Investigan la muerte de varios cerdos por una posible contaminación de un río en Pozoblanco
Cuatro cerdos, dos adultos y dos pequeños, han aparecido muertos en el arroyo Guadarramilla, en el municipio de Pozoblanco, y por el momento se desconocen las causas. Según ha podido saber este periódico, la Guardia Civil se encuentra investigando este episodio para dilucidar si el agua de dicho arroyo se encuentra contaminada y los animales habrían muerto tras su ingesta.
Además de la muerte de estos cerdos, otras fuentes señalan que el olor que se desprende de esta zona es realmente insoportable. Hay que recordar que el pasado mes de julio, el Ministerio para la Transición Ecológica ya alertó especialmente de las malas condiciones en las que se encontraban este arroyo y el de La Colada debido a una contaminación producida por los purines y el estiércol que generan la alta actividad ganadera de la zona.
No obstante, el Gobierno señaló otros cinco acuíferos más que ya se consideran contaminados, como son el arroyo de la Marota, en Almodóvar del Río; el arroyo del Saladillo, en las inmediaciones de la campiña cordobesa; el embalse del Retortillo, en Hornachuelos; los embalses de El Carpio y Villafranca, en el Guadalquivir; y el embalse de Sierra Boyera, en el río Guadiato.
Esta identificación de aguas afectadas era el paso previo para que las comunidades autónomas, en el ejercicio de sus competencias, delimitasen las zonas vulnerables a este tipo de contaminación, que deben ser aquellas cuya escorrentía alcance las aguas afectadas y, por consiguiente, contribuya a su contaminación. Sobre esas zonas vulnerables también es obligación de las comunidades autónomas establecer medidas para reducir la contaminación, directrices se concretan en códigos genéricos de buenas prácticas y, en especial, en los denominados programas de actuación sobre las zonas vulnerables, que resultan de obligado cumplimiento para los agricultores que desarrollan su actividad sobre estas áreas.
Las medidas específicas que deben incluir los programas de acción están referidas, entre otros requisitos, a la limitación de periodos en que es posible la fertilización de las tierras, a las capacidades exigibles de almacenamiento temporal de abonos sólidos, a las cantidades máximas aplicables de fertilizantes, al registro de fertilización que deben llevar los agricultores, a la distancia que deben respetar entre el lugar de aplicación y las corrientes de agua, etc.
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