El Parlamento expulsa de Adelante Andalucía a Teresa Rodríguez y siete diputados afines
La Mesa del Parlamento ha avalado este miércoles la expulsión de Teresa Rodríguez, referente de la corriente Anticapitalistas en Andalucía, y de otros siete diputados afines a ella del grupo parlamentario de Adelante Andalucía, tal como había solicitado la portavoz de la confluencia en la Cámara, Inmaculada Nieto.
La propuesta de expulsión de estos diputados, que pasarán a ser considerados no adscritos, ha contado con el apoyo de los dos representantes del PSOE-A en la Mesa del Parlamento, los dos de Cs y el único de Vox, mientras que los dos miembros del PP-A en el órgano de gobierno de la Cámara se han abstenido, según han informado a Europa Press fuentes parlamentarias.
Al margen de Teresa Rodríguez, los otros siete diputados a los que se expulsa del grupo de Adelante son, en concreto, los portavoces adjuntos Ángela Aguilera y José Ignacio García, así como los parlamentarios Luz Marina Dorado, María Vanessa García, María Gracia González, Nacho Molina y Diego Crespo.
El pasado miércoles, la Mesa decidió posponer una decisión al respecto de esta cuestión para dar tiempo a sus miembros a analizar el informe encargado a los Servicios Jurídicos tras recibir una serie de documentación que se le solicitó a la dirección del grupo de Adelante, como que se acreditara la baja de esos ocho diputados de Podemos.
Inicialmente, la Mesa acordó, el pasado 28 de octubre, con los apoyos de los representantes del PSOE-A, PP-A y Vox en la Mesa, y la abstención de Cs, admitir la solicitud de expulsión de ocho diputados de Adelante formulada por la portavoz parlamentaria del grupo, Inmaculada Nieto, si bien una semana después suspendió temporalmente esa decisión al estimar parcialmente el recurso de reconsideración que presentaron Teresa Rodríguez y los otros siete parlamentarios afectados.
Respecto a aquella cita del 28 de octubre, han cambiado su posición los representantes del PP-A, que entonces apoyaron la expulsión, y los de Cs, que han pasado de abstenerse a posicionarse a favor de la misma.
“Transfuguismo”
Podemos Andalucía reclamó en el Parlamento, a través de IU, estas expulsiones en el grupo de Adelante al entender que los ocho diputados en cuestión están “en situación de transfuguismo”, dado que han abandonado el partido morado, formación por la que lograron sus escaños dentro de la confluencia andaluza que ésta comparte con IU y dos formaciones andalucistas.
Sin embargo, el informe que han elaborado los servicios jurídicos del Parlamento indica, como cuestión preliminar, que “la mera baja en un partido político no puede determinar, sin más, la baja en el grupo parlamentario, ya que ambos son realidades distintas”.
Se explica que la medida que se estableció en el Parlamento andaluz para luchar contra el transfuguismo político es la prevista en los artículos 22.2, 23 y 24 del Reglamento, que establecen el pase a la situación de no adscritos de los diputados que no se integren voluntariamente en el grupo parlamentario en cuya candidatura concurrieran a las elecciones o que abandonen dicho grupo parlamentario.
Por ello, según se recalca, con arreglo a la doctrina del Tribunal Constitucional, en el Parlamento de Andalucía, con independencia de lo que disponga el artículo 73.3 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, o de los pactos o acuerdos alcanzados por los partidos políticos para luchar contra el transfuguismo, “la baja en el partido político no implica automáticamente la baja en el respectivo grupo parlamentario” y que, de admitirse, “se estaría lesionando el derecho fundamental reconocido en el artículo 23.2 de la Constitución”, en el que se indica que los ciudadanos “tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes”.
Se precisa en el informe, consultado por Europa Press, que eso “no significa que en el Parlamento de Andalucía los diputados no puedan causar baja en su grupo parlamentario por razones de transfuguismo político, pero ello solo será posible si así resulta de las normas internas por las que este se rija o a las que aquellos se hayan sometido libremente”.
Asimismo, se pone de manifiesto que tampoco existe en el Reglamento del Parlamento “ningún precepto que atribuya al portavoz del grupo parlamentario la competencia para acordar la baja de los miembros del mismo”, ya que, con carácter general, las funciones que el Reglamento atribuye a los portavoces de los grupos parlamentarios son funciones de representación, relacionadas con el ejercicio de las funciones parlamentarias y con la exteriorización de la posición de aquellos ante los órganos de la Cámara.
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