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Condenado a tres meses de multa un conductor que atropelló a un hombre que empujaba una silla de ruedas

Fachada principal de la Ciudad de la Justicia.

Alfonso Alba

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El Juzgado de lo Penal número 1 de Córdoba ha condenado a un conductor a una pena de tres meses de multa y otros tres de retirada del carnet por un atropello en el que murió una persona. La titular del Juzgado ha considerado que el conductor iba a una velocidad 20 kilómetros por hora superior a lo permitido pero que arrolló a un hombre que cruzaba empujando a su hijo en una silla de ruedas. El hombre, según consta en los hechos probados, cruzó con el semáforo en rojo.

Según consta en la sentencia, adelantada por ABC Córdoba y a la que ha tenido acceso este periódico, y se considera como hechos probados durante el juicio, sobre las 22:05 del día 28 de julio de 2018 el acusado circulaba en su coche por el segundo carril desde la izquierda según sentido de la marcha de la Avenida República Argentina de Córdoba. “El procesado se detuvo para respetar la fase roja del semáforo sito en Avenida República Argentina intersección con Avenida Mediana Azahara y una vez que la fase semafórica que le vinculaba pasó a verde reanudó aceleradamente la marcha circulando a una velocidad notablemente superior a la permitida, razón por la cual no pudo reaccionar y evitar el atropello del peatón”, escribe el juez.

El peatón empujaba la silla de ruedas de una persona discapacitada, su hijo, “y a pesar de que el semáforo que le vinculaba se encontraba en fase semafórica en rojo para los peatón y verde para los vehículos a motor, decidió atravesar la avenida a través del paso de cebra existente a la altura de la calle Antonio Maura”, describe la jueza. El atropello se produjo sobre la mitad del segundo carril desde la izquierda de la avenida República Argentina, a unos 7,5 metros del bordillo de la calzada.

En el momento del impacto el conductor circulaba a entre 70 y 82 kilómetros por hora. A consecuencia del atropello el peatón sufrió destrucción de centros vitales nervisosos secundario a traumatismo craneoencefálico que le produjo la muerte.

La jueza entiende que el conductor es culpable de un delito de homicidio por imprudencia menos grave. Por eso, lo condena al pago de una multa de diez euros al día durante tres meses y a la retirada del carnet de conducir durante otros tres meses.

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