Revocan la condicional a un hombre investigado por vender droga mientras disfrutaba de este permiso

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional (AN) ha ordenado la revocación de la libertad condicional de un condenado por venta de drogas después de que un juzgado lo esté investigado por haber cometido este mismo delito mientras disfrutaba de este permiso. Aunque la causa iniciada tras esta detención se está investigando, el tribunal de la AN alega que ya no es posible mantener “la confianza” por la existencia de “riesgos” en su comportamiento.
Según la sentencia a la que ha tenido acceso Cordópolis, el hombre fue condenado a cuatro años y tres meses de prisión por un delito contra la salud pública. Comenzó a cumplir condena en 2019 en una prisión de Portugal, pero en 2021 fue trasladado a una cárcel de Huelva para vivir en un régimen de semilibertad. Debido a su progresión hacia el tercer grado, en junio de 2022 fue trasladado al Centro de Inserción Social de Córdoba y posteriormente le fue concedida la libertad condicional.
En un día que no ha quedado determinado, la policía le incautó al procesado y a otra persona que le acompañaba más de 100 gramos de hachís y dinero, hechos que se están investigando actualmente. Dada esta fase inicial de la causa, la defensa del procesado alegó que no podía “suponer la revocación de la suspensión de la pena y la vuelta” a la cárcel, lo que puede provocar “un perjuicio irreparable si queda confirmada su inocencia, que es la que él proclama y la que se debe presumir legalmente”.

El hombre es padre de una niña de 13 años con la que mantiene permanente relación y contribuye económicamente a su sostenimiento. Dispone de una vivienda por la que paga una hipoteca. Realiza dos trabajos que le permiten llevar una vida independiente y “progresa en el exterior de la prisión hacia su reinserción social”, ha alegado su letrada. “Todas estas circunstancias”, continúa, “se verían extraordinariamente afectadas negativamente y su progresión penitenciaria interrumpida, en caso de su reingreso en prisión, produciéndosele con ello un perjuicio irreparable”.
Aunque el tribunal de la AN ha tenido en cuenta que aún no ha quedado acreditada la producción del delito, los hechos sí constatan “la conexión con personas y hechos delictivos, lo que permite albergar la sospecha plausible” de que tanto el procesado como su acompañante “se encontraban en una actividad del menudeo de venta de droga”. Todo ello ha llevado al tribunal a considerar que se ha producido un cambio de circunstancias con respecto a cuando se le fue concedida la libertad condicional.
Así, y en la línea de lo mantenido por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Córdoba, esta revocación de la libertad condicional no tiene por qué conllevar también la de la clasificación penitenciaria última previa a la suspensión, es decir, la semilibertad, donde deberá estar mantenido el procesado sí así se estima conveniente tras una evaluación penitenciaria.
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