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La nueva ordenanza de mercadillos permitirá la venta de alimentos y dará licencias de quince años

El concejal de Gestión, Comercio y Mercados del Ayuntamiento de Córdoba, Antonio Álvarez.

Juan Velasco

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La nueva ordenanza de venta ambulante de Córdoba permitirá la venta de alimentos como carne y pescados en los mercadillos, al mismo tiempo que prohibirá expresamente vender animales vivos -algo que ya no se permitía-, así como dará licencias de quince años de duración, que se renovarán anualmente con una declaración responsable.

El concejal de Gestión, Comercio y Mercados del Ayuntamiento de Córdoba, Antonio Álvarez, ha informado este jueves de la nueva normativa municipal, que se adapta a la Ley de Comercio Ambulante, y que entra este viernes en periodo de alegaciones durante diez días. A partir de ese momento seguirá su tramitación y se espera que esté aprobada y en vigor a finales de este año o principios de 2021.

La nueva ordenanza extiende el tiempo de vigencia de las licencias, que ahora mismo es de cuatro años y que pasa a ser de quince años. No obstante, cada año habrá que presentar una acreditación anual de cumplimiento de los requisitos entre el 31 de octubre y el 31 de diciembre, y se expedirá una declaración responsable.

La normativa va a distinguir por vez primera entre el comercio callejero (los mercadillos fijos) del comercio de temporada (los mercados navideños y de Semana Santa), así como entre el comercio itinerante -por ejemplo, los carritos de helados de la Ribera- y el comercio en mercadillo. No introduce grandes novedades, pero, por ejemplo, la venta de productos como castañas, mazorcas o fruta cortada pasan a ser autorizados por la delegación de Comercio.

Fuera de esta quedan otras como la venta de churros, que pasa a ser considerado un producto de hostelería, como los puestos de caracoles, y, por tanto, ha de ser autorizado por Vía Pública. En cuanto a los vendedores itinerantes, concretamente los de helados, pasan a estar bajo el control de Comercio.

Además, el Ayuntamiento se reserva unos cuantos puestos -concretamente dos puestos en los mercados que tienen menos de 100 y cuatro en los que tienen más de 100-, para que desempeñen la actividad personas con discapacidad física, psíquica o personas en riesgo de exclusión social. Estos puestos, en principio, debe ser pagados, pero si quien lo pide es una organización sin ánimo de lucro, puede plantearse la exención.

No habrá cambios de ubicaciones en los mercadillos habituales, pero la nueva ordenanza sí plantea mover el mercado de Semana Santa a la nueva carera oficial. Además, también se conveniará el embellecimiento de las zonas donde se pone mercadillo fijo, con medidas como el entoldado o vestuarios.

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