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Caso Infraestructuras
Los indicios del 'caso Infraestructuras' que han llevado a Dorado a ser detenido

David Dorado en el Pleno del Ayuntamiento de Córdoba.

Carmen Reina

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La Unidad contra la Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional daba este lunes un paso más en la investigación sobre un presunto fraude en contratos del área de Infraestructuras del Ayuntamiento de Córdoba y detenía a doce empresarios y al concejal David Dorado -exteniente de alcalde de este área municipal por Ciudadanos y ahora edil no adscrito-, acusándolo de tres delitos: cohecho, malversación de caudales públicos y pertenencia a grupo criminal. La detención y posterior puesta en libertad con cargos de Dorado es el último episodio de una investigación en la que se han puesto sobre la mesa una serie de indicios que han acabado en la detención del concejal.

La Policía ha seguido las encomiendas de la investigación judicial que sigue el Juzgado de Instrucción número 4 de Córdoba sobre el primer 'caso Infraestructuras', que analiza contratos de Infraestructuras de 2020 y mantiene imputadas a dos personas -la excoordinadora de Infraestructuras y a un funcionario del área-, mientras Dorado era el responsable político del área. Y, asimismo, la investigación policial ha contado con los informes internos hechos en el Ayuntamiento sobre dichos contratos, que apuntan a distintos indicios de irregularidades que pueden dar cabida a los presuntos delitos que se imputan al concejal.

Es el caso de un informe de la Intervención General del Ayuntamiento, que detectó presupuestos duplicados y trabajos pagados sin ejecutar en el área Infraestructuras, además de fraccionamiento de contratos e incumplimientos de la normativa de contratación local. En el informe emitido como Control Permanente de las actuaciones realizadas en distintos expedientes de contratación menor tramitados por el Área de Infraestructuras del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba durante el ejercicio 2020 -al que tuvo acceso Cordópolis-, el órgano de control del Consistorio analiza cuatro expedientes de Infraestructuras que son objeto de investigación en los tribunales: dos de alumbrado y otros dos de suministros a centros municipales.

Del análisis de estos contratos considera que “existen partidas o trabajos recogidos en el presupuesto inicial que han sido certificados, y por tanto abonados, y que en cambio no han sido ejecutados”. Asimismo, detecta que “existen partidas o trabajos recogidos en el presupuesto inicial con una valoración que está excesivamente por encima del valor de mercado”, además de que “existen trabajos duplicados en el presupuesto inicial y por tanto valorados dos veces”.

Los cuatro contratos objeto de análisis por parte de la Intervención son los de mejora del alumbrado en la avenida de Libia -sobre lo que se detecta fraccionamiento al ser ese el objeto real de los contratos que son denominados por las calles perpendiculares de dicha avenida-, y los contratos de suministro e instalación de una enfriadora tanto en el Centro Cívico Centro como en el Centro de Servicios Sociales de Las Moreras, ambos también con el mismo objeto. Todos ellos son menores por importes que rozan los 40.000 euros, máximo permitido para este tipo de contratos públicos.

Respecto a los contratos de alumbrado, la Intervención General del Ayuntamiento detectó “la existencia de un fraccionamiento material”, a la vez que una “evidente repercusión económica”. “El hecho de que se presupuestaran más puntos de luz de los proyectados y que estos sobrantes finalmente fueran colocados en el tramo intermedio no amparado por ningún proyecto, evidencia que existía necesidad e intención de actuar en la totalidad de la Avenida de Libia, existiendo por tanto una única unidad funcional y un claro fraccionamiento material del objeto del contrato”.

Miles de euros más pagados que lo ejecutado

Asimismo, se señalan “diferencias entre el importe total certificado y efectivamente abonado a las empresas adjudicatarias y la valoración pericial de lo ejecutado” conforme a los proyectos de las obras y los suministros de los cuatro contratos analizados. En total, el Ayuntamiento habría pagado 54.362,59 euros más que lo ejecutado por parte de las empresas adjudicatarias. “Existen partidas o trabajos recogidos en el proyecto y en el presupuesto inicial que han sido certificados, y por tanto abonados, y que en cambio no han sido ejecutados, bien en su totalidad o bien parcialmente”. 

En este sentido, se detalla la variación del importe pagado por cada contrato. En relación al “Contrato menor de reforma y mejora del alumbrado público desde la calle escritor Tomás Sánchez hasta la calle Periodista Pedro Álvarez de Córdoba”, del informe pericial se deriva una valoración de los trabajos efectivamente ejecutados por un importe 37.354,35 euros (IVA incluido), habiéndose certificado y abonado a la empresa adjudicataria un importe total de 48.330,73 euros (IVA incluido). Se refleja, por tanto, una diferencia de 10.193,24 euros.

En relación al “Contrato menor de reforma y mejora del alumbrado público desde la calle Travesía Padres Mohedanos hasta la calle Doctor Gómez Aguado de Córdoba”, del informe pericial se deriva una valoración de los trabajos efectivamente ejecutados por un importe 34.026,30 euros (IVA incluido), habiéndose certificado y abonado a la empresa adjudicataria un importe total de 47.900,00 euros (IVA incluido). Se refleja, por tanto, una diferencia de 13.521,29 euros.

Sobre el “Contrato menor de suministro e instalación de enfriadora en el Centro Cívico Centro en Córdoba”, del informe pericial se deriva una valoración de los trabajos efectivamente ejecutados por un importe 32.822,89 euros (IVA incluido), habiéndose certificado y abonado a la empresa adjudicataria un importe total de 47.553,54 euros (IVA incluido). Se refleja, por tanto, una diferencia de 14.730,65 euros.

Y en relación al “Contrato menor de suministro e instalación de enfriadora en el Centro de Servicios Sociales Moreras en Córdoba”, del informe pericial se deriva una valoración de los trabajos efectivamente ejecutados por un importe 31.630,18 euros (IVA incluido), habiéndose certificado y abonado a la empresa adjudicataria un importe total de 47.547,59 euros (IVA incluido). Se refleja, por tanto, una diferencia de 15.917,41 euros.

Indicios del fraccionamiento de contratos

Por otra parte, en su informe la Intervención pone de manifiesto el fraccionamiento de estas obras y suministros en contratos menores. Sobre los contratos de alumbrado, apunta que existe “un fraccionamiento material del objeto de los referidos contratos, al tratarse de prestaciones estructuradas en torno a la misma finalidad, referida a dos tramos de la misma vía entre los que existe una continuidad”. Además, “ambas prestaciones forman una unidad funcional u operativa al referirse a una misma actuación (mejora del alumbrado), en una misma vía (Avenida de Libia) y en un mismo período temporal (ambos contratos se adjudican el 9/12/2020 y se data la certificación de obra el 30/12/2020)”.

Junto a ello, evidencia que “el importe del valor estimado de ambos contratos por separado resulta extremadamente cercano al límite del contrato menor de obras (40.000 euros)”. Así, en el primero de ellos el valor estimado es de 39.971,67 euros y en el segundo de ellos es de 39.814,30 euros.  

Resulta también relevante “la extraordinaria similitud entre los proyectos de ambas obras, ya que estos son prácticamente copia exacta el uno del otro, cambiando a lo largo de sus 112 páginas únicamente el importe del presupuesto, los planos y la denominación de las calles. Asimismo, ambos proyectos son firmados por el mismo técnico el mismo día”, certifica.

Ambos expedientes contaban, además con un informe emitido por el Titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, advirtiendo del fraccionamiento y que no se ajustaban a ser contratos menores. Por tanto, “no puede alegarse descuido, ignorancia o exceso de trabajo que haya propiciado esta situación por parte del responsable del contrato e incluso por parte del órgano de contratación, puesto que ambos, siendo conocedores de esta advertencia, nada hacen al respecto”, critica.

La Intervención también pone sobre la mesa que los principales documentos (memoria justificativa, invitaciones, informe-propuesta, Decreto de adjudicación, etc.) de los dos contratos de alumbrado “se firman el mismo día, a la misma hora y en el mismo minuto, tan solo con una diferencia de algunos segundos”. Y que en el presupuesto, “aparecen presupuestadas unidades que no figuran en los planos del correspondiente proyecto. Esto da lugar a que en ambos expedientes, lo presupuestado sea superior a lo proyectado”.

Con respecto a los otros dos contratos, catalogados como de suministro, apunta que realmente son de obra. Se trata de suministrar e instalar una enfriadora en el Centro Cívico Centro y otra enfriadora en el Centro de Servicios Sociales Moreras en Córdoba, ambos por un importe que también roza los 40.000 euros.

En ninguno de los dos contratos se han ejecutado las prestaciones correspondientes a las partidas de ”Instalación de línea eléctrica para alimentación de enfriadora protegida con canaleta, así como protecciones en cuadro parcial y general“, y de otro lado, que las partidas correspondientes a ”la colocación, instalación y puesta a punto“ se encuentran duplicadas”, incide la Intervención del Ayuntamiento.

Asimismo, también en estos dos contratos ve “un fraccionamiento material del objeto de los referidos contratos, al tratarse de prestaciones estructuradas en torno a la misma finalidad: el suministro e instalación de nuevas enfriadoras en edificios de titularidad municipal”. Y añade que “resulta también relevante la extraordinaria similitud entre los presupuestos que obran en ambos expedientes, ya que estos son prácticamente copia exacta el uno del otro, cambiando a lo largo de sus páginas únicamente el importe del presupuesto y la denominación del edificio en el que se ubica. Asimismo, ambos proyectos son firmados por el mismo técnico el mismo día”. 

El informe de control de la Intervención pone de manifiesto que, además, para estos contratos se invitó “a las mismas tres empresas”, hecho que, junto a que dicha invitación se haya cursado el mismo día y hora, “no hace sino confirmar el vinculo operativo existente entre ambos contratos”.

Incumplimiento de la normativa de contratación

Para el órgano fiscalizador municipal, “en todos los expedientes analizados se produce un incumplimiento de la normativa en materia de contratación, al incluirse dentro del proyecto que consta en ambos expedientes referencias a marcas y modelos específicos en la documentación que definen las acciones a realizar”, algo expresamente prohibido.

Asimismo, se produce un incumplimiento de las Instrucciones de Contratación Menor del Ayuntamiento de Córdoba (ICMAC) en lo relativo a la trazabilidad de la solicitud de ofertas. Y también un incumplimiento en lo relativo a la documentación que debe obrar en el expediente.

Junto a ello, constata que “en ninguno de los expedientes consta la emisión y contabilización del documento contable ”AD“ (autorización y disposición del gasto), además de certificar ”incumplimiento de la Ley de Contratación y de las Instrucciones de Contratación Menor del Ayuntamiento de Córdoba, en materia de publicidad de los contratos menores“. En ese sentido, señala que ”no consta“ que la información de los contratos ”se encuentre publicada en el Perfil de Contratante“, como marca la norma.

La Intervención General del Ayuntamiento realizó este informe después de tener conocimiento de la tramitación en el ejercicio 2020 de dos expedientes de contratación menor por parte del Área de Infraestructuras de este Ayuntamiento, “en los que se advierte riesgo de encontrarnos ante un posible supuesto de fraccionamiento de contratos, una posible nulidad de la contratación, así como posibles deficiencias de esencial relevancia relativas a los plazos ejecución de las obras contratadas y a las certificaciones emitidas en relación a las citadas obras”, por lo que se consideró necesario el inicio de actuaciones de control financiero que incluían el control permanente de las actuaciones realizadas en distintos expedientes de contratación menor tramitados por el Área de Infraestructuras durante el ejercicio 2020.

Dorado, señalado por la excoordinadora de Infraestructuras

De otro lado, en la investigación seguida en los juzgados, la excoordinadora general de Infraestructuras del Ayuntamiento de Córdoba, María Luisa Bueno, imputada en el caso de los contratos de este área que investiga un juez, señaló al exteniente de alcalde de Infraestructuras, David Dorado, como responsable de la designación del funcionario de este área también imputado y de la firma para pagar las facturas de los contratos investigados.

En su declaración ante el juez, la excoordinadora general de Infraestructuras expuso que “la decisión de nombramiento” del funcionario imputado en el 'caso Infraestructuras' “para que realizara funciones de contratación en el área de alumbrado público fue tomada por el concejal David Dorado”. Y también señala al concejal como quien “toma la decisión de incluir” el proyecto de la avenida de Libia -uno de los contratos investigados-, entre los proyectos que se ejecutarían por parte del funcionario imputado, dentro del Plan de Choque 2020 del Ayuntamiento.

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