Campiña Sur da a conocer la composición de su Pleno a falta de la constitución de los ayuntamientos
La nueva composición plenaria de la Mancomunidad de Municipios Campiña Sur Cordobesa tendrá ciertas modificaciones como consecuencia de los resultados electorales del 28 de mayo. Así, de los 35 miembros que componen el Pleno, 23 de ellos se eligen en función de los votos obtenidos en cada municipio por las diferentes fuerzas políticas conforme a los criterios establecidos en el artículo 6 de los estatutos de la entidad, además de los 12 alcaldes que se conocerán el próximo 17 de junio.
Tal y como ha detallado la Mancomunidad de Municipios Campiña Sur Cordobesa en una nota, en el artículo 6 de sus estatutos se señala que los municipios que cuenten con hasta 5.000 habitantes, tendrán un representante en el pleno; los que cuenten con hasta 10.000 habitantes, tendrán dos representantes; los municipios con hasta 20.000 habitantes tendrán tres representantes; los que cuenten con más de 20.000 habitantes, cuatro representantes, y los municipios con más de 30.000 habitantes, tendrán cinco.
Así, el nuevo Pleno de la mancomunidad, en lo que a representación de concejales se refiere, quedaría con siete miembros del PSOE, siete de Con Andalucía, siete del Partido Popular, un representante de CIDG y uno de Contigo Montemayor, es decir, 23 miembros. A ellos habrá que añadir los alcaldes que salgan de la constitución de los nuevos ayuntamientos el próximo 17 de junio, hasta sumar la totalidad de 35.
La presidenta en funciones de la Campiña Sur, Francisca Carmona, ha indicado que “se abre una nueva etapa en esta entidad que, a buen seguro, va a estar marcada de nuevo por el consenso y la unanimidad porque, más allá de que somos una administración que se forma en base a los resultados electorales, lo que nos caracteriza es el ser una entidad al servicio de los ayuntamientos, independientemente del color político que tengan”.
Además, Carmona ha señalado que, “no obstante, desde el punto de vista representativo, habría que resaltar que hay una representación mayoritaria de las fuerzas de izquierdas y que se ha producido un ascenso en los resultados del Partido Popular”.
En cuanto a los plazos constitutivos que ahora se abren, el artículo 6 de los estatutos de la mancomunidad indica que, tras la celebración de las elecciones locales y dentro del plazo previsto por la Ley para la designación de representantes en órganos colegiados, los plenos de los ayuntamientos nombrarán a los representantes designados por cada grupo político, previa comunicación por la mancomunidad del número de representantes que corresponda a cada municipio y partido político.
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