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La Diputación reduce a la mitad el alquiler de su Parque de Viviendas de julio a septiembre

Esteban Morales.

Redacción Cordópolis

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La Diputación de Córdoba, a través del Departamento de Vivienda e Intermediación Hipotecaria, ha aprobado una serie de medidas -que complementan las aprobadas el 23 de marzo, relativas a la suspensión temporal del cobro del importe de la renta arrendaticia de las viviendas de su Parque Público de Viviendas Protegidas- destinadas a los inquilinos afectados por la situación devenida por el Covid-19 con la intención de aliviar la situación financiera y económica que está provocando esta pandemia.

Según ha explicado el delegado de Vivienda e Intermediación Hipotecaria de la Diputación, Esteban Morales, “las medidas aprobadas consisten en la condonación, durante un periodo de tres meses, del importe de la renta de los 26 contratos de arrendamiento de viviendas actualmente vigentes, en concreto de la renta correspondiente a los meses de abril, mayo y junio de 2020”.

En este sentido, el diputado provincial ha agregado que todo ello está “de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.1 del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al Covid-19”.

Además, Morales ha añadido que “esta medida, se complementa con la reducción automática del 50% del importe de la renta arrendaticia de los contratos de alquiler, durante los tres meses siguientes al periodo de condonación, en concreto durante los meses de julio, agosto y septiembre de 2020”.

Igualmente, no se descarta “la posible prórroga de esta medida en caso de que se mantengan las condiciones económico-sociales provocadas por el Covid-19 y persista el estado de especial vulnerabilidad de las familias arrendatarias de las viviendas de titularidad de la Diputación de Córdoba”.

Del mismo modo, ha expuesto que “debido a las dificultades para obtener gran parte de la documentación exigida por el Real Decreto-Ley 11/2020 y dada la actual situación de confinamiento, se exime provisionalmente a los arrendatarios de la presentación de la documentación establecida en el artículo 6.1 del Real Decreto-Ley 11/2020, siendo sustituida la documentación indicada por la presentación de una declaración responsable que incluya la justificación expresa de las condiciones objetivas, cuyo modelo será facilitado por la Diputación provincial”.

“No obstante, tras la finalización del Estado de Alarma, y de sus posibles prórrogas, los arrendatarios dispondrán del plazo de un mes para la aportación de los documentos que no hubieran facilitado”, ha afirmado el también vicepresidente cuarto la Diputación.

Esteban Morales ha añadido que “los beneficios concedidos a raíz de la aprobación de las anteriores medidas quedarán a expensas de que, tras su posterior comprobación, pudiera proponerse la denegación de la ayuda concedida en función del incumplimiento de alguno de los requisitos que, para la definición de la situación de vulnerabilidad económica, se establecen el artículo 5 del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al Covid-19, en cuyo caso sería de aplicación lo establecido en el artículo 7 del citado Real Decreto-Ley 11/2020”.

Finalmente, el delegado de Vivienda e Intermediación Hipotecaria de la institución provincial ha insistido en que estas medidas se suman a las ya dispuestas por la Diputación referidas “a la prestación de asesoramiento a través del teléfono a los cordobeses que necesiten ayuda técnica relativa a la posibilidad de solicitar la moratoria hipotecaria recogida en el Real Decreto-Ley 8/2020 para paliar los efectos económicos antes la crisis del Covid-19”.

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