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Denuncian en Inspección de Trabajo a la empresa que presta el servicio de ayuda a domicilio en Cabra

Uno de los cursos es sobre ayuda sociosanitaria a domicilio.

Redacción Cordópolis

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El Sindicato del Hábitat de CCOO de Córdoba ha denunciado ante la Inspección de Trabajo a la empresa Ineprodes SAD Cabra por vulnerar los derechos de las personas trabajadoras y el convenio colectivo de Ayuda a Domicilio de Andalucía.

Según denuncia el sindicato, la empresa ha llamado de forma individual a las trabajadoras y trabajadores y les ha citado para presentarles un acuerdo “entre partes” por el que la persona trabajadora acepta cobrar solo las horas prestadas y no las contempladas en su contrato. “El acuerdo que la empresa ha presentado a su personal recoge que la trabajadora o trabajador desea cobrar en cada mensualidad las horas reales que preste y no las horas de contrato para facilitar una mayor organización del servicio y ante la dificultad que existe para la empresa para ofrecer horas de trabajo dado el escaso número de usuarios y la baja tasa de reposición de los mismos”, explica la secretaria General del mencionado Sindicato del Hábitat, Esperanza Sánchez.

“Este acuerdo no ha sido informado al comité de empresa, sino que ha sido realizado por la empresa de manera unilateral, y las representantes de la plantilla se han enterado por las consultas que les han hecho las propias compañeras”, indica Sánchez. 

En una reunión mantenida con la dirección de la empresa se hizo constar que esta iniciativa incumple el convenio colectivo y “nos invitaron a denunciarlo, cosa que hemos hecho porque las personas trabajadoras de ayuda a domicilio de Cabra están viendo restringidos sus derechos y se está vulnerando el convenio colectivo, que es ley, y no vamos a permitir que se desvalorice aún más su trabajo”, advirtió la responsable sindical.

“Quieren castigar a las trabajadoras y trabajadores por su mala gestión, quitándole de la nómina el dinero de las horas que no realicen, incumpliendo el artículo 15 G.4 del convenio colectivo. Este artículo indica que, como consecuencia del exceso o defecto que pudiera producirse entre las horas realizadas y las reflejadas como jornada establecida en el contrato de trabajo, se realizará una regularización de horas con periodicidad semestral. Para posibilitar la recuperación de horas la fecha tope para la regularización será la de la finalización del tercer mes posterior a cada semestre natural. Para lograr la recuperación de horas que debe el personal, la empresa ofertará al menos en tres ocasiones la posibilidad de recuperarlas. En caso de rechazarlas la empresa podrá proceder al descuento del importe correspondiente por hora ordinaria. Mensualmente la empresa facilitará a la representación unitaria o sindical del personal la situación con respecto al régimen horario de la plantilla por lo que a sabiendas que el acuerdo incumple dicho artículo han seguido ofreciéndolo”, expone la secretaria General del Hábitat de CCOO. 

“La plantilla con contrato indefinido debe cobrar según las horas de su contrato y no dependiendo de las horas que realicen mensualmente como hasta ahora ha venido aplicando la empresa, haciéndoles firmar en estos días el acuerdo que incumple el convenio colectivo”, insiste la responsable sindical quien aclara que CCOO está de acuerdo con el trabajador que quiera realizar horas complementarias o extraordinarias, siempre y cuando, sea de modo voluntario y pagado acorde al convenio colectivo, pero no podemos permitir que se descuente del salario las horas que no realicen por hospitalización del usuario, fallecimiento o cualquier situación que genere un descubierto de horas en cuadrante“. 

Desde CCOO creemos que la mejor forma de avanzar y que la profesión de ayuda a domicilio sea más digna, es denunciar todo aquello que pueda incumplir la ley. Por ello, pide al Ayuntamiento de Cabra, concesionario del servicio, que haga cumplir el contrato de licitación del servicio e inste a Ineprodes a cumplir el convenio colectivo.

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