina-Cer) en Priego de Córdoba”, de otra “situada en un cruce de carreteras”, y de “una vivienda en el núcleo urbano de Los Blázquez”.

Además de publicarlo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), la Dirección General de Patrimonio ha ordenado su exhibición, “durante 15 días, en el tablón de anuncios de los ayuntamientos donde radiquen dichos inmuebles”, habiéndose establecido que “el expediente se pondrá a disposición de los interesados, cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 70 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas”.

Junto a ello y “en cumplimiento de lo establecido en el artículo 171.6 de la Ley 7/2025, de 22 de diciembre, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía (Lpcaa)”, en la resolución también se informa a los interesados de que “el plazo máximo para resolver y notificar la resolución que pone fin al procedimiento es de dos años, a contar desde la fecha de publicación del presente acuerdo de inicio. Trascurrido dicho plazo sin haber recibido resolución expresa, se producirá la caducidad del procedimiento y el consiguiente archivo de las actuaciones”.

El acuerdo adoptado por la Dirección General de Patrimonio para iniciar el citado expediente de investigación patrimonial, según señala en sus fundamentos de derecho, se apoya, igualmente, en el artículo 169 de la citada Lpcaa, que determina que “la facultad de investigación tiene por objeto acreditar que un bien o derecho pertenece al patrimonio de la comunidad autónoma, cuando no conste su titularidad de modo cierto”.

Además, en su artículo 170.1, la misma Ley autonómica establece que, “respecto de los bienes y derechos que presumiblemente sean de titularidad de la Administración de la Junta de Andalucía, la competencia corresponderá a la Dirección General de Patrimonio”, que es, precisamente, la que ha acordado abrir la investigación patrimonial de los ocho inmuebles mencionados.

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