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Cerca de 3.500 cordobeses registran su voluntad vital anticipada

Con el testamento vital se puede expresar anticipadamente y decidir por sí mismos sobre la asistencia sanitaria y los tratamientos que se desean recibir al final de la vida.

Redacción Cordópolis

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Un total de 3.499 cordobeses han registrado su testamento vital desde el reconocimiento de este derecho en Andalucía, regulado por la Ley de Declaración de Voluntad Vital Anticipada en 2003, y materializado con la puesta en marcha del Registro de Voluntades Anticipadas en 2004, hasta el 31 de julio de 2018. En Andalucía, han sido 38.949 las personas que han ejercido este derechos, siendo las mujeres las que más lo han realizado (58,9%) y por edad los mayores de 65 años (38,7%).

Según ha informado el Gobierno regional, durante 2017 ejercieron este derecho 3.435 personas, lo que supuso un incremento del 8 por ciento en relación con el año anterior, en que se registraron 3.180 voluntades vitales anticipadas. Hasta el 31 de julio de 2018, ya han realizado su testamento vital en Andalucía 1.952 personas.

El ejercicio de este derecho permite a la ciudadanía expresar su voluntad sobre sus valores la asistencia sanitaria y los tratamientos que se desea o no recibir en caso de no poder manifestarlo de forma consciente en el momento final de la vida. Además, la persona puede también decidir el destino de sus órganos e indicar quiénes serán sus representantes.

Andalucía cuenta con un total de 56 puntos del Registro de Voluntades Vitales Anticipadas, por lo que todos los municipios andaluces están a menos de una hora de las sedes distribuidas por todas las provincias y el 80% a menos de 30 minutos, cumpliendo así con el compromiso de mejorar la accesibilidad y el ejercicio de este derecho.

En Córdoba, son cuatro los puntos existentes y se distribuyen en el Hospital Reina Sofía, Hospital Infanta Margarita, Hospital Valle de Los Pedroches y la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales.

Así, a los ocho puntos habilitados en las delegaciones territoriales de Salud en 2004, se han sumado paulatinamente en los centros sanitarios públicos el resto de sedes: 28 en hospitales, 14 en centros de salud, cuatro en distritos sanitarios y dos en centros de atención especializada.

La Consejería de Salud permite, a través de su web, solicitar cita previa para poder inscribir posteriormente su testamento vital en un punto de registro habilitado a tal efecto. También se puede solicitar la cita a través del teléfono de Salud Responde (955545060) y en los puntos habilitados del Registro de Voluntades Vitales Anticipadas de Andalucía.

Además, si la persona interesada no puede desplazarse hasta el Registro, podrá solicitar la cita a través de Salud Responde y se realizará en su propio domicilio.

La página web ofrece toda la información que requiera la persona interesada sobre la voluntad vital anticipada y la posibilidad de descargarse los documentos relacionados, como la Guía para la Voluntad Vital Anticipada, que contribuye a resolver todas las dudas relacionadas con el registro del testamento vital a través de una serie de preguntas frecuentes.

También, puede consultar sus voluntades el otorgante y su representante en la página web de la Consejería de Salud en el apartado de ciudadanos con el correspondiente certificado digital.

Este servicio 'online' tiene una sección específica con funcionalidades para profesionales, que pueden realizar diversas acciones, como consultar el contenido de las voluntades vitales de sus pacientes; seguir resultados mensuales del registro, descargar la Guía de apoyo a los profesionales, así como la información de la normativa autonómica y nacional.

LA LEY

Con la aprobación de la Ley 2/2010, de 8 de abril, de Derechos y Garantías en el proceso de la muerte, se concretaron las acciones que permiten el acercamiento del Registro de Voluntades Vitales al contexto sanitario y la mejora de la accesibilidad a la ciudadanía.

Esta norma recoge que los profesionales deben proporcionar a las personas que se la soliciten, información acerca del derecho a formular la declaración de voluntad vital anticipada y que deben consultar si existe en el registro constancia del otorgamiento de voluntad vital anticipad.

Los profesionales sanitarios tienen la obligación de respetar los valores e instrucciones contenidos en la declaración de voluntad vital anticipada, en los términos previstos en la Ley.

Así, los profesionales del sistema sanitario público andaluz tienen acceso a consultar las voluntades vitales anticipadas desde Atención Primaria, Atención Especializada, Dispositivos de Cuidados Críticos y Urgencias y el 061.

Pueden acceder al documento de las voluntades a través de Salud Responde, Historia de Salud Única, desde Atención Primaria y desde Diraya Hospital, desde la historia clínica digital en movilidad y desde la página web de la Consejería de Salud.

El sistema implantado en Andalucía también permite a los profesionales sanitarios ajenos al Sistema Sanitario Público de Andalucía los accesos para poder consultar las voluntades vitales anticipadas de sus pacientes, gracias al convenio firmado por la Consejería de Salud y el Consejo General de Colegios de Médicos de Andalucía, en octubre del 2014.

En cuanto a las consultas que realizan los profesionales al Registro durante la asistencia sanitaria, los centros hospitalarios públicos y las coordinaciones de trasplantes son los que las realizan principalmente.

No obstante, se ha registrado un aumento de las consultas que hacen los profesionales de Atención Primaria y los profesionales del 061 y de los Dispositivos de Cuidados Críticos y Urgencias, ya que estos últimos disponen de acceso a través de la historia clínica digital en movilidad.

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