Tráfico
Los patinetes deberán disponer de seguro obligatorio en Córdoba a partir del 18 de agosto
18 de agosto. Esa es la fecha a partir de la cual todos los vehículos de movilidad personal que circulen por la ciudad de Córdoba deberán contar con un seguro de responsabilidad en vigor. De lo contrario, se enfrentarán a una sanción.
Este viernes se ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) la ordenanza de Movilidad del Ayuntamiento de Córdoba. Y su publicación es clave para la gran novedad aprobada. A partir de este sábado comienza a contar un plazo de seis meses exactos. La ordenanza contempla una disposición transitoria primera en la que se establece que habrá un plazo de seis meses para la entrada en vigor de la obligatoriedad del seguro en los vehículos de movilidad personal, como los patinetes. Y esos seis meses concluirán el próximo 18 de agosto. Entre tanto, los dueños y usuarios de patinetes tendrán el tiempo suficiente como para disponer del seguro.
En concreto, la ordenanza señala que “los patinetes con motor sin sistema de auto-equilibrado y con asiento que son homologados como vehículos de dos o tres ruedas ligera según el Reglamento (UE) nº 168/2013, en la categoría L1e-B serán considerados como ciclomotores y deberán cumplir toda la normativa referida a ellos en cuanto a circulación, matriculación, documentación permiso de conducir, seguro, etcétera”. Es decir, estos deben contar ya con seguro. No obstante, los patinetes que tienen seis meses para el seguro son aquellos “de una o más ruedas, dotados de una única plaza y propulsados, exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre seis y 25 kilómetros por hora. Solo pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de autoequilibrado”, señala el texto.
El documento también prohíbe la circulación de este tipo de vehículos por las autovías, por túneles urbanos, por las aceras o espacios reservados a los peatones, por los carriles bus y por las calzadas que tengan más de un carril por sentido “excepto que exista un ciclo-carril señalizado vertical y horizontalmente”. Tampoco en vías que tengan pendientes superior al 15%.
Al contrario, los patinetes solo podrán circular por “aceras bici, carriles bici, y sendas ciclables siempre que la anchura del vehículo sea inferior a 0,9 metros de ancho y no superen las siguientes velocidades: En acera-bici y sendas ciclables sin superar los 10 km/hora; y en en carriles bici los 20 km/hora”. También podrán circular por las zonas 10 y 20, por la zona 30 sin ir a más de 25 kilómetros por hora, y en “vías peatonales”, pero con una advertencia: “En el caso de que exista aglomeración de peatones, deberá desmontar del vehículo y transitar con él en la mano hasta su destino o lugar de estacionamiento”. ¿Cuándo se considera aglomeración? “Cuando no sea posible conservar un metro de distancia entre el vehículo de movilidad personal y los peatones que circulen, o circular en línea recta cinco metros de manera continuada y preferentemente por el centro de la vía”.
Prohibido ir en patinetes a menores de 15 años
Los menores de 15 años no podrán circular en patinete por Córdoba. Solo lo podrán hacer en aquellos lugares cerrados al tráfico rodado, bajo la vigilancia de un adulto y con patinetes adaptados a su edad.
La nueva ordenanza obliga también a los conductores de patinetes a señalar con los brazos un giro, en una acción idéntica a la que desarrollan los ciclistas. Tendrán prohibido circular con un pasajero y será obligatorio usar luces entre el ocaso y el amanecer.
Las multas por el incumplimiento de las normas serán graduales. La sanción mínima fijada en esta ordenanza es de 100 euros. El criterio será el seguido por los agentes de la Policía Local, que podrán tipificar sanciones leves, graves o muy graves.
¿Y las bicicletas?
La nueva ordenanza también prevé obligaciones, limitaciones y consideraciones al uso de las bicicletas. Así, los vehículos de dos ruedas en la ciudad estarán obligados a llevar un timbre y luces cuando se circule de noche. De lo contrario habrá sanción.
También estará prohibido aparcar las bicicletas en lugares no habilitados para lo mismo, como árboles o señales de tráfico. En cuanto a la circulación, deberán evitar las vías peatonales y podrán circular tanto por el carril bici como por la calzada. Cuando lo hagan por la calzada, los conductores están obligados a dejar al menos cinco metros de distancia desde atrás y dos metros de separación en los adelantamientos.
La ordenanza también le pone tareas al Ayuntamiento, ya que “podrá crear un registro voluntario de bicicletas, con el objeto de dar respuesta a problemas de seguridad, y asimismo podrá establecer mecanismos de detección e identificación de las mismas con el fin de permitir que el propietario las recupere a la mayor brevedad posible en caso de retirada, extravío o sustracción de la bicicleta”. “El usuario del registro de bicicletas dispondrá de una Tarjeta de Identificación que lo asocia a la bicicleta a partir de diferentes identificaciones posibles como el número de registro del Ayuntamiento, y el número de bastidor de la bicicleta y/o el número de identificación del marcaje”, señala la ordenanza, en caso de que el Ayuntamiento así lo considere.
Entra en vigor la zona de Bajas Emisiones
Por otra parte, con la publicación de la ordenanza entra en vigor la Zona de Bajas Emisiones en la actual Acire. Es decir, todos los vehículos eléctricos que lo deseen podrán circular libremente por el centro y el casco histórico de Córdoba a partir de este sábado sin necesidad de solicitar permiso. El Ayuntamiento de Córdoba irá sustituyendo la cartelería a partir de este sábado.
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