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El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba exonera a un empresario de pagar deudas por importe de 380.881 euros

Interior de los juzgados de Córdoba

Redacción Cordópolis

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El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba ha exonerado de sus deudas a un empresario cordobés por un importe que asciende a 380.881,05 euros, aplicando el mecanismo de la Ley de Segunda Oportunidad. El caso ha sido tramitado por el despacho de Córdoba Cintas & Asociados Abogados, según ha informado esta compañía.

Se trata de un empresario del sector de las energías renovables que avaló personalmente los préstamos solicitados por su sociedad a distintas entidades financieras. Tal y como recoge la propia resolución del Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, no solo se exoneran las deudas reconocidas en la lista de acreedores obrante en el concurso, sino también los “créditos no reconocidos en la lista de acreedores, sean del tipo que sea, y que se hayan generado antes de la fecha del auto de declaración de concurso al extenderse también a los mismos las consecuencias de la exoneración como créditos concursales no concurrentes (…).

Por otro lado, la exoneración no solo alcanza a las deudas con entidades privadas, sino que alcanza a “los créditos de derecho público y por alimentos”. 

Esta legislación permite exonerar a particulares y autónomos del pago de deuda a acreedores siempre que se demuestre que previamente el deudor ha actuado de buena fe, así como intentado un acuerdo con los acreedores para aplazar la deuda. Si no se logra dicho acuerdo, pueden solicitar la cancelación de la deuda al juzgado y solo si cumplen con los requisitos se obtiene.

El deudor debe demostrar que no se tiene patrimonio para hacer frente a las deudas o que éste ya se ha liquidado, y el pasivo no puede superar los 5 millones de euros. Con la exoneración del pasivo insatisfecho, el empresario va a poder volver a pedir financiación y tener tarjetas de crédito, desaparecer de los ficheros de morosos y, en definitiva, empezar una nueva vida.

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