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El peligro de las tarjetas revolving, un arma de doble filo

Tarjetas de crédito.

Redacción Cordópolis

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Son una trampa de difícil escapatoria. Las tarjetas revolving, enmascaradas en muchas ocasiones bajo una publicidad que las presenta como la solución a todos sus problemas económicos, han conducido al sobreendeudamiento de multitud de familias en España. De hecho, la Organización de Consumidores y Usuarios y el Banco de España han advertido recientemente de su peligrosidad.

No siempre resulta sencillo esquivar el anzuelo del ‘devuelva el dinero en cómodas cuotas’, pero hay muchos ejemplos en los cuales la Justicia ha respaldado a los usuarios. Uno de ellos, sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia no 2. Granada en enero de 2019, sirve para ilustrar a la perfección en qué consiste este engaño.

El denunciante dispuso de una tarjeta revolving en 2003, la usó hasta 2013, y de manera esporádica hasta 2018. En total dispuso de 16.501 euros, que se debían devolver en cuotas fijas mensuales. Pagos que realizó según las condiciones establecidas. Pese a ello, el afectado se percató que la deuda no disminuía a pesar de haber abonado más de 36.000 euros entre enero de 2008 y noviembre de 2017.

Es un ejemplo real de las condiciones abusivas de este tipo de préstamos a los que, además de usura, también se los achaca falta de transparencia ya que la información relevante viene en letra pequeña camuflada entre largos pliegues. En el caso de Granada al afectado aún le aparecía una deuda de más de 1.200 euros.

Los tribunales dan la razón a los consumidores

La suya fue una de las sentencias favorables que están obteniendo algunos consumidores en los juzgados, y que demuestran que se puede conseguir la devolución de los intereses pagados y la nulidad del contrato si las condiciones de las tarjetas revolving, generalmente con intereses superiores al 20%, son consideradas como usurarias.

¿Es este hecho habitual, o supone una excepción? Los letrados sitúan la clave de estos casos en la valoración que haga el tribunal de los intereses. Para José Simarro Peñalver, de Simarro Abogados, “la posibilidad de recuperar el dinero pagado de más, o no tener la obligación de pagarlo, es alto en caso de que los intereses se estimen como abusivos”.

No obstante, recuerda que “lo recomendable es efectuar una reclamación extrajudicial y buscar un acuerdo satisfactorio”. Aunque, en caso de no alcanzar esta consonancia “el cliente se verá obligado a interponer una demanda para que sea un tribunal el que resuelva la controversia”, matiza José Simarro.

La clave la marcan los intereses

Desde el despacho de Kenari Orbe Abogados, expertos en este tipo de situaciones, apuntan una idea similar y recuerdan que “puede existir una usura encubierta cuando se haya enmascarado el préstamo usurario bajo la apariencia de un contrato distinto, tal y como sucede con las tarjetas revolving”.

Asimismo, recalcan la importancia del interés contratado. “En la mayoría de los casos se considera ‘abusivo’ si el tipo de interés fijado en un contrato se sitúa muy por encima del interés normal del dinero”, indica,. Una idea que respalda más adelante con un ejemplo: “Si supera el 20% de interés, las posibilidades de que la reclamación sea fructífera son bastante altas”.

Otro de los motivos por el que este método de pago aplazado genera tantas dificultades es la cantidad acordada como cuota mensual. Y es que, como en el caso de F. A. con 150€, “no son suficientes para posibilitar una amortización del principal de la deuda”, tal y como explican desde este bufete. Además, “implica que en muchas ocasiones se dé una ampliación de disposiciones y, por tanto, se entre en una especie de ciclo que va generando una deuda que puede resultar abusiva”.

Advertencia del Banco de España y la OCU

El Banco de España exige desde su web “especial diligencia en estos casos” para así lograr la “buena práctica bancaria”. Es por ello por lo que solicita una mayor información de las operaciones realizadas, con un seguimiento de la deuda pendiente de la forma más clara posible.  

En caso de que la amortización de la deuda se vaya a realizar en un plazo muy largo piden que periódicamente, ya sea de forma mensual o trimestral, se otorgue una información sobre el plazo de amortización previsto y cuándo se terminaría de pagar la deuda con escenarios representativos. 

En definitiva, desde el Banco de España se busca que los consumidores de las tarjetas revolving no caigan en un pozo de deudas por culpa del desconocimiento y sepan en todo momento las operaciones que están realizando y el dinero que adeudan.

Por parte de la Organización de Consumidores y Usuarios se han llevado distintas iniciativas para concienciar al ciudadano sobre el peligro que pueden conllevar estas formas de pago. Mismamente, en abril de 2019 iniciaron una campaña para ayudar a los afectados por las condiciones abusivas de esos altos intereses. El lema utilizado para combatir este arma de doble filo fue el de ‘#StopUsura’.

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