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El juez ordena el desalojo de las familias que viven en las naves de Calmante Vitaminado

Familias en las naves de Calmante Vitaminado | ÁLEX GALLEGOS

Alejandra Luque

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El juez del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Córdoba ha fallado en contra de las familias que viven en las naves abandonadas de Calmante Vitaminado y ha ordenado su inmediato desalojo que, de no realizarse, se llevará a cabo un lanzamiento “por la fuerza”. Más de una decena de personas rumanas y españolas, entre ellas niños escolarizados, se encuentran en este edifico que han intentado adecentar para poder vivir.

Tras la interposición de la demanda por parte de Buildingcenter S.AU., sociedad de CaixaBank -propietaria del inmueble-, el magistrado abrió un procedimiento judicial de desahucio por precario, que tuvo su vista oral el pasado 12 de noviembre de 2018. El magistrado hace uso de la sentencia de 29 de febrero de 2000 del Tribunal Supremo como jurisprudencia que dice que “se permite ejercitar el juicio de desahucio por precario contra cualquier persona que disfrute o tenga en precario la finca, sea rústica o urbana, sin pagar merced, pues la jurisprudencia ha ido paulatinamente ampliando el concepto de precario hasta comprender no solamente los supuestos en que se detenta una cosa con la tolerancia o por cuenta de su dueño, sino también todos aquellos en que la tenencia del demandado no se apoya en ningún título”.

Por la parte demandada sólo declaró José Ginés, que defendió la ocupación del inmueble ya que éste no es “una vivienda sino una parcela con numerosas identificaciones”. El resto de ocupantes no han acudido a declarar ya que, según se expuso en la demanda, “se desconocen cuántos son y quiénes son”. Por este motivo, el juez se ha referido a ellos en la sentencia como “los ignorados ocupantes”.

A pesar de la declaración de Ginés, el juez deja claro que tanto Ginélés como el resto de personas que viven hoy en las naves ocuparon unos inmuebles “sin autorización ni título alguno para ello”. Además, los ocupantes no han presentado ninguna base documental o “indicio de prueba” que acredite la cesión de estos inmuebles para su uso. En este punto, el  magistrado añade que “la parte demandada no ha proporcionado medio de prueba alguno que demuestre que ostenta un título jurídico suficiente para desvirtuar el esgrimido por la parte demandante, no siendo suficiente la no existencia de vivienda, el número de ellas o que se encuentran varias personas”.

La situación por la que atraviesan estas familias ya la denunció la Asociación Cordobesa para la Inserción Social de Personas Gitanas Rumanas (Acisgru). El aspecto de las naves es realmente desolador. La destrucción se extiende a lo largo de los casi 2.000 metros cuadrados que llegó a ocupar este edificio derruido. Todas las personas que un día decidieron ocuparla han remodelado algunas de las estancias de las naves para hacerla más habitable. Recogen chatarra, que luego venden, y todo tipo de muebles que les pueden ser útiles: desde estanterías hasta muebles, repisas, cuadros, televisiones antiguas o imágenes de cuadros de Julio Romero de Torres. También han levantado un pequeño huerto en el que siembran productos como patatas, pimientos rojos y verdes, tomates, pepinos y ajos. Saben que todo esto lo perderán y que tendrán que empezar, de nuevo, en otro lugar de la ciudad.

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