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Piden inhabilitar a una alcaldesa de IU por impedir grabar un Pleno

La alcaldesa de Almodóvar, Sierra Luque, en una imagen de archIvo | MADERO CUBERO

Redacción Cordópolis

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La regidora de Almodóvar del Río, Sierra Luque, se sentará en el banquillo denunciada por un vecino, que pide una pena de siete años de inhabilitación

Un vecino de Almodóvar del Río ha llevado a los tribunales a su alcaldesa, Sierra Luque (IU), a la que acusa de impedirle que grabara una sesión plenaria del Ayuntamiento. Este vecino ha llevado el caso hasta la Audiencia Provincial de Córdoba, que ha ordenado la apertura de una vista oral contra la alcaldesa, que se sentará en el banquillo en el próximo mes de abril, según avanza en su edición de hoy el periócido ABC Córdoba.

La acusación particular solicita para Sierra Luque una pena de siete meses de inhabilitación por la comisión de un presunto delito de prevaricación. También le acusa de de atentar contra su libertad de expresión e información y de impedirle el ejercicio de otros derechos cívicos reconocidos por la Constitución y las leyes. El juicio se celebrará en el Juzgado de lo Penal número 3 de Córdoba a las 11.00 del próximo 9 de abril. La Fiscalía, finalmente, ha declinado personarse en la causa.

Según el diario ABC, los hechos que se juzgarán tuvieron lugar el 29 de noviembre de 2007. Un ciudadano acudió al Pleno local con una cámara con la intención de grabar la sesión. Sin embargo, según la denuncia, fue obligado a abandonar la sala y se le impidió registrar el acto en vídeo, por lo que procedió a interponer la preceptiva demanda contra la regidora.

El Juzgado de Instrucción número uno de Posadas archivó el caso, si bien el demandante recurrió ante la Audiencia Provincial, que revocó el fallo y apuntó a la necesidad de que la regidora «explique» las razones de la negativa para que el querellante pudiese grabar las sesiones municipales. Sierra Luque, a su vez, denunció a este ciudadano por desobediencia y alteración del orden público, si bien el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Posadas consideró que el denunciado no había cometido infracción alguna. En su resolución, que avanzó este periódico, el juez apuntó que las pruebas practicadas no acreditaron que se hubieran producido faltas de desobediencia. Además, el togado apuntó que «los actos de carácter político son públicos en su más amplio sentido de la palabra», recogía el fallo.

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