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Córdoba CF

La RFEF deja sin efectos la roja a Iván Ania en la Copa del Rey

Iván Ania da instrucciones en un entrenamiento

Álex Jiménez

30 de octubre de 2026 20:00 h

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El Juez Disciplinario Único de la RFEF ha resuelto este viernes el expediente sobre la expulsión de Iván Ania en el partido de Copa del Rey ante el Atlético Paso y ha estimado las alegaciones del club blanquiverde. De esta manera, deja sin efectos disciplinarios la tarjeta roja que vio el técnico en el minuto 62, después de que el acta arbitral recogiera que fue expulsado por “tocar el balón dentro del terreno de juego, cortando una situación de ataque”. La entidad rebatió esa descripción con prueba videográfica, ya que entendía que existía un “error material manifiesto”

El propio Ania ya había dado su versión en rueda de prensa tras el partido. Explicó entonces que “meto el pie porque veo que el balón está fuera” y añadió que “incluso el jugador rival reconoce que el balón estaba fuera”. Además, aseguró que no tenía intención de cortar ninguna contra y que, a su juicio, el árbitro no pretendía expulsarle, pero que le avisó el juez de línea. Eso sí, mantuvo que “para mí está claramente fuera”.

En su escrito, el Córdoba CF sostuvo que “el balón había traspasado completamente la línea de banda antes de ser tocado por el entrenador”. Por si se entendía que aún no había salido del todo, invocó la Regla 9.2 de la IFAB, que según el club prevé un tiro libre indirecto, sin sanción disciplinaria, cuando un miembro del cuerpo técnico toca sin intención de interferir un balón a punto de salir. También argumentó que el futbolista local que iba hacia el esférico no tenía posibilidad real de alcanzarlo y que la zona de banquillos no contaba con un área técnica delimitada con líneas.

El juez ha partido del artículo 27.3 del Código Disciplinario de la RFEF, según el cual las decisiones arbitrales sobre hechos del juego “son definitivas presumiéndose ciertas, salvo error material manifiesto”. Sin embargo, tras analizar el vídeo, concluye que el balón salió completamente del campo antes del contacto, algo que “se aprecia con claridad en el segundo 28 del vídeo aportado”. “Es claro que no corta acción de ataque alguna porque el balón está fuera del campo cuando lo toca el entrenador”, señala la resolución. Por eso considera que la presunción del acta “ha de decaer” y resuelve “dejar sin efectos disciplinarios la tarjeta roja mostrada en el minuto 62 al entrenador D. Iván Ania Cadavieco”.

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