La Audiencia de Córdoba rechaza la custodia compartida de un perro anciano por el estrés que le supondría cambiar de casa
Mismos fines de semana, mismas vacaciones y las mismas pautas de entrega. La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha dictado una sentencia que prioriza el bienestar de un perro de 13 años y descarta la custodia compartida para evitarle el estrés que podría suponer cambiar de domicilio cada quince días. El fallo, al que ha tenido acceso Cordópolis, establece que el calendario de estancias del animal coincida con el régimen de visitas del hijo menor que sus propietarios, ahora expareja, tienen en común. El objetivo es preservar la rutina del perro y mantenerlo junto al menor durante sus desplazamientos al domicilio paterno.
La sentencia desestima íntegramente la demanda presentada por la madre, que solicitaba la custodia compartida del animal mediante turnos alternos de 15 días al amparo de la reforma del Código Civil, que modificó el régimen jurídico de los animales. Con esta reforma, dejaron de ser considerados cosas y pasaron a recibir la consideración de seres sintientes, de modo que las decisiones sobre su cuidado deben atender a su bienestar.
En su demanda, la mujer -a quien se le ha reconocido una incapacidad permanente total por fibromialgia severa, según consta en el procedimiento, y cuyo hijo menor tiene reconocido un grado de discapacidad del 39 % por una deformidad en los pies- pretendía establecer un reparto por quincenas: del día 1 al 15 de cada mes, el perro permanecería en su vivienda y, del día 15 hasta final de mes, en la del padre. Sin embargo, tanto el juzgado de primera instancia como la Audiencia Provincial han concluido que esta alternancia no responde al bienestar del animal ni a las necesidades organizativas de la familia.
De este modo, el perro permanecerá en su residencia habitual, junto a la madre y los dos hijos. No obstante, acompañará al menor cuando este se desplace al domicilio paterno durante los fines de semana alternos y la mitad de los periodos vacacionales, incluidos Navidad, Semana Santa y verano.
Los gastos de alimentación correrán a cargo del progenitor que tenga consigo al menor y al perro en cada periodo. Por su parte, los costes de vacunación, revisiones sanitarias, urgencias veterinarias y peluquería se repartirán al 50 % entre ambos. Además, si alguno de los progenitores tuviera que ser ingresado en un centro sanitario para someterse a una intervención médica, el otro deberá hacerse cargo del animal durante el tiempo que dure el ingreso.
Para rechazar la pretensión de la madre, que alegaba que el padre dispone de una parcela de 2.000 metros cuadrados y tiene otra mascota, el tribunal ha analizado la reforma del Código Civil y las circunstancias concretas del caso. La Audiencia considera que, debido a la edad del perro y al hecho de haberse criado siempre en una misma vivienda, su capacidad de adaptación a nuevos entornos puede haberse reducido. Por ello, entiende que someterlo a cambios de residencia cada quince días podría perjudicar su estabilidad.
Frente a los argumentos relacionados con la situación de salud de la madre, el tribunal señala que en el domicilio viven tres personas capaces de atender las necesidades del animal: la propia madre y sus dos hijos. La discapacidad del menor, derivada de una deformidad en los pies, no le impide, según la resolución, participar en su cuidado y sacarlo a pasear.
Por último, la Audiencia recuerda que, durante los últimos meses, el perro ya venía acompañando espontáneamente al menor en sus visitas al padre. Mantener esta dinámica permite preservar una rutina consolidada que, según el tribunal, resulta favorable tanto para el niño como para el animal.
0