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Baja un 45% el número de investigaciones por siniestros laborales

Trabajadores en una construcción de una obra en Córdoba, en una imagen de archivo | MADERO CUBERO

Redacción Cordópolis

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La Fiscalía Provincial de Córdoba registra un descenso en las investigaciones sobre siniestralidad laboral, de forma que de las 1.060 diligencias previas iniciadas por delitos sobre dicha materia registrados en el año 2011 se pasa a las 584 del año 2015, por lo tanto una secuencia de datos estadísticos “claramente a la baja”. En concreto, el porcentaje ha descendido un 44,9%.

En opinión del fiscal delegado de la Sección de Siniestralidad Laboral, la reducción de las causas penales abiertas se debe a dos fenómenos diferentes: por un lado, al descenso de la actividad productiva -sobre todo en el ámbito de la construcción-, y por otro, a la efectividad del conjunto de políticas e iniciativas adoptadas en la materia, a las que no ha sido ajeno el Ministerio Fiscal.

Así se recoge en la Memoria Anual de la Fiscalía Superior de Andalucía referida al año 2015, a la que ha tenido acceso Europa Press, y en la que se detalla que aún dentro de esta tendencia “bajista”, llama la atención el aumento de las causas incoadas a instancias del propio Ministerio Público, con 25 en el año 2014, por 42 en 2015.

Aunque esta subida, advierte el fiscal delegado, “no supone el aumento efectivo de las diligencias de investigación tramitadas por la Fiscalía, derivándose sólo de la diferente forma de computarlas estadísticamente”, pues esta cifra contiene también las causas comunicadas al Ministerio Público por los juzgados de Instrucción, que se mantienen abiertas en el programa informático hasta que consta su archivo definitivo.

Oficina de defensa de la vivienda

En otro orden de cosas, como es la materia de consumidores y usuarios, la Fiscalía de Córdoba, siguiendo la circular de la Fiscalía General del Estado, informa de que se han incoado once diligencias de investigación, de las que diez lo han sido a instancia de la Oficina de Defensa de la Vivienda por supuestos incumplimientos del Código de Buenas Prácticas previsto en el Real Decreto-Ley 6/2012 de 9 de marzo de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos.

Mientras, la restante se ha incoado a instancia del Servicio de Consumo del Ayuntamiento de Córdoba, en relación a la contratación telefónica de una compañía. Por lo demás, no se ha interpuesto ninguna acción colectiva y se sigue interviniendo en incoaciones de años anteriores.

Y en materia de desahucios, se ha intervenido solicitando la suspensión de la subasta y lanzamiento en procedimientos de ejecución hipotecaria que afectaban a “personas vulnerables, por razón de edad o con discapacidad”. En todos los casos, las entidades bancarias ejecutantes han paralizado la subasta/desahucio y han ofrecido fórmulas alternativas.

Se han buscado también fórmulas protectoras para el deudor hipotecario propiciadas por la Oficina de Defensa de la Vivienda, dependiente de la Consejería de Vivienda y Fomento de la Junta de Andalucía, como ha ocurrido en un caso del Juzgado de Primera Instancia número 9 de Córdoba.

La absolución en el urbanismo y medidas

En otro orden de cosas, el Ministerio Público hace especial referencia a la particular incidencia de los delitos contra la ordenación del territorio en la provincia y en la ciudad de Córdoba, donde la parcelación/urbanización surgida al margen de los procedimientos legalmente establecidos ha tenido “un extraordinario dinamismo”.

Según se explica, dicho modo de actuar ha dejado en estos últimos años en los alrededores de la capital -zona de poniente y zona de la sierra- y en los pueblos de la provincia unos núcleos de asentamientos de “escasa calidad y difícil reconducción al planeamiento, que ponen en solfa la vigencia de la ley y la evolución natural de la ciudad, de la mano de un urbanismo coherente y organizado”.

Sin embargo y por contraste, en el año 2015 los juzgados de lo Penal y la Audiencia Provincial han continuado la tendencia hacia la absolución de estas conductas, basándose, “por regla general, en la falta de antijuridicidad de la acción desde una perspectiva material, por la existencia de otras edificaciones para entender que no ha quedado afectado el bien jurídico protegido por la norma penal”.

Al respecto, se utiliza como justificación el Decreto de la Junta de Andalucía 2/2012, de 10 de enero, sobre el régimen aplicable a las edificaciones y asentamientos existentes en suelo no urbanizable en la comunidad autónoma de Andalucía, habiéndose propuesto la Sección de Urbanismo hacer llegar “una interpretación distinta de esta norma”, al objeto de que “en supuestos graves no se produzcan más absoluciones injustificadas desde la interpretación mantenida por la Fiscalía”.

A ello, según se indica por la Fiscalía Provincial de Córdoba, contribuirá la nueva regulación del recurso de apelación y casación establecida en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Evolución global de procedimientos

Por otra parte, sobre la evolución global de los procedimientos penales, el fiscal jefe, Juan Calvo-Rubio, explica que “desde hace ya varios años se aprecia una disminución de las diligencias previas, incoadas en la totalidad de los juzgados de la provincia”, de 75.000 en 2013 y 73.000 en 2014 a 65.000 en 2015. “Aunque en parte pueda entenderse, en ocasiones como la consecuencia de un mejor registro de los datos que se producen, parece no puede negarse una tendencia real y general en la disminución de los delitos que se cometen”, según puntualiza.

No obstante, pese a considerar “cierto lo anterior, tampoco puede perderse de vista que como se percibe en los últimos tiempos, parece que pueda estarse produciendo el fenómeno de 'no interposición de denuncias'”, dado que “en ocasiones se percibe por el ciudadano como una 'pérdida de tiempo'”, puesto que “se piensa que no supone nada más que una molestia, sin efectividad posterior alguna”.

En cuanto a los escritos de calificación, siguen siendo “la magnitud que ofrece una imagen más clara del trabajo realmente realizado por las oficinas fiscales”, de manera que en el caso de Córdoba “la diferencia es mínima y denota una evolución sostenida, aunque afectada por la cifra inferior de las llamadas diligencias urgentes -2.114 en 2014 y 2.022 en 2015-”.

Dicha cifra, según el Ministerio Público, es “muy expresiva de una tendencia real en la evolución de la que se podría llamar criminalidad ordinaria, que suele despacharse en los servicios de guardia y alcanza altos niveles de eficacia en la labor jurisdiccional”.

Y sobre las diligencias de investigación penal, la labor investigadora de la Fiscalía Provincial, “como ocurre en todos los territorios de Andalucía”, sigue creciendo, aunque “en este caso no de una manera especialmente significativa”, a lo que añade que resulta “muy llamativo” el incremento de las situaciones de archivo -215 más que en 2014, con 323 en total-, que “debe relacionarse con el incremento de las investigaciones pendientes al concluir el año” -30 más que en 2014, con 72 en total-.

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