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Condenan, tras once años, a un guardia civil cordobés por narcotráfico en Mallorca

Entrada a la Audiencia Provincial de Córdoba | MADERO CUBERO

Antonio Gutiérrez

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La pena, a la que se la ha aplicado la atenuante de dilación indebida, se queda en 17 meses y 29 días de prisión | Traficaba, en compañía de varias personas, con marihuana, cocaína y drogas de diseño | Un pinchazo telefónico desveló su actividad delictiva

La Audiencia Provincial de Palma de Mallorca ha condenado a un agente de la Guardia Civil natural de la localidad cordobesa de Almodóvar del Río a una pena de 17 meses y 29 días de prisión por un delito de narcotráfico. El juicio, que se celebró el pasado mes de febrero en el alto tribunal balear tiene la particularidad de que se ha celebrado nada menos que once años después de que se iniciasen las diligencias previas contra este agente, destinado en la isla, motivo por el que, pese a ser encontrado culpable, haya visto reducida la pena que se le reclamaba, tres años de cárcel, al aplicársele la circunstancia atenuante de “dilación indebida”.

La investigación arranca, hace once años, con la autorización por parte del juzgado de Instrucción, número 1, de la capital balear a que se pinchara el teléfono móvil del agente del que, por testimonios previos, se sospechaba que estaba ejerciendo una actividad delictiva, en concreto la venta de droga a pequeña escala en bares y zonas de ocio de Palma de Mallorca. El arresto finalmente se produce el 5 de agosto de 2004 y con el agente cordobés, caen otras tres personas, de las que una ha resultado finalmente absuelta, siendo el resto condenado a penas de un año de cárcel.

Según la sentencia, en la que figuran las grabaciones del teléfono del agente y se reflejan las conversaciones en clave entre los miembros de su grupo para la venta y el intercambio de la droga, el guardia civil “aprovechó su condición para delinquir con mayor facilidad y mayor impunidad, al tener información a su alcance sobre datos internos como los controles de la carretera, los controles en bares y discotecas”. La Audiencia balear señala que “su conducta, que debía ser ejemplar y no lo fue, merece un mayor reproche penal que la de los otros dos condenados” motivo por el que se le impone la máxima condena posible, dado el tiempo transcurrido.

Y todo ello, pese a que el agente de origen cordobés también era consumir de drogas, aunque no procede aplicarle atenuante alguna de dependencia a las drogas porque, ante todo, “era funcionario de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. Conocía, sabía y era consciente de las consecuencias de sus actos”, reza el fallo.

Acerca del tiempo transcurrido, que obliga a rebajar la pena, el juez se queja de que éste “se presenta a todas luces como excesivo” y más para un proceso de un proceso “sin ninguna clase de complejidad” añadiendo que la paralización del proceso no debe achacarse a los acusados “sino a las deficiencias estructurales de la administración de Justicia en este territorio que no pueden actuar como justificación de lo que carece de explicación”.

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