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Trabajo alerta de la “inseguridad” de un laboratorio de la Junta

Imagen de los trabajadores, cruzando hacia su trabajo.

Redacción Cordópolis

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CSIF denunció la peligrosidad de los trabajadores del Laboratorio de Producción Animal al acudir a su puesto de trabajo al tener que cruzar una carretera

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) de Córdoba informa de que la Inspección de Trabajo ha emitido un informe en el que ratifica la situación de “inseguridad” de los trabajadores del Laboratorio de Producción Animal y Sanidad Animal a la hora de acudir a su puesto de trabajo.

Según señala CSIF, este “peligro” se genera desde principios de octubre del año pasado cuando dejó de estar activo el autobús que la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía (Agapa) --entidad dependiente de la Consejería de Agricultura y Pesca-- ponía a disposición de los empleados para desplazarse al centro situado junto al Campus Universitario de Rabanales.

La resolución de la Inspección de Trabajo, emitida a raíz de una denuncia realizada a finales de año por el sector de la Administración de la Junta de Andalucía (AGJA) de CSIF Córdoba, afirma que “se ha comprobado que la supresión del servicio de transporte para acceder al centro de trabajo, tras 30 años y sin justificación ni medida alternativa alguna, ha generado un riesgo grave de atropello de los trabajadores que acceden en autobús público y que deben realizar un tramo a pie por el arcén de la carretera nacional IV e incluso cruzarla en unas condiciones peligrosas para los peatones”.

Según este documento, la distancia entre la parada del autobús de Aucorsa más próxima al centro de trabajo y el laboratorio es de 2,69 kilómetros. Los trabajadores que carecen de vehículo propio deben realizar este recorrido diariamente en el arcén de una carretera con una limitación de velocidad de 100 kilómetros por hora, pasando un cambio de rasante y cruzando la vía hasta llegar al centro.

La Inspección de Trabajo considera que “la Junta incumple con esta medida varios artículos de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales”. El escrito detalla que por parte de la administración autonómica “no se justifica por qué ahora es jurídicamente imposible la contratación de un servicio que durante 30 años sí ha sido posible --no ha habido ninguna novedad legal al respecto que determinase dicha imposibilidad sobrevenida--”.

En la resolución se asegura que “la propia Junta de Andalucía admite su preocupación por la existencia de dicho riesgo”, al mismo tiempo que la Inspección de Trabajo deja claro que “el riesgo de un accidente 'in itinere' no es como pretende la Junta de Andalucía una materia extramuros de la propia actividad laboral, sino que se trata de un riesgo laboral y, por ello, debe formar parte de la actividad preventiva de la empresa”.

PLAZO DE UN MES

Por todo ello, la Inspección de Trabajo da un plazo de un mes a la Agapa para que proceda “a la evaluación de los riesgos generados para los trabajadores como consecuencia de la supresión de dicho servicio y la adopción de las medidas correctoras que deriven de la misma, garantizando en todo momento la seguridad y la salud de los trabajadores”.

Mientras, CSIF recuerda que previamente a la resolución de la Inspección se abrió un periodo de alegaciones en el que la Junta trasladó algunas cuestiones que han sido desestimadas de forma “tajante” por la Inspección.

La resolución señala que “transcurrido el plazo fijado en el requerimiento definitivo sin que se hayan adoptado las medidas recogidas en el mismo”, la normativa establece que serán las instancias superiores las que deberán dar cumplimiento a la resolución de la Inspección. Como último recurso queda la vía judicial, una herramienta que CSIF “no dudará en utilizar si la administración autonómica no da una respuesta adecuada a esta problemática”.

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