Condenado a solo dos años de cárcel tras indemnizar con 150.000 euros a la menor que violó durante horas
La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a solo dos años de prisión a un hombre acusado de agredir sexualmente de manera continuada a una menor de edad residente en Córdoba. La notable rebaja de la condena, frente a los 14 años de cárcel que solicitaba inicialmente la Fiscalía, responde al pago previo de 150.000 euros en concepto de indemnización por daños morales, lo que ha permitido aplicarle la circunstancia atenuante muy cualificada de reparación del daño.
Los hechos probados se remontan a agosto de 2025. El procesado, que en el momento de los hechos tenía 59 años, mantenía una relación de cercanía y familiaridad la menor, que tenía 15 años. Cuando la víctima tenía diez años, el acusado comenzó a interesarse por ella, llamándola esporádicamente, haciéndole regalos e invitándola, junto a su hermana mayor y a su madre, al bautizo de su propia hija en Palma de Mallorca.
A raíz de este encuentro las relaciones entre la menor y el procesado se hicieron más frecuentes con llamadas y alguna visita a Córdoba, donde la menor vive, y a Barcelona, donde reside el encausado, así como a pasar unas vacaciones en Mallorca junto a su hermana. El acusado ha venido haciendo entregas de dinero y regalos a la menor al tener conocimiento de la precaria situación económica familiar y a fin de ganarse su confianza, prometiendo a la misma que también iba a ayudar a su padre el cual se encontraba en prisión.
En agosto de 2025, el acusado le propuso a la menor que se vieran en Sevilla, a lo que la menor accedió, siempre con el consentimiento de su madre. Para ello, la víctima se desplazó en tren desde la estación de Córdoba hasta la capital hispalense. Una vez allí, el acusado la trasladó a un céntrico hotel donde había reservado una habitación con cama de matrimonio. Tras salir a cenar e ir de compras, ambos regresaron al hotel sobre la 1:00. Cuando la víctima se dispuso a dormir vestida con un pijama y habiendo colocado una almohada como barrera de separación en medio de la cama, el condenado la retiró y se abalanzó sobre la niña.
En ese momento, ella se quedó completamente paralizada y entró en estado de shock. Tras esto, el acusado la besó, la sometió a tocamientos, le mordió un pecho y la violó. Estas agresiones sexuales continuaron de forma reiterada durante más de cuatro horas, hasta cerca de las 5:00. A las 6:30 de esa misma mañana, el agresor la acompañó en taxi hasta la estación de Santa Justa para embarcarla de vuelta en un tren rumbo a Córdoba.
Al llegar a la estación cordobesa, la menor fue encontrada desconsolada por un conocido de la familia, a quien apenas pudo formular lo que le había sucedido. Tras acudir a su domicilio y relatar los hechos a su madre, fue trasladada de urgencia a un hospital de Córdoba, donde la exploración médica confirmó lesiones físicas y erosiones compatibles con la agresión relatada. El agresor fue detenido e ingresó en prisión provisional el 4 de septiembre de 2025.
Al inicio del juicio, el acusado reconoció los hechos y se declaró culpable. A cambio del ingreso de 150.000 euros como reparación económica para la víctima, el Ministerio Fiscal y la acusación particular modificaron sus conclusiones provisionales para aplicar la atenuante muy cualificada de reparación del daño, reduciendo la pena en dos grados. En consecuencia, el hombre ha sido condenado a dos años de prisión, a los que se les restará el tiempo que ha estado en prisión preventiva. Además, dada la duración de la pena, puede solicitar la ejecución de la misma.
Junto a la pena privativa de libertad, la Audiencia de Sevilla le ha impuesto la prohibición de aproximarse a la menor a menos de 500 metros o comunicarse con ella durante diez años, una pena de inhabilitación de 20 años para cualquier profesión o actividad que implique contacto con menores y una década de libertad vigilada.
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