Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

El Gobierno culpa a la Junta de no prever el trasvase del pantano de Iznájar a Málaga

Agua embalsada en el pantano de Iznájar.

Redacción Cordópolis

0

El Gobierno de la Nación, a preguntas del diputado nacional del PSOE por Córdoba, Antonio Hurtado, ha responsabilizado a la Junta de Andalucía de que no se acometa el trasvase de agua desde el pantano de Iznájar, en el Sur de la provincia de Córdoba, a la comarca de Antequera, en el Norte de la provincia de Málaga, por no haber previsto la Administración autonómica su necesidad “en la situación actual, ni en el horizonte 2021”.

Así lo ha señalado el Ejecutivo que preside el popular Mariano Rajoy, en la respuesta escrita, a la que ha accedido Europa Press y que ha dado al diputado socialista, el cual había preguntado si “¿se va a llevar a cabo el trasvase de agua del pantano de Iznajar (Córdoba) a la comarca de Antequera (Málaga)?, ¿cuánto supone la inversión?, ¿qué calendario es el previsto?, ¿cuál es su financiación?” y “¿cuánta población se beneficiaría de este trasvase y de qué municipios?”.

Ante estas preguntas, el Gobierno ha señalado que “el vigente Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Guadalquivir (aprobado por Real Decreto en enero de 2016 y en el que se inscribe el pantano de Iznájar) establece, en el apéndice 8.7 de sus disposiciones normativas -apéndice que recoge la asignación y reserva de recursos en el horizonte 2021- que el trasvase para abastecimiento urbano desde el embalse de Iznájar hacia la comarca de Antequera, previsto con un volumen inferior a cinco Hm3/año, si procede, deberá ajustarse a la normativa que lo autorice y regule”.

Sin embargo, según ha precisado el Ejecutivo, “el vigente Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas (aprobado por Real Decreto en enero de 2016), y cuya redacción compete a la Junta de Andalucía (en base a lo recogido en la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, y en la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas para Andalucía), no incorpora la necesidad, ni en la situación actual, ni en el horizonte de 2021, de transferir un volumen concreto de recursos, para garantizar el abastecimiento de los municipios (malagueños) de Antequera, Archidona, Campillos, Mollina, Villanueva del Trabuco, Villanueva del Rosario, Humilladero y Fuente de Piedra”.

Es más, según indica el Gobierno de España, “el vigente Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, atendiendo a lo que se recoge dentro del Apéndice 6.4 del Anejo 06 'Presentación detallada de balances de usos y recursos en el horizonte 2027', considera que será necesario, a partir del año horizonte 2027, habilitar una transferencia externa desde la Demarcación Hidrográfica del Guadalquivir, en un volumen total de 5,52 Hm3/año, para solventar las necesidades de abastecimiento” de los citados municipios.

INFRAESTRUCTURAS NECESARIAS

Junto a ello y en relación a las “infraestructuras necesarias para el desarrollo de la posible transferencia de agua desde el embalse de Iznájar a la zona Norte de la comarca de Antequera”, el Ejecutivo ha precisado que en el apéndice del programa de medidas del vigente Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas “aparece la medida CMA-0198-C, denominada 'Abastecimiento en alta a la zona Norte de la provincia de Málaga'”.

Esta es, según ha asegurado el Ejecutivo en su respuesta, una “medida de carácter complementario, con una inversión aproximada de 47.656.000 euros, a acometer antes de que finalice el horizonte de planificación 2033 y cuya ejecución y financiación le compete a la Junta de Andalucía, como administración responsable”.

De hecho, el Gobierno ha afirmado que tal medida “ya aparecía en el programa de medidas del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas asociado al primer ciclo de planificación, aprobado por el Real Decreto 1331/2012, de 14 de septiembre”.

Ya entonces el objetivo era “materializar la aportación de recursos externos que resultan imprescindibles para satisfacer las demandas de abastecimiento aguas arriba de los embalses del subsistema I-4 y alcanzar los objetivos medioambientales en varias masas de agua superficial con caudales insuficientes o subterráneas en riesgo cuantitativo, (El Torcal). En este primer ciclo de planificación su ejecución también aparecía asignada a la Junta de Andalucía”.

POBLACIÓN BENEFICIARIA

Respecto a la población que se beneficiaría de esta posible transferencia de agua del pantano de Iznájar a la comarca de Antequera, el Ejecutivo se remite, de nuevo “a lo recogido en el Plan Hidrológico de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, apéndice 6.4 del Anejo 06 'Presentación detallada de balances de usos y recursos. Horizonte 2027'”.

Así, “los municipios que se beneficiarían, según el instrumento de planificación redactado por la Administración autonómica, serían Antequera, Archidona, Mollina, Villanueva del Rosario, Villanueva del Trabuco, Villanueva de la Concepción, Fuente de Piedra y Humilladero”.

Etiquetas
stats