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La contratación municipal primará la tramitación electrónica e incluirá cláusulas sociales, medioambientales y de accesibilidad

El delegado de Gestión del Ayuntamiento, Antonio Álvarez.

Carmen Reina

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El gobierno municipal del Ayuntamiento de Córdoba ha presentado este jueves las nuevas instrucciones sobre contratación municipal que prevé aprobar inicialmente próximamente y que recoge la normativa europea de la Estrategia 2020, primando la tramitación electrónica e incluyendo cláusulas sociales, medioambientales y de accesibilidad.

El delegado de Gestión del Ayuntamiento, Antonio Álvarez, ha presentado estas instrucciones que reúnen en 106 artículos las normativas vigentes en cuanto a la contratación pública y ha destacado que la tramitación electrónica que ya se ha iniciado en este año con firmas de contratos y mesas de contratación electrónicas será el camino a seguir. “Es la contratación del futuro”, ha dicho.

Asimismo, ha destacado varios aspectos que se recoge en la nueva normativa, como son la inclusión de cláusulas sociales, con criterios de compra pública ética y reserva de contratos para la inserción social, así como velar por ala ccesibilidad universal, de manera que en los proyectos de obra se incorpore una memoria de accesibilidad. Junto a ello, se demandarán criterios medioambientales y en los contratos se ponderará el precio con huella ecológica y la eficiencia energética, según ha explicado.

Álvarez también ha señalado que en los contratos del Ayuntamiento -que incluyen a las empresas municipales y organismos autónomos-, se contempla el establecimiento de un plan anual de contratación, lo que “supone tener cada año un plan con los contratos que se prevea en esa anualidad, con sus objetivos, duración, valor estimado, etc”.

Limitación de contratos menores y sin publicidad

También se plantea aumentar la información y la trasnparencia en la contratación, tanto en los pliegos como con consultas en los procedimientos de licitación cuyas respuestas serán de carácter vinculante, además de limitar los contratos menores y los procesos sin publicidad. “Ambas formas de contratación deben ser expcecionales y motivadas”, ha dicho Álvarez.

Asimismo, se establece que el órgano de contratación deberá comunicar cualquier indicio fundado de vulneración de la competencia que pretenda restringir o falsear dicha competencia, y se regula la continuidad de un contrato, que solo se deberá hacer por interés público, “siempre y cuando obedezca a la exigencia de que no dé tiempo a terminar un nuevo contrato y solo cuando ya se haya iniciado el expediente nuevo” para el servicio.

Junto a ello, la adaptación de la normativa sobre contratos del Ayuntamiento establece medidas para facilitar la participación de las pymes en la contratación municipal, con acciones de formación, comunicación del plan anual de contratación, ayuda para la presentación electrónica de ofertas y adaptación de contratos en lotes para que la mayor parte de las pymes puedan optar a las licitaciones.

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