El Ayuntamiento actualiza el catálogo de multas de tráfico que puede imponer la Policía Local
Conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas, usar el móvil al volante o estacionar en una plaza reservada para personas con discapacidad puede acarrear en Córdoba multas que alcanzan los 6.000 euros y la retirada de hasta seis puntos del carné. Así lo recoge el cuadro sancionador que aplica la Policía Local de Córdoba, en cumplimiento de la normativa de tráfico vigente y de las ordenanzas municipales del Ayuntamiento de Córdoba.
El régimen sancionador contempla infracciones leves, graves y muy graves, con importes que oscilan entre los 60 y los 6.000 euros, y con la posibilidad de una reducción del 50% por pronto pago en la mayoría de los casos.
Las sanciones más severas están relacionadas con la conducción bajo los efectos del alcohol y las drogas, consideradas infracciones muy graves. Conducir con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,50 mg/l conlleva una multa de 1.000 euros, que se reduce a 500 euros, y la pérdida de seis puntos del carné.
En el caso de conductores profesionales o noveles, superar los 0,30 mg/l supone la misma sanción económica y retirada de puntos. También se penaliza con 1.000 euros y seis puntos conducir con presencia de drogas en el organismo o negarse a someterse a las pruebas de alcoholemia o drogas.
La normativa municipal castiga con especial dureza las conductas que generan riesgo directo para la seguridad vial. Conducir de forma temeraria, hacerlo en sentido contrario, participar en carreras ilegales o arrojar objetos a la vía puede suponer multas de 500 euros y la retirada de seis puntos.
Una de las sanciones más elevadas es la de conducir con inhibidores de radar instalados, considerada muy grave y castigada con 6.000 euros de multa, reducida a 3.000 euros, y la pérdida de seis puntos.
Más sanciones
También se sanciona conducir sin haber obtenido nunca el permiso, hacerlo con el carné suspendido o manejar un vehículo para el que no se está habilitado.
No respetar un semáforo en rojo, una señal de STOP o de ceda el paso conlleva multas de 200 euros, reducibles a 100 euros, y la pérdida de cuatro puntos. Adelantar poniendo en peligro a ciclistas se penaliza con 200 euros y seis puntos, mientras que hacerlo en lugares prohibidos o con visibilidad reducida supone la retirada de cuatro puntos.
Otras infracciones frecuentes, como no mantener la distancia de seguridad o realizar un cambio de sentido en lugar prohibido, también están sancionadas con 200 euros.
El uso del teléfono móvil sujetándolo con la mano mientras se conduce está castigado con 200 euros y seis puntos, una de las infracciones más habituales en los controles de tráfico. No llevar el cinturón de seguridad, no usar sistemas de retención infantil o circular sin el casco de protección implica multas de 200 euros y la retirada de cuatro puntos.
Circular con el permiso caducado o sin haber pasado la ITV se sanciona con 200 euros, mientras que hacerlo con una ITV negativa o con el vehículo dado de baja eleva la multa a 500 euros.
Especialmente elevadas son las sanciones por circular sin seguro obligatorio, que oscilan entre los 1.000 euros en ciclomotores y los 2.800 euros en camiones y autobuses.
Aparcar en un carril bus, en una parada de transporte público, en una plaza para personas con discapacidad, en un paso de peatones o sobre la acera conlleva multas de 200 euros, reducibles a 100. La única infracción leve en este apartado es estacionar en zona ORA sin ticket o superando el tiempo máximo, con una sanción de 100 euros, que se queda en 50 con pronto pago.
Los vehículos de movilidad personal (VMP), como los patinetes eléctricos, también están sujetos a sanciones. Circular por aceras, hacerlo de noche sin alumbrado o utilizar el móvil o auriculares puede costar 200 euros. Conducir un patinete bajo los efectos del alcohol o las drogas, o negarse a la prueba, supone una multa de 1.000 euros.
En el caso de las bicicletas, circular por la acera sin autorización se sanciona con 60 euros, mientras que hacerlo sin luces, usando auriculares o con tasa de alcohol positiva puede acarrear multas de hasta 500 euros.
Todas estas sanciones incluyen la posibilidad de acogerse a una reducción del 50% si se abonan en el plazo establecido, lo que permite rebajar de forma considerable el importe final, aunque implica renunciar a presentar alegaciones.
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