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Un juez ordenó ejecución de embargo contra Banco Grupo Cajatrés, actual Ibercaja

Protesta de Stop Desahucios ante una sucursal de Ibercaja | MADERO CUBERO

Redacción Cordópolis

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El titular del Juzgado de lo Mercantil número uno de Córdoba ha despachado ejecución contra Banco Grupo Cajatrés, actual Ibercaja, por incumplir una sentencia sobre cláusulas suelo, según ha informado el abogado Rodrigo Pérez del Villar, personado en la causa. Según el letrado, el 13 de marzo de 2017 el Juzgado ordenó ejecución de embargo contra Banco Grupo Cajatrés, actual Ibercaja (tras la fusión por absorción en 2014), “por incumplir en el plazo de 20 días la sentencia de fecha 8 de junio de 2016, en la que condena a la entidad financiera a eliminar la cláusula suelo de un préstamo hipotecario suscrito por una consumidora cordobesa, así como a la devolución de las cantidades pagadas de más por la aplicación de dicha cláusula, en concreto, 7.232 euros”, señala.

“Tras múltiples requerimientos extrajudiciales por parte del abogado de la consumidora demandante al director de la sucursal, así como al letrado del banco para el cumplimiento íntegro de la sentencia”, señala, finalmente el juez ha ordenado la ejecución judicial. Así, la sentencia insta a que “se declaren embargados como propiedad de la entidad ejecutada Banco Grupo Cajatrés sus bienes y derechos en cantidad suficiente para cubrir las responsabilidades reclamadas”.

La ejecución judicial ha venido motivada porque Ibercaja le seguía aplicando a la consumidora cordobesa la cláusula suelo del 3,75 %, en vez de aplicar el Euribor correspondiente (-0,129 %); y todavía no le había devuelto las cantidades pagadas de más desde mayo 2013, según obliga el fallo de la sentencia.

La sucursal en donde se formalizó la operación, “y que llevaba casi un año sin cumplir voluntariamente la sentencia, se ubica en la avenida Arroyo del Moro, número 5”, según concluye el abogado.

Finalmente, la actual Ibercaja, el pasado 5 de junio de 2017, cumplió la sentencia y abonó a la consumidora afectada la cuantía de 7.232’32 euros; casi un año después de la fecha de la sentencia.

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