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Condenado en Córdoba un vigilante por dejar ciego a un joven militar que no podrá seguir en el Ejército

Militares en Cerro Muriano

Alejandra Luque

4 de febrero de 2026 21:06 h

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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a dos años de prisión a un hombre por un delito de lesiones graves tras agredir a dos jóvenes en la entrada de un local de ocio en Puente Genil. El acusado, que ejercía funciones de seguridad en el establecimiento, propinó un puñetazo a una de las víctimas que le provocó la pérdida funcional del ojo izquierdo. Según la sentencia, la víctima era militar y, tras esta grave secuela, ha resultado incapacitado para ejercer su profesión.

El suceso se produjo durante la madrugada del 15 de abril de 2022 en un local de ocio ubicado en la Avenida Manuel Reina de Puente Genil. Según los hechos probados, el acusado inició una discusión con dos usuarios, quienes intentaban acceder al local. En el transcurso del altercado, el acusado empujó a uno de ellos, haciéndole perder el equilibrio, y le propinó una patada una vez en el suelo. Acto seguido, dirigió un puñetazo directo a la cara de la víctima, causándole un estallido ocular con pérdida de volumen y fractura del suelo orbitario.

A consecuencia de la agresión, este joven ha tenido que someterse a varias intervenciones quirúrgicas de urgencia. Pese a los esfuerzos médicos, la sentencia recoge que el joven ha perdido la visión del ojo izquierdo, manteniendo actualmente una agudeza visual de apenas “cuenta dedos” sin posibilidad de mejora. Esta secuela le ha provocado una incapacidad para realizar su actividad laboral habitual como militar, además de un perjuicio estético moderado y una pérdida de calidad de vida.

Ciudad de la Justicia de Córdoba.

La condena se ha alcanzado tras un acuerdo de conformidad entre la acusación particular, el Ministerio Fiscal y la defensa. Así, ha sido condenado a dos años de cárcel al aplicársele tres atenuantes: dilaciones indebidas (el procedimiento se demoró más de tres años y medio por causas ajenas al acusado), reparación del daño (el procesado ha consignado en el juzgado 6.000 euros antes del juicio y se ha comprometido a pagar el resto de la indemnización) y Anomalía psíquica (en el momento de los hechos, el agresor sufría un trastorno asociado al consumo abusivo de estupefacientes).

Además de los dos años de prisión por el delito de lesiones graves, el acusado ha sido condenado al pago de una multa por un delito leve de lesiones cometido contra el segundo joven. En concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar a la víctima principal con 10.000 euros y al otro joven agredido, con 160 euros. Cabe destacar que la víctima renunció a reclamar una indemnización mayor en este proceso (que inicialmente ascendía a 200.000 euros) para dirimirla extrajudicialmente con la compañía aseguradora del local.

Finalmente, el tribunal ha concedido la suspensión de la ejecución de la pena de prisión por un periodo de tres años, condicionada a que el condenado no vuelva a delinquir y cumpla estrictamente con el calendario de pagos acordado.

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