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Detenido un camionero que sextuplicaba la tasa de alcohol e invadía otros carriles

Un agente de la Guardia Civil, de espaldas, junto a un vehículo

Redacción Cordópolis

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La Guardia Civil ha detenido a un conductor profesional al que cazaron circulando con un vehículo articulado sextuplicando la tasa de alcoholemia e invadiendo otros carriles.

El instituto armado ha informado en un comunicado de que los hechos tuvieron lugar el martes 19 de abril a las 19:50 en el punto kilométrico 220 de la carretera N-432, en sentido Badajoz, cuando un vehículo articulado cargado de bobinas de cobre fue detenido en la localidad de Espiel por patrullas de la Guardia Civil del Subsector de Tráfico de Córdoba.

La detención se produjo tras la alerta de los usuarios de la vía comunicando la circulación anómala del citado vehículo a través de la central del 112. Al conductor, un varón de 48 años de nacionalidad portuguesa, se le realizaron las pruebas para la determinación del grado de impregnación etílica arrojando un resultado positivo de 1,08 y 1,04 mg/l en aire espirado. 

Dichas tasas supone la comisión de un presunto delito contra la seguridad vial, al circular con un vehículo a motor encontrándose su conductor bajo la influencia de bebidas alcohólicas. Asimismo, es un conductor profesional el cual circulaba con un vehículo de la tercera categoría, correspondiendo la tasa establecida para este tipo de conductores de 0,15 mg/l en aire espirado. Según la tasa emitida por el etilómetro evidencial utilizado, sextuplicaba ese límite permitido. Demostrado que con ese nivel de alcohol se disminuye la capacidad de atención a la conducción y se hacen más lentas las reacciones del conductor.

El conductor fue detenido por un delito contra la seguridad vial contemplado en el artículo 379.2 del Código Penal pudiendo ser condenado como autor de un delito contra la seguridad vial a las penas de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

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