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Un preso por violencia machista frena el bautizo de su hijo en Córdoba al negarse a que se celebre sin su presencia

Imagen de un bautismo.

Alejandra Luque

16 de octubre de 2026 20:01 h

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La controversia judicial y familiar entre una víctima de violencia de género y su agresor ha derivado en la suspensión de un bautizo en la provincia de Córdoba. La parroquia de Santa María de las Flores de Hornachuelos, tras la consulta instruida ante el Obispado de Córdoba, ha resuelto diferir y dejar en suspenso la celebración del bautismo de un niño de casi un año de edad, el cual estaba programado para este sábado 17 de octubre en la parroquia de Peñarroya-Pueblonuevo.

La decisión obedece a la oposición formal presentada por la familia paterna del menor a través de un escrito remitido por su letrado. La representación del padre, quien actualmente está en prisión condenado por violencia de género hacia la madre de su hijo, alegó la imposibilidad de que el progenitor acudiera al evento religioso al estar cumpliendo condena en la cárcel -de la que prevé salir el próximo mes-, exigiendo la paralización del bautismo por falta de consenso en el ejercicio de la patria potestad.

Pese a la cancelación de la ceremonia en el templo, la víctima ha confirmado en declaraciones a Cordópolis que la celebración festiva continuará adelante tal y como estaba prevista: “El banquete lo voy a celebrar de todos modos porque lo tenía ya todo pagado”, ha manifestado la mujer.

Según ha apuntado la Diócesis de Córdoba a este periódico, el Derecho Canónico requiere únicamente el consentimiento de al menos uno de los progenitores para administrar el bautismo. Sin embargo, defiende, este tipo de actos están dentro de la patria potestad, por lo que el consentimiento deben darlo ambos padres.

Ante el desacuerdo y la solicitud de oposición de la familia del padre, el párroco Fidel Nkanza ha acordado dejar sin efecto la fecha prevista para el bautizo hasta que los padres alcancen un acuerdo o bien haya una resolución del juzgado que resuelva la discrepancia sobre la patria potestad a favor de la madre.

Interior de la cárcel de Córdoba, donde se encuentra el padre.

De una orden de protección por agresión a una condena firme de prisión

El conflicto se remonta a meses atrás. Según el letrado de la víctima, David Jiménez, la intervención judicial inicial se produjo tras un intento de agresión con un arma de fuego en abril de 2026. De estos hechos, que aún no han sido juzgados, emanó una orden de protección mediante la cual se imponía al hombre la prohibición de aproximarse a menos de 150 metros de la mujer y de comunicarse con ella, además de otorgar la custodia cautelar del bebé a la madre.

Cuando dicha orden estaba aún vigente, el pasado mes de julio, el hombre la quebrantó al llamar varias veces a la mujer. Además, según la sentencia a la que ha accedido Cordópolis, el hombre acudió a un restaurante del pueblo en el que ella se encontraba y, en presencia del bebé de nueve meses, la agredió y tiró al suelo, causándole contusiones y arañazos.

Estos hechos sí han sido juzgados mediante una sentencia de conformidad por la que el procesado y padre del niño aceptó cuatro meses de prisión por un delito de quebrantamiento y 40 días de trabajos en beneficio de la comunidad, privación de tenencia de armas y prohibición de acercamiento y comunicación durante un año, cuatro meses y dos días por un delito de lesiones sobre la mujer.

La condena impuesta le habría permitido no entrar en prisión, pero el juez ordenó su ingreso inmediato al valorar que la víctima se encontraba en una situación de “riesgo extremo”. Además, tuvo en cuenta que el procesado rompió la orden de alejamiento muy poco tiempo después de su imposición.

Aun cuando el hombre salga de prisión el mes que viene, la orden de alejamiento dictada en esta sentencia firme le mantendrá imposibilitado legalmente de aproximarse a la madre, por lo que la resolución de la disputa por el bautismo del menor estará supeditada a que o bien el padre lo autorice o bien la mujer inicie el correspondiente trámite civil.

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