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    <title><![CDATA[Cordópolis - Tribunales]]></title>
    <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/]]></link>
    <description><![CDATA[Cordópolis - Tribunales]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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    <item>
      <title><![CDATA[La Justicia retira a un banderillero de Córdoba unas ayudas covid que solo eran para profesionales de la cultura]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/justicia-retira-banderillero-cordoba-ayudas-covid-profesionales-cultura_1_13296315.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/a9b49144-b9bb-415d-abbc-01864f8b1216_16-9-discover-aspect-ratio_default_1145160.jpg" width="593" height="334" alt="La Justicia retira a un banderillero de Córdoba unas ayudas covid que solo eran para profesionales de la cultura"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El TSJ de Andalucía revoca la sentencia inicial de un juzgado de la capital y determina que los trabajadores taurinos no tenían derecho al paro extraordinario hasta noviembre de 2020</p></div><p class="article-text">
        La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc&iacute;a (TSJA) ha estimado el recurso del Servicio P&uacute;blico de Empleo Estatal (SEPE), retirando la prestaci&oacute;n que un juzgado de C&oacute;rdoba hab&iacute;a concedido inicialmente a un banderillero, quien la solicit&oacute; durante la pandemia del covid.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n la sentencia, el demandante, alegando que era banderillero, solicit&oacute; esta ayuda en junio de 2020 al amparo del Real Decreto-ley 17/2020. Esta norma fue la primera en establecer medidas de apoyo al sector cultural para hacer frente al impacto econ&oacute;mico de la pandemia.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, el SEPE deneg&oacute; la solicitud alegando que los profesionales taurinos no estaban incluidos en el &aacute;mbito de aplicaci&oacute;n de dicha ley. Tras un largo proceso judicial, el Juzgado de lo Social n&uacute;mero 1 de C&oacute;rdoba dio la raz&oacute;n al trabajador en diciembre de 2023, reconoci&eacute;ndole el derecho a cobrar la ayuda desde mayo de 2020.
    </p><p class="article-text">
        Frente a este fallo, el SEPE ha interpuesto un recurso que ha sido estimado por el TSJA, que ha se&ntilde;alado que el primer decreto de mayo de 2020, al que se refiere el banderillero, estaba dirigido exclusivamente a las artes esc&eacute;nicas, la m&uacute;sica y la cinematograf&iacute;a, y no a los profesionales taurinos.
    </p><p class="article-text">
        No fue hasta la aprobaci&oacute;n de un segundo paquete de medidas, el Real Decreto-ley 32/2020 en noviembre de ese a&ntilde;o, cuando se habilit&oacute; espec&iacute;ficamente el &ldquo;acceso extraordinario a la prestaci&oacute;n por desempleo de profesionales taurinos&rdquo;. Junto a ello, el TSJA ha subrayado que este derecho no tiene car&aacute;cter retroactivo y naci&oacute; el 5 de noviembre de 2020, por lo que no es posible reclamar las ayudas correspondientes a los meses anteriores.
    </p><p class="article-text">
        Con este fallo, el TSJA ha absuelto al SEPE de pagar al banderillo las cantidades reclamadas.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/justicia-retira-banderillero-cordoba-ayudas-covid-profesionales-cultura_1_13296315.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 12 Jun 2026 18:00:15 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Justicia retira a un banderillero de Córdoba unas ayudas covid que solo eran para profesionales de la cultura]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Justicia,Tribunales,Toros]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La jueza del caso Adamuz incluye en la causa las advertencias de maquinistas hace un año sobre la vía]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/jueza-caso-adamuz-incluye-causa-advertencias-maquinistas-ano-via_1_13298064.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/071667ad-2c35-4415-9e64-48c125d4d17a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La jueza del caso Adamuz incluye en la causa las advertencias de maquinistas hace un año sobre la vía"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Recoge el escrito emitido por el Área Técnica del Sindicato Español de Maquinistas y Ayudantes Ferroviarios (Semaf) de 8 de agosto de 2025 dirigido a Adif y en el se comunicaba "la preocupación por el estado general de las líneas", y en particular de la red de Alta Velocidad entre Madrid y Sevilla</p></div><p class="article-text">
        La jueza de la plaza n&uacute;mero 2 del Tribunal de Instancia de Montoro (C&oacute;rdoba), que lleva el caso del siniestro ferroviario de Adamuz, en el que murieron 46 personas y hubo m&aacute;s de 120 heridos en la tarde del domingo 18 de enero, ha acordado incluir en la causa el escrito emitido por el secretario del &Aacute;rea T&eacute;cnica del Sindicato Espa&ntilde;ol de Maquinistas y Ayudantes Ferroviarios (Semaf) de 8 de agosto de 2025 dirigido a Adif y en el se comunicaba &ldquo;la preocupaci&oacute;n por el estado general de las l&iacute;neas&rdquo;, y en particular de la red de Alta Velocidad entre Madrid y Sevilla, junto a otras.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute; lo recoge la jueza en una providencia de este jueves, a la que ha tenido acceso <em>Europa Press,</em> despu&eacute;s de haberlo solicitado el d&iacute;a 2 de junio una de las partes personadas en el procedimiento. Dicho escrito lo dirigi&oacute; el Semaf en agosto de 2025 al director de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, al director corporativo de Seguridad en la circulaci&oacute;n de Adif y al subdirector de Circulaci&oacute;n AV Adif.
    </p><p class="article-text">
        Al respecto, los maquinistas advirtieron hace un a&ntilde;o de la existencia de &ldquo;cantidad de baches, garrotes, descompensaci&oacute;n en la catenaria, etc.&rdquo;, que estaban produciendo &ldquo;una falta de confortabilidad y fiabilidad en los viajes&rdquo; y una &ldquo;degradaci&oacute;n profunda y acelerada en el material rodante, causando frecuentes aver&iacute;as&rdquo;. Asimismo, se dejaba constancia de que los maquinistas reportaban estas incidencias &ldquo;diariamente a los responsables de Circulaci&oacute;n Adif, sin que se tome ninguna medida&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Ante &ldquo;la gravedad de la situaci&oacute;n descrita y el riesgo evidente para la seguridad de viajeros y trabajadores&rdquo;, en la misma comunicaci&oacute;n, Semaf solicit&oacute; expresamente la adopci&oacute;n de &ldquo;una medida preventiva concreta y de car&aacute;cter inmediato: la reducci&oacute;n de la velocidad m&aacute;xima en dichas l&iacute;neas, estableci&eacute;ndose como l&iacute;mite 250 kil&oacute;metros por hora, medida que deber&iacute;a extenderse en el tiempo hasta que la red adecue su estado para poder circular a velocidad superior&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En este caso, la Asociaci&oacute;n Liberum tambi&eacute;n present&oacute; una denuncia en el Juzgado de Montoro dos d&iacute;as despu&eacute;s del siniestro por &ldquo;hechos que pudieran ser constitutivos de delitos de homicidio por imprudencia grave, lesiones por imprudencia grave y un delito contra los derechos de los trabajadores&rdquo; contra dos directivos de Adif y otro de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria (Aesf), as&iacute; como &ldquo;contra cualquier otro sujeto que en el curso de las investigaciones y a juicio de Su Se&ntilde;or&iacute;a se pueda extraer su responsabilidad penal por su cargo o desempe&ntilde;o, est&eacute; o no aforado&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En la referida denuncia incluyeron el escrito del Semaf, subrayando que &ldquo;pese a la gravedad de la advertencia, la identificaci&oacute;n precisa de los riesgos y la propuesta de una medida correctora espec&iacute;fica, razonable y proporcionada, los denunciados, en su condici&oacute;n de m&aacute;ximos responsables de la seguridad en la infraestructura y la circulaci&oacute;n ferroviaria, omitieron adoptar medida alguna para mitigar o eliminar el riesgo denunciado&rdquo;, al tiempo que apostillaron que &ldquo;no consta que se acordara la reducci&oacute;n de velocidad solicitada, ni que se iniciaran actuaciones urgentes de mantenimiento en las v&iacute;as se&ntilde;aladas&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute;, se&ntilde;alaron que &ldquo;el fatal accidente acaecido en Adamuz es la materializaci&oacute;n directa del riesgo grave y conocido sobre el que fueron advertidos los denunciados&rdquo;, a lo que a&ntilde;adieron que &ldquo;la omisi&oacute;n de su deber de actuar, no adoptando las medidas de seguridad que les eran exigibles y que les fueron expresamente solicitadas, fue la causa determinante o, cuanto menos, un factor causal decisivo en la producci&oacute;n del siniestro y de sus tr&aacute;gicas consecuencias&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text">An&aacute;lisis de carriles fracturados</h2><p class="article-text">
        Por otra parte, la jueza ha acordado unir al caso un oficio de la Unidad Org&aacute;nica de Polic&iacute;a Judicial (UOPJ) de la Guardia Civil por el que se remite expediente de contrataci&oacute;n de la Comisi&oacute;n de Investigaci&oacute;n de Accidentes Ferroviarios (CIAF) requerido por el juzgado mediante providencia del d&iacute;a 2 de junio, a la vez que se da traslado al Ministerio Fiscal para que informe a los efectos oportunos.
    </p><p class="article-text">
        En concreto, la CIAF ya ha informado sobre la adjudicaci&oacute;n provisional de los contratos con los laboratorios metal&uacute;rgicos para el an&aacute;lisis de los carriles fracturados en el siniestro ferroviario.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n recoge el oficio de la CIAF a la Benem&eacute;rita, al que ha tenido acceso Europa Press, el proceso de selecci&oacute;n y contrataci&oacute;n de laboratorios &ldquo;se halla en su &uacute;ltima fase&rdquo;, una vez reunida la Junta de Contrataci&oacute;n el d&iacute;a 20 de mayo. Se ha tramitado como contrato de servicios, por procedimiento negociado sin publicidad (seg&uacute;n el art&iacute;culo 168 b) 1&ordm; de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector P&uacute;blico) y por tramitaci&oacute;n de urgencia.
    </p><p class="article-text">
        No obstante, habida cuenta de que &ldquo;las muestras a ensayar han sido encomendadas a la CIAF por el juzgado al cargo de la investigaci&oacute;n, la adjudicaci&oacute;n definitiva y la ejecuci&oacute;n del contrato con los laboratorios queda supeditada a la validaci&oacute;n y permiso por parte de la autoridad judicial, que deber&aacute; asimismo conceder su permiso para el traslado de las muestras, su entrega a los laboratorios, la extracci&oacute;n de las probetas y los ensayos a realizar&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Dichos condicionantes han sido incluidos en las prescripciones del contrato. Para el procedimiento negociado han sido invitadas tres empresas de laboratorios metal&uacute;rgicos previamente seleccionadas por la CIAF en base a &ldquo;su acreditaci&oacute;n, solvencia t&eacute;cnica y ausencia de conflictos de intereses&rdquo;, si bien una de ellas desisti&oacute; antes de la Junta de Contrataci&oacute;n, por lo que el procedimiento ha sido negociado con Cenim, entidad p&uacute;blica adscrita al CSIC, con sede en Madrid, y Aimen, empresa privada con sede en O Porri&ntilde;o (Galicia).
    </p><p class="article-text">
        Al respecto, se asegura que &ldquo;ambas empresas cuentan con los medios, la acreditaci&oacute;n y la experiencia necesaria y no incurren en ning&uacute;n conflicto de intereses con las entidades y empresas involucradas en el accidente, ni tampoco relacionadas con las obras de renovaci&oacute;n de la l&iacute;nea afectada&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text">Dos laboratorios independientes</h2><p class="article-text">
        En este sentido, el objetivo del contrato es &ldquo;contar con dos laboratorios independientes que realicen los ensayos necesarios en paralelo, de modo que se refuerce la independencia de los an&aacute;lisis y la fiabilidad de los resultados&rdquo;. Sin embargo, se puntualiza que &ldquo;algunas de la pruebas y trabajos a realizar est&aacute;n condicionados inevitablemente por el hecho de que s&oacute;lo hay un lote de muestras sobre el que trabajar, por lo que s&oacute;lo las podr&iacute;a ejecutar un laboratorio&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Se trata, por una parte, de las pruebas no destructivas iniciales, &ldquo;a realizar sobre las muestras inalteradas, sin tampoco alterarlas --inspecci&oacute;n visual, toma de fotograf&iacute;as, escaneo--&rdquo;, y por otra parte, de la extracci&oacute;n de probetas a partir de las muestras, algo que &ldquo;implicar&aacute; corte y mecanizaci&oacute;n, y por lo tanto alterar&aacute; las muestras de manera inevitable e irreversible&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        A&uacute;n con todo, la CIAF explica que &ldquo;en ambos casos puede estar presente un t&eacute;cnico del segundo laboratorio que supervise la ejecuci&oacute;n&rdquo;. Asimismo, el segundo laboratorio recibir&aacute; una copia de las im&aacute;genes u otras inspecciones realizadas por el primero para analizarlas por separado. Una vez extra&iacute;das las probetas por el primer laboratorio, el segundo dispondr&aacute; de un lote de probetas con las que realizar el resto de ensayos, &ldquo;de manera paralela e independiente&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Europa Press]]></dc:creator>
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      <pubDate><![CDATA[Fri, 12 Jun 2026 14:40:54 +0000]]></pubDate>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Accidente trenes Adamuz,Tribunales]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El jurado declara culpables de asesinato a los tres acusados en el crimen de Sagunto]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/jurado-declara-culpables-asesinato-tres-acusados-crimen-sagunto_1_13296307.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/17d7401b-ca46-46cf-934e-e4718401571f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El jurado declara culpables de asesinato a los tres acusados en el crimen de Sagunto"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Las acusaciones piden entre 20 y 25 años de prisión para Ramón y Jesús, por acabar con la vida de Rafael, mientras que solicitan una década de cárcel para Manuela, quien actuó como cómplice del delito</p></div><p class="article-text">
        El jurado del crimen de Sagunto ha declarado culpables de asesinato con alevos&iacute;a a Ram&oacute;n y Jes&uacute;s. El jurado ha dado a conocer este viernes el resultado de las votaciones que han llevado a considerar que los dos primeros son culpables de haber asesinado a Rafael en su piso de la calle Reina Mercedes, mientras que Manuela ha sido considerada culpable de c&oacute;mplice de asesinato.
    </p><p class="article-text">
        El jurado ha considerado probado que Ram&oacute;n y Jes&uacute;s son autores de un delito de asesinato. Seg&uacute;n el relato de los hechos que el jurado ha dado por v&aacute;lido, los tres acusados conocieron a Rafael en un comedor social y se fueron a vivir al piso de este. El d&iacute;a 2 de abril, por causas que no han quedado esclarecidas, Ram&oacute;n y Jes&uacute;s agredieron a la v&iacute;ctima en el sal&oacute;n de su domicilio para luego trasladarla a la fuerza a un dormitorio de reducidas dimensiones al fondo del piso. En dicha habitaci&oacute;n, Rafael fue golpeado con pu&ntilde;etazos, patadas y un travesa&ntilde;o de hierro, siendo finalmente estrangulado con un cintur&oacute;n, muriendo asfixiado.
    </p><p class="article-text">
        El veredicto ha introducido la existencia de alevos&iacute;a, pues los atacantes buscaron mermar las facultades de defensa de la v&iacute;ctima y evitar su huida al confinarlo en una habitaci&oacute;n peque&ntilde;a, aprovechando adem&aacute;s que eran dos. Asimismo, se ha declarado probado que, durante la agresi&oacute;n, los tres acusados subieron el volumen de la m&uacute;sica para que los vecinos no escucharan los gritos ni los golpes.
    </p><p class="article-text">
        Respecto a la tercera acusada, Manuela, el jurado la ha declarado culpable de complicidad en el asesinato. As&iacute;, han considerado probado que esta mujer, pareja sentimental de Ram&oacute;n, estuvo presente durante la agresi&oacute;n y, a pesar de ser consciente de lo que suced&iacute;a debido a las reducidas dimensiones de la vivienda, no hizo nada para impedir el ataque, auxiliar a la v&iacute;ctima ni pedir ayuda. En ese sentido, el jurado no ha considerado probado que el retraso leve que tiene la procesada influy&oacute; negativamente en el conocimiento de estos hechos. Adem&aacute;s, seg&uacute;n el jurado, Manuela abandon&oacute; el domicilio al d&iacute;a siguiente junto a los otros dos acusados sin denunciar los hechos. 
    </p><p class="article-text">
        Tras acabar con la vida de Rafael, los tres acusados permanecieron en la vivienda antes de marcharse con diversas pertenencias del fallecido, incluyendo dos cadenas doradas, un tel&eacute;fono m&oacute;vil y unas zapatillas. Por estos hechos, han sido declarados culpables de un delito leve de hurto. Adicionalmente, Jes&uacute;s ha sido hallado culpable de un delito de robo con fuerza por regresar a la vivienda horas despu&eacute;s utilizando las llaves de la v&iacute;ctima para sustraer un televisor.
    </p><p class="article-text">
        El jurado no ha considerado probado que Ram&oacute;n agrediera a Rafael por un arrebato por una supuesta agresi&oacute;n sexual que la v&iacute;ctima habr&iacute;a cometido sobre Manuela. Adem&aacute;s, ha rechazado por unanimidad que Jes&uacute;s tuviera afectadas sus facultades volitivas e intelectivas debido a su trastorno por consumo de cannabis y coca&iacute;na
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                Juicio a los acusados de asesinar a un hombre en el barrio de Sagunto                            </span>
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                </figure><h2 class="article-text">Penas de prisi&oacute;n y rechazo a conceder indultos</h2><p class="article-text">
        Tras la lectura del veredicto, las acusaciones han formulado sus peticiones de pena. Por el delito de asesinato, la Fiscal&iacute;a pide 20 a&ntilde;os de prisi&oacute;n y la acusaci&oacute;n particular, 25 a&ntilde;os, adem&aacute;s de una multa de 1.080 euros por el delito leve de hurto y, para Jes&uacute;s, una pena adicional de tres a&ntilde;os de prisi&oacute;n por el robo del televisor.
    </p><p class="article-text">
        Para Manuela, las dos acusaciones han coincidido en solicitar diez a&ntilde;os de prisi&oacute;n por la complicidad en el asesinato, as&iacute; como una multa de 1.080 euros por el hurto.
    </p><p class="article-text">
        Por su parte, la defensa de Ram&oacute;n pide 15 a&ntilde;os por el asesinato y una multa por el hurto, mientras que para Manuela ha solicitado la pena m&iacute;nima para un c&oacute;mplice de asesinato y otra multa por el hurto. La letrada de Jes&uacute;s, por otro lado, ha interesado 15 a&ntilde;os de prisi&oacute;n por el asesinato, una multa por el hurto y un a&ntilde;o de prisi&oacute;n por el robo del televisor. 
    </p><p class="article-text">
        Por &uacute;ltimo, el jurado se ha mostrado desfavorable a la concesi&oacute;n de cualquier beneficio de suspensi&oacute;n de la ejecuci&oacute;n de las penas o a la propuesta de indulto para ninguno de los tres condenados. La acusaci&oacute;n particular ha solicitado tambi&eacute;n una indemnizaci&oacute;n de m&aacute;s de 112.000 euros para la hija del fallecido por el da&ntilde;o moral sufrido.
    </p><p class="article-text">
        La Secci&oacute;n Tercera de la Audiencia Provincial de C&oacute;rdoba ha dado as&iacute; por finalizado este juicio, que comenz&oacute; el pasado lunes. En la lectura del veredicto han estado presentes tanto los tres acusados como familiares y vecinos de la v&iacute;ctima. Todas las preguntas han sido resueltas por unanimidad salvo dos. As&iacute;, se ha aprobado por mayor&iacute;a de siete votos a favor y dos en contra que Ram&oacute;n y Jes&uacute;s eligieron un lugar reducido (la habitaci&oacute;n al fondo) para que la v&iacute;ctima tuviera mermadas sus facultades de defensa y no pudiera huir.
    </p><p class="article-text">
        La segunda y &uacute;ltima pregunta que ha salido adelante por mayor&iacute;a ha sido la relacionada con la intenci&oacute;n de matar que ten&iacute;a Ram&oacute;n. En este caso, el jurado ha considerado probado este hecho por ocho votos a favor y uno en contra.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/jurado-declara-culpables-asesinato-tres-acusados-crimen-sagunto_1_13296307.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 12 Jun 2026 11:46:51 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El jurado declara culpables de asesinato a los tres acusados en el crimen de Sagunto]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Justicia,Tribunales]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Piden al juez autorizar la geolocalización de los móviles para identificar a los presuntos autores de una agresión homófoba]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/piden-juez-autorizar-geolocalizacion-moviles-identificar-presuntos-autores-agresion-homofoba_1_13277861.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/32c3aa7a-64d9-47dc-b2bf-a6c14fc6c466_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Piden al juez autorizar la geolocalización de los móviles para identificar a los presuntos autores de una agresión homófoba"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Los hechos ocurrieron en noviembre de 2025 en Córdoba y la Policía Nacional abrió una investigación tras la denuncia presentada por la víctima</p><p class="subtitle">Denuncian una agresión homófoba a un hombre al que fracturaron la mandíbula de un puñetazo</p><p class="subtitle">La Policía Nacional investiga la agresión homófoba al hombre al que fracturaron la mandíbula de un puñetazo</p></div><p class="article-text">
        La representaci&oacute;n legal del hombre al que fracturaron la mand&iacute;bula de un pu&ntilde;etazo en una agresi&oacute;n hom&oacute;foba en noviembre de 2025 en las cercan&iacute;as del Vial Norte ha solicitado al juez que autorice la geolocalizaci&oacute;n de los tel&eacute;fonos m&oacute;viles que hab&iacute;a en la zona donde sucedieron los hechos a la hora de los mismos, con el fin de poder identificar a los presuntos autores.
    </p><p class="article-text">
        Los hechos ocurrieron el 7 de noviembre de 2025 en la confluencia de la avenida Cruz de Ju&aacute;rez con el Vial Norte y fueron relatados por el hombre a su llegada al hospital, en cuyo parte figura que se encontraba volviendo a su casa por la noche ese d&iacute;a y se cruz&oacute; con un grupo de chavales que empezaron a increparle con comentarios hom&oacute;fobos, a los que &eacute;l respondi&oacute; y, uno de los j&oacute;venes le dio un pu&ntilde;etazo en la mand&iacute;bula. El parte m&eacute;dico -al que tuvo acceso este medio-, se&ntilde;alaba en el apartado de lesiones una fractura mandibular.
    </p><p class="article-text">
        La v&iacute;ctima, tras estar ingresada en el Hospital Reina Sof&iacute;a de C&oacute;rdoba y ser intervenida quir&uacute;rgicamente, formaliz&oacute; una denuncia ante la Polic&iacute;a Nacional que, con su relato de los hechos, abri&oacute; una investigaci&oacute;n por los hechos, dando traslado al juzgado. Fuentes del caso relatan a este peri&oacute;dico c&oacute;mo la Polic&iacute;a Judicial solicit&oacute; al juez acceder a la geolocalizaci&oacute;n de los tel&eacute;fonos m&oacute;viles en la zona y la hora de la agresi&oacute;n, con el fin de poder identificar a los presuntos agresores que hab&iacute;an sido captados por algunas c&aacute;maras del lugar, pero la petici&oacute;n fue rechazada inicialmente y el caso sobrese&iacute;do provisionalmente.
    </p><p class="article-text">
        Tras conocer esto la representaci&oacute;n de la v&iacute;ctima y presentar un escrito de alegaciones solicitando que se le diera traslado de las actuaciones y se accediera a la geolocalizaci&oacute;n de los m&oacute;viles, dicho recurso fue desestimado en un auto del juzgado de Instrucci&oacute;n plaza n&uacute;mero 4 de C&oacute;rdoba, al que se ha presentado ahora un recurso de apelaci&oacute;n ahora ante la Audiencia Provincial. En este &uacute;ltimo recurso se insiste en solicitar como medida de investigaci&oacute;n la autorizaci&oacute;n a la Polic&iacute;a Judicial para el geoposicionamiento de los tel&eacute;fonos m&oacute;viles en la zona y a la hora de los hechos denunciados, con el fin de poder identificar los m&oacute;viles que utilizaran -y con ello a sus due&ntilde;os- los presuntos agresores.
    </p><h2 class="article-text">&ldquo;Identificaci&oacute;n de los autores del execrable delito de odio&rdquo;</h2><p class="article-text">
        En el recurso -al que ha tenido acceso este peri&oacute;dico-, se argumenta que la medida se podr&iacute;a llevar a cabo &ldquo;reduciendo y acotando el &aacute;mbito espacial, el radio de afecci&oacute;n y los dem&aacute;s elementos de acceso a la informaci&oacute;n de las personas que pudieran haberse conectado con las estaciones BTS&rdquo; de la zona, de manera que as&iacute; &ldquo;se pueda dar respuesta conjunta y arm&oacute;nica tanto a la b&uacute;squeda e identificaci&oacute;n de los autores del execrable delito de odio que aqu&iacute; nos ocupa, cuanto al respecto de los derechos fundamentales que pudieran, en su caso, verse afectados&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        E insiste en que &ldquo;en el caso que nos ocupa, se puede intentar al menos y en aras de averiguar lo relativo a la comisi&oacute;n del delito, acompasar lo solicitado por la polic&iacute;a judicial al respeto de la normativa y jurisprudencia&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En ese sentido, sostiene que la medida solicitada para la investigaci&oacute;n policial podr&iacute;a acordarse y sumarse a la denuncia de los hechos y su corroboraci&oacute;n objetiva y perif&eacute;rica con el parte m&eacute;dico o las grabaciones de las c&aacute;maras de la zona donde ocurrieron los hechos y la posterior huida de los presuntos autores.
    </p><p class="article-text">
        La representaci&oacute;n legal de la v&iacute;ctima cree que proporcionar la geolocalizaci&oacute;n de los m&oacute;viles ser&iacute;a &ldquo;una medida leg&iacute;tima (...) que resulta id&oacute;nea, necesaria y proporcional, dirigida a la averiguaci&oacute;n y descubrimiento de los autores de un delito grave con importantes secuelas&rdquo; para el hombre agredido &ldquo;e incluso, para el resto de la sociedad por lo censurable y odioso de la conducta denunciada&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Este recurso de apelaci&oacute;n se interpone tras el auto que desestimaba un primer recurso de reforma sobre la petici&oacute;n de autorizar el geoposicionamiento de los tel&eacute;fonos m&oacute;viles, ampar&aacute;ndose en distinta jurisprudencia que as&iacute; lo avala con sentencias de los &uacute;ltimos a&ntilde;os, sostiene la representaci&oacute;n de la v&iacute;ctima.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Carmen Reina]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/piden-juez-autorizar-geolocalizacion-moviles-identificar-presuntos-autores-agresion-homofoba_1_13277861.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 11 Jun 2026 18:00:43 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Piden al juez autorizar la geolocalización de los móviles para identificar a los presuntos autores de una agresión homófoba]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,agresión,Tribunales,Justicia,Investigación]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El juzgado pide a los peritos del accidente de Adamuz una nueva propuesta económica sin provisión de fondos]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/juzgado-pide-peritos-accidente-adamuz-nueva-propuesta-economica-provision-fondos_1_13294846.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/1b6c42d6-c326-41d1-b798-f053025c5bd9_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El juzgado pide a los peritos del accidente de Adamuz una nueva propuesta económica sin provisión de fondos"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">En un primer escrito habían solicitado que "se constituya una provisión de fondos de un 30% del importe de honorarios y de un 50% del importe de gastos"</p></div><p class="article-text">
        La Letrada de la Administraci&oacute;n de Justicia de la plaza n&uacute;mero 2 del Tribunal de Instancia de Montoro (C&oacute;rdoba) ha pedido a los peritos designados para elaborar informes en el caso del siniestro ferroviario de Adamuz, en el que murieron 46 personas y hubo m&aacute;s de 120 heridos en la tarde del domingo 18 de enero, que procedan, en el plazo de cinco d&iacute;as, a la formulaci&oacute;n de una nueva propuesta econ&oacute;mica excluyendo la solicitud de provisi&oacute;n de fondos.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute; lo recoge una providencia del juzgado, a la que ha tenido acceso <em>Europa Press</em>, despu&eacute;s de que la Delegaci&oacute;n Territorial de la Consejer&iacute;a de Justicia, Administraci&oacute;n Local y Funci&oacute;n P&uacute;blica de la Junta de Andaluc&iacute;a haya emitido un escrito en respuesta al librado en su d&iacute;a por el juzgado en relaci&oacute;n a la aprobaci&oacute;n del presupuesto pericial presentado.
    </p><p class="article-text">
        En dicho escrito, consultado por <em>Europa Press</em>, se apunta que en el presupuesto enviado por los peritos hay un apartado denominado propuesta econ&oacute;mica, &ldquo;con una estimaci&oacute;n de gastos a la que la Delegaci&oacute;n Territorial no muestra oposici&oacute;n&rdquo;. No obstante, en el mismo apartado figura la solicitud de los peritos designados de que &ldquo;se constituya una provisi&oacute;n de fondos de un 30% del importe de honorarios y de un 50% del importe de gastos&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Al respecto, precisa que conforme a las normas que regulan los pagos que han de realizarse por la Hacienda P&uacute;blica de la Comunidad Aut&oacute;noma, &ldquo;la comprobaci&oacute;n material del gasto consiste en verificar materialmente, antes del reconocimiento de la obligaci&oacute;n, la efectiva realizaci&oacute;n de las prestaciones de servicios financiadas con fondos p&uacute;blicos&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, agrega que el Decreto 4/2018, de 16 de enero, por el que se regula la puesta a disposici&oacute;n de los &oacute;rganos judiciales y del Ministerio Fiscal de peritos, traductores e int&eacute;rpretes para su intervenci&oacute;n en los procedimientos judiciales con cargo a la administraci&oacute;n de la Junta, y el procedimiento de pago y reintegro de los gastos correspondientes, en su art&iacute;culo 10.1 se&ntilde;ala que &ldquo;la Administraci&oacute;n de la Junta abonar&aacute; el importe de los informes periciales y de las traducciones e interpretaciones a las entidades adjudicatarias de los contratos y a los profesionales privados a la conclusi&oacute;n de los trabajos&rdquo;, por lo que &ldquo;no cabr&iacute;a la provisi&oacute;n de fondos solicitada en la propuesta econ&oacute;mica&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En este sentido, se resalta que &ldquo;se observa en el presupuesto elaborado por los peritos, a efectos de la justificaci&oacute;n de la inclusi&oacute;n de la provisi&oacute;n de fondos, el argumento, en relaci&oacute;n con el procedimiento iniciado, de que 'resulta previsible que el mismo se prolongue durante un per&iacute;odo de tiempo especialmente elevado y que la sentencia en la que se resuelva sobre las costas del proceso s&oacute;lo podr&aacute; producirse una vez haya finalizado dicho procedimiento'&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Ante ello, desde la Junta aclaran que &ldquo;para la realizaci&oacute;n del pago no es preciso esperar a que se dicte una sentencia que incluya pronunciamiento sobre las costas, sino que, una vez realizado el servicio y certificado por el &oacute;rgano judicial, se proceder&aacute; a ordenar el pago del gasto aprobado&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Por tanto, &ldquo;y tal como se advert&iacute;a en el oficio de fecha 20 de febrero, por el que esta Delegaci&oacute;n Territorial comunicaba a esa plaza judicial del Tribunal de Instancia de Montoro que una vez emitido el presupuesto por los peritos designados se enviara para su aprobaci&oacute;n, no resulta posible la provisi&oacute;n de fondos&rdquo;, por lo que se ruega a la jueza que &ldquo;ponga tal circunstancia en conocimiento de los peritos para que procedan, en su caso, a la formulaci&oacute;n de una nueva propuesta econ&oacute;mica excluyendo la solicitud de provisi&oacute;n de fondos&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text">Unos 250.000 euros</h2><p class="article-text">
        Los tres peritos designados estiman tener dictamen sobre el caso en un plazo de nueve meses, con una provisi&oacute;n de fondos inicial para el trabajo valorada en unos 250.000 euros.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n recoge el escrito al juzgado, se prev&eacute; desarrollar el dictamen inicial en &ldquo;un per&iacute;odo de nueve meses, contados a partir de la recepci&oacute;n de toda la documentaci&oacute;n necesaria que forma parte de los archivos del procedimiento&rdquo;. No obstante, aseguran que &ldquo;dicho plazo podr&aacute; acomodarse en el tiempo a las necesidades del juzgado&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En cuanto a la propuesta econ&oacute;mica, teniendo en cuenta &ldquo;la extensi&oacute;n y complejidad de los trabajos periciales necesarios para la emisi&oacute;n del informe solicitado, y la dedicaci&oacute;n en t&eacute;rminos de tiempo y recursos que implicar&aacute; el desarrollo de dichos trabajos, y considerando, por otro lado, que, habida cuenta de la naturaleza de este procedimiento, resulta previsible que el mismo se prolongue durante un per&iacute;odo de tiempo especialmente elevado y que la sentencia en la que se resuelva sobre las costas del proceso s&oacute;lo podr&aacute; producirse una vez haya finalizado dicho procedimiento&rdquo;, ven &ldquo;necesaria una provisi&oacute;n de fondos para llevar a cabo los trabajos solicitados, a efectos de evitar que el desarrollo de los mismos suponga un perjuicio econ&oacute;mico relevante a los peritos como consecuencia de las circunstancias&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Habida cuenta del &ldquo;volumen y complejidad&rdquo; de los antecedentes a examinar, &ldquo;la dedicaci&oacute;n intensiva requerida por el trabajo durante los seis meses en los que se estima que el mismo tendr&aacute; que desarrollarse, dado el tiempo disponible, y la naturaleza del dictamen a emitir&rdquo;, estiman una dedicaci&oacute;n de unas 1.500 horas de trabajo, con un coste de 125 euros/hora, lo que totaliza unos honorarios inicialmente previstos de 187.500 euros m&aacute;s IVA.
    </p><p class="article-text">
        Igualmente, una estimaci&oacute;n de gastos para viajes, desplazamiento y asistencia a pruebas, ensayos y diligencias varias del 10% de los honorarios estimados por 18.750 euros m&aacute;s IVA. Y la intervenci&oacute;n o participaci&oacute;n de otros t&eacute;cnicos necesarios para la confecci&oacute;n de la pericial definitiva ser&aacute;n propuestos al juzgado para su consideraci&oacute;n, no incluy&eacute;ndolos en el coste del dictamen.
    </p><h2 class="article-text">Honorarios y gastos iniciales</h2><p class="article-text">
        En cualquier caso, los peritos expresan que, &ldquo;en este momento, es imposible determinar con exactitud --por la ingente cantidad de documentaci&oacute;n puesta a su disposici&oacute;n y la previsible nueva que se generar&aacute; en forma de pruebas, ensayos, dict&aacute;menes complementarios y estudios de terceros-- la cuant&iacute;a exacta de la dedicaci&oacute;n a necesitar&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Por tanto, subrayan que estos honorarios y gastos son &ldquo;iniciales, tentativos y susceptibles de que, conforme se realice el trabajo, deban ser ampliados para la terminaci&oacute;n satisfactoria de la pericia&rdquo;. Asimismo, y &ldquo;habida cuenta de la dedicaci&oacute;n, gastos y duraci&oacute;n que requerir&aacute; la pericia&rdquo;, creen &ldquo;necesario que se reconsidere la previsi&oacute;n inicial de no hacer una provisi&oacute;n de fondos al comienzo de los trabajos&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute;, estiman &ldquo;de justicia solicitar el abono de una provisi&oacute;n de fondos por un importe igual a dicha cuant&iacute;a&rdquo;, de forma que en el momento del inicio de los trabajos est&eacute; un 30% del importe de honorarios, 56.250 euros m&aacute;s IVA, y un 50% del importe de gastos, 9.375 euros m&aacute;s IVA. Ambas cantidades totalizan 65.625 euros m&aacute;s IVA, 79.406,25 euros con IVA incluido.
    </p><p class="article-text">
        Y a la entrega del dictamen, la restante cantidad, el 70% restante del importe de honorarios, 131.250 euros m&aacute;s IVA, y el 50% restante del importe de gastos, 9.375 euros m&aacute;s IVA. Ambas cantidades totalizan 140.625 euros m&aacute;s IVA, siendo 170.156,25 euros con IVA incluido.
    </p><p class="article-text">
        En el importe solicitado en el escrito queda incluida &ldquo;la dedicaci&oacute;n necesaria para la comparecencia ante el juzgado o posteriores instancias para la ratificaci&oacute;n del dictamen y la respuesta a las preguntas que fueran formuladas por las distintas partes intervinientes&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Europa Press]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/juzgado-pide-peritos-accidente-adamuz-nueva-propuesta-economica-provision-fondos_1_13294846.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 11 Jun 2026 14:33:58 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El juzgado pide a los peritos del accidente de Adamuz una nueva propuesta económica sin provisión de fondos]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Tribunales,Justicia,Accidente trenes Adamuz]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El jurado del crimen de Sagunto inicia su deliberación]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/jurado-crimen-sagunto-inicia-deliberacion_1_13293156.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/47fd8c81-f9d7-47aa-9f08-4a66493bdb83_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El jurado del crimen de Sagunto inicia su deliberación"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Las nueve personas que fueron designadas para este juicio deben ahora responder, de forma motivada, a las 17 preguntas objeto del veredicto que determinará la culpabilidad o inocencia de los tres procesados</p></div><p class="article-text">
        Tras tres intensas jornadas de testimonios, pruebas periciales y alegatos finales en el juicio por el crimen de Sagunto, los nueve miembros del jurado han recibido este jueves el cuestionario con el objeto del veredicto -compuesto por 17 preguntas- y se han retirado a deliberar. En caso de que no se alcance un acuerdo a lo largo de la jornada de hoy, los miembros del jurado deber&aacute;n pernoctar conjuntamente en un hotel de la capital cordobesa, incomunicados, hasta que logren emitir un veredicto, siempre motivado, sobre la culpabilidad o inocencia de R., J. y M. 
    </p><p class="article-text">
        El juicio, que se ha desarrollado en la Secci&oacute;n Tercera de la Audiencia Provincial de C&oacute;rdoba, ha dejado tras de s&iacute; un relato de extrema violencia, contradicciones y estrategias de defensa contrapuestas. El juicio arranc&oacute; el pasado lunes con la lectura de las calificaciones. Seg&uacute;n <a href="https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/fiscal-crimen-sagunto-elimina-delitos-mantiene-asesinato_1_13290027.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el Ministerio P&uacute;blico y la acusaci&oacute;n particular</a>, los procesados R. y J., tras una fiesta en el piso de la v&iacute;ctima, le propinaron una paliza brutal y le asfixiaron.
    </p><p class="article-text">
        En esta sesi&oacute;n, los familiares y vecinos de Rafael coincidieron en que no era habitual que &eacute;l metiera a gente en su casa. Una vecina relat&oacute; c&oacute;mo aquella noche escuch&oacute; risas y m&uacute;sica alta, seguida de un &ldquo;golpe seco&rdquo;, tras el cual no volvi&oacute; a o&iacute;r a la v&iacute;ctima. Horas despu&eacute;s del crimen, y tras ser avisado telef&oacute;nicamente de que algo pasaba, un hermano de Rafael fue al piso y all&iacute; hall&oacute; el cad&aacute;ver &ldquo;totalmente reventado&rdquo; bajo un colch&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        La segunda jornada estuvo marcada por <a href="https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/peritos-crimen-sagunto-revelan-agresion-brutal-sufrio-rafael-morir-asfixiado_1_13286858.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">las pruebas forenses</a>, que revelaron que Rafael sufri&oacute; una &ldquo;agresi&oacute;n muy brutal&rdquo; y una agon&iacute;a prolongada, presentando m&uacute;ltiples fracturas en costillas y lesiones en todo el cuerpo. La causa de la muerte fue asfixia por oclusi&oacute;n de nariz y boca combinada con estrangulaci&oacute;n manual. Los forenses tambi&eacute;n han sido determinantes al afirmar que la v&iacute;ctima intent&oacute; defenderse y que en los hechos intervinieron, como m&iacute;nimo, dos personas. Adem&aacute;s, la Polic&iacute;a Cient&iacute;fica confirm&oacute; el hallazgo de ADN de J. bajo una u&ntilde;a de la v&iacute;ctima y huellas de R. en el travesa&ntilde;o de hierro de la cama utilizado como arma.
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                Juicio a los acusados de asesinar a un hombre en el barrio de Sagunto                            </span>
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        En la &uacute;ltima sesi&oacute;n, dos de los acusados rompieron su silencio, aunque solo respondieron a sus defensas. R. confes&oacute; haber golpeado a Rafael, pero aleg&oacute; un &ldquo;<a href="https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/autor-confeso-crimen-sagunto-fia-defensa-supuesta-agresion-victima-novia_1_13289701.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">arrebato</a>&rdquo; tras supuestamente encontrar a la v&iacute;ctima intentando agredir sexualmente a su novia, M. Por su parte, esta afirm&oacute; haberse quedado &ldquo;bloqueada&rdquo; y no haber escuchado nada del ataque. El tercer procesado, J., se neg&oacute; a declarar.
    </p><p class="article-text">
        La fiscal, en su informe final, calific&oacute; la versi&oacute;n de la agresi&oacute;n sexual como un &ldquo;traje a medida&rdquo; y una excusa &ldquo;perversa&rdquo; para eludir la responsabilidad penal, se&ntilde;alando que la hora de la muerte no coincide con el relato de los acusados. No obstante, la fiscal retir&oacute; el delito de robo con violencia, manteniendo &uacute;nicamente el de asesinato y un robo con fuerza menor. As&iacute;, R. y J. se enfrentan a 20 a&ntilde;os de prisi&oacute;n por el delito de asesinato y tres a&ntilde;os adicionales por robo para todos los procesados. En el caso de M. adem&aacute;s de este &uacute;ltimo delito, considera que M. es c&oacute;mplice de asesinato, por lo que solicita diez a&ntilde;os de c&aacute;rcel.
    </p><p class="article-text">
        Por su parte, la defensa de R. y M. solicita calificar los hechos como homicidio doloso con atenuante de arrebato para &eacute;l y la libre absoluci&oacute;n, para ella. La defensa de J. pide que su cliente sea absuelto o, subsidiariamente interesado cinco a&ntilde;os de prisi&oacute;n por un delito de homicidio y una multa de 180 euros por un delito leve de hurto.
    </p><p class="article-text">
        Ahora, el jurado debe decidir si la muerte de Rafael fue un asesinato o fruto de una reacci&oacute;n impulsiva, y determinar el grado de implicaci&oacute;n de cada uno de los tres procesados.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/jurado-crimen-sagunto-inicia-deliberacion_1_13293156.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 11 Jun 2026 09:46:33 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El jurado del crimen de Sagunto inicia su deliberación]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Justicia,Tribunales,asesinato]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Supremo reabre el caso de una cordobesa con un pecho atrofiado por inyecciones de cuyo peligro no fue informada]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/supremo-reabre-caso-cordobesa-pecho-atrofiado-inyecciones-cuyo-peligro-no-informada_1_13290880.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/5ba640f9-7ade-45ff-8c63-19a70d846585_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Supremo reabre el caso de una cordobesa con un pecho atrofiado por inyecciones de cuyo peligro no fue informada"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El alto tribunal español admite el recurso de la paciente al apreciar interés casacional en el debate sobre si el cirujano debió obtener un nuevo consentimiento específico antes de aplicar un tratamiento con corticoides que le ha dejado secuelas irreversibles</p><p class="subtitle">La mujer reclama una indemnización de 150.000 euros por el perjuicio estético y el trastorno afectivo derivado, con síntomas depresivos</p></div><p class="article-text">
        El Tribunal Supremo ha acordado admitir a tr&aacute;mite el recurso de casaci&oacute;n de una vecina de C&oacute;rdoba contra la sentencia que absolv&iacute;a al cirujano pl&aacute;stico que la oper&oacute; del pecho. El alto tribunal espa&ntilde;ol ha considerado que la demanda de esta mujer tiene inter&eacute;s casacional y tendr&aacute; que determinar si hubo una vulneraci&oacute;n del deber de informaci&oacute;n m&eacute;dica tras un tratamiento postoperatorio que provoc&oacute; una atrofia cut&aacute;nea permanente en uno de sus senos.
    </p><p class="article-text">
        Los hechos se remontan a junio de 2014, cuando la demandante se someti&oacute; a una intervenci&oacute;n que combinaba la cirug&iacute;a est&eacute;tica con la m&eacute;dica para paliar dolores de espalda por hipertrofia mamaria. Tras la operaci&oacute;n, sufri&oacute; una apertura de las suturas que deriv&oacute; en cicatrices hipertr&oacute;ficas. Para corregirlas, casi un a&ntilde;o despu&eacute;s, el cirujano aplic&oacute; infiltraciones de corticoides.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n la denuncia, estas inyecciones provocaron que la piel del pecho quedara &ldquo;extremadamente fina&rdquo;, de aspecto &ldquo;nacarado&rdquo; y con una coloraci&oacute;n &ldquo;rojizo-vinosa&rdquo; irreversible. Por este perjuicio est&eacute;tico y el trastorno afectivo derivado, con s&iacute;ntomas depresivos, la mujer reclama una indemnizaci&oacute;n de 150.000 euros.
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                Tribunal Supremo                            </span>
                                    </figcaption>
            
                </figure><p class="article-text">
        La clave que ha llevado al Supremo a reabrir el caso es la ausencia de un consentimiento informado espec&iacute;fico para las infiltraciones. Durante el proceso, el cirujano reconoci&oacute; que no inform&oacute; a la paciente sobre el riesgo de que los corticoides pudieran provocar atrofia cut&aacute;nea. Hasta esta resoluci&oacute;n del m&aacute;ximo &oacute;rgano jurisdiccional de Espa&ntilde;a, la Audiencia Provincial de C&oacute;rdoba hab&iacute;a exculpado al facultativo alegando que el tratamiento fue adecuado a la normativa m&eacute;dica, que la infiltraci&oacute;n era un &ldquo;procedimiento menor&rdquo; que no requer&iacute;a consentimiento por escrito y que el documento firmado antes de la cirug&iacute;a ya mencionaba gen&eacute;ricamente la posibilidad de &ldquo;tratamientos adicionales&rdquo; para la cicatrizaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, el Supremo no ha visto tan claro que la paciente tuviera toda la informaci&oacute;n a la hora de someterse a esas infiltraciones. De esta forma, examinar&aacute; si la informaci&oacute;n gen&eacute;rica inicial era suficiente o si, ante el riesgo de una secuela tan grave como la atrofia irreversible, el m&eacute;dico estaba obligado a advertir espec&iacute;ficamente a la paciente antes de proceder con las inyecciones.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/supremo-reabre-caso-cordobesa-pecho-atrofiado-inyecciones-cuyo-peligro-no-informada_1_13290880.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 10 Jun 2026 17:57:18 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Supremo reabre el caso de una cordobesa con un pecho atrofiado por inyecciones de cuyo peligro no fue informada]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Justicia,Tribunales,Supremo]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Un trabajador sancionado por Hitachi logra en el juzgado una indemnización de 10.000 euros tras un cambio de puesto]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/trabajador-sancionado-hitachi-logra-juzgado-indemnizacion-10-000-euros-cambio-puesto_1_13291781.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/6ce1617a-a9ba-468b-a90f-10817091297e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Un trabajador sancionado por Hitachi logra en el juzgado una indemnización de 10.000 euros tras un cambio de puesto"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Sección de lo Social del Tribunal de Instancia número dos de Córdoba declara nulo el cambio de puesto</p></div><p class="article-text">
        La Secci&oacute;n de lo Social del Tribunal de Instancia n&uacute;mero dos de C&oacute;rdoba ha declarado nulo el cambio de puesto de trabajo de un empleado de Hitachi Energy, &ldquo;al que la empresa tendr&aacute; que indemnizar por una vulneraci&oacute;n de derechos fundamentales, al haber modificado sustancialmente sus condiciones de trabajo&rdquo;, seg&uacute;n ha informado CCOO a trav&eacute;s de una nota de prensa.
    </p><p class="article-text">
        El trabajador, que viene prestando servicios en Hitachi Energy desde 2004, desempe&ntilde;aba la funci&oacute;n de verificador de juntas dentro de la secci&oacute;n de terminaci&oacute;n, en turno de ma&ntilde;ana y de lunes a viernes. Este puesto, con funciones de recepci&oacute;n, inspecci&oacute;n y de fabricaci&oacute;n, era ocupado solo por este trabajador al presentar una limitaci&oacute;n f&iacute;sica reconocida. 
    </p><p class="article-text">
        El empleado fue uno de los 76 sancionados por la empresa en diciembre de 2025 con 60 d&iacute;as de suspensi&oacute;n de empleo y sueldo, sanci&oacute;n que ha sido impugnada judicialmente y que se encuentra pendiente de juicio, seg&uacute;n el comunicado de CCOO. Al hacerse efectivas las medidas cautelares dictadas por el juzgado sobre dicha sanci&oacute;n, el trabajador se incorpor&oacute; a su puesto de trabajo, pero la empresa le inform&oacute; verbalmente que, desde ese momento, pasaba a ocupar el puesto de montador dentro de la citada secci&oacute;n de terminaci&oacute;n, puesto que tiene dificultades para desempe&ntilde;ar por sus limitaciones f&iacute;sicas. 
    </p><p class="article-text">
        Ahora, el juzgado afirma en la sentencia que &ldquo;se entiende que existe una modificaci&oacute;n sustancial que se evidencia ante las nuevas funciones dentro de la misma secci&oacute;n de terminaci&oacute;n vinculada a las reclamaciones leg&iacute;timas ejercidas por el trabajador y a su estado de salud&rdquo; y que dicha modificaci&oacute;n sustancial de las condiciones de trabajo es consecuencia del ejercicio del derecho de huelga por parte del trabajador. En concreto, el fallo judicial indica que el cambio de puesto &ldquo;solo puede obedecer desde el sentido com&uacute;n a la represalia y a la vulneraci&oacute;n del derecho a la salud en su vertiente de no discriminaci&oacute;n e igualdad&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Por todo ello, el juzgado estima la demanda interpuesta por el trabajador declarando nula la modificaci&oacute;n sustancial de las condiciones de trabajo producidas y, en consecuencia, que se le reponga en sus anteriores condiciones de trabajo con todos los efectos que deriven en Derecho condenando a la demandada al abono de una indemnizaci&oacute;n al trabajador de 10.000 euros.
    </p><p class="article-text">
        El 18 de diciembre de 2025, CCOO y la empresa llegaron a un acuerdo en el que se compromet&iacute;an a abrir un proceso de negociaci&oacute;n entre el 22 de diciembre de 2025 y el 12 de enero de 2026 con al menos cuatro reuniones. Durante ese espacio de tiempo, seg&uacute;n establec&iacute;a el acuerdo, Hitachi suspend&iacute;a la ejecuci&oacute;n de las sanciones que hab&iacute;a impuesto a 76 trabajadores que no deb&iacute;an incorporarse a sus puestos de trabajo por decisi&oacute;n de la empresa, que adujo &ldquo;circunstancias organizativas y productivas&rdquo;. Sin embargo, la empresa remiti&oacute; un comunicado a los trabajadores afectados para indicarles que los d&iacute;as en los que no se estaba aplicando la sanci&oacute;n ser&iacute;an compensados con vacaciones, d&iacute;as de libre elecci&oacute;n y horas a compensar, en total 11 d&iacute;as.
    </p><p class="article-text">
        La Secci&oacute;n de lo Social del Tribunal de Instancia n&uacute;mero cuatro de C&oacute;rdoba entiende que los esos d&iacute;as no tienen que ser compensados. &ldquo;La no incorporaci&oacute;n efectiva de los trabajadores a sus puestos obedeci&oacute; a una causa no imputable a la voluntad de estos sino a las necesidades de organizaci&oacute;n de la empresa lo que nos remite a lo dispuesto en el art&iacute;culo 30 del Estatuto de los trabajadores a cuyo tenor si el trabajador no pudiera prestar sus servicios una vez vigente el contrato porque el empresario se retrasare en darle trabajo por impedimentos imputables al mismo y no al trabajador este conservar&aacute; el derecho a su salario sin que pueda hacerse recompensar el que perdi&oacute; con otro trabajo realizado en otro tiempo&rdquo;, indica el fallo del juzgado.
    </p><p class="article-text">
        De esta forma, los trabajadores afectados podr&aacute;n disfrutar de los d&iacute;as de vacaciones, d&iacute;as de libre elecci&oacute;n y horas que les hayan sido denegados para compensar los d&iacute;as que no trabajaron por decisi&oacute;n de la empresa.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        El secretario General del Sindicato de Industria de CCOO de C&oacute;rdoba, Agust&iacute;n Jim&eacute;nez, se congratula de los &uacute;ltimos fallos judiciales, que &ldquo;vienen a corroborar los abusos que Hitachi ha venido llevando a cabo desde que se convoc&oacute; la huelga en noviembre de 2025, una huelga que, cabe recordar, sigue convocada, dada la falta de avance en las negociaciones sobre el convenio colectivo&rdquo;. No obstante, el responsable sindical lament&oacute; que &ldquo;la empresa nos obligue a judicializar cada una de sus decisiones&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Este mi&eacute;rcoles se ha celebrado un Sercla por el calendario laboral del 2026, &ldquo;al que no se ha personado la empresa, por lo que CCOO y USO tendr&aacute;n que volver a los juzgados para reclamar su nulidad, ya que no ha sido v&aacute;lidamente acordado con la representaci&oacute;n legal de las personas trabajadoras&rdquo;. &ldquo;Otro ejemplo m&aacute;s de la continua vulneraci&oacute;n de derechos laborales que viene soportando la plantilla de Hitachi&rdquo;, remarc&oacute; Jim&eacute;nez, quien hace un llamamiento a la empresa para &ldquo;reconducir su actitud y dejar de tomar decisiones que sabe que van a tener consecuencias judiciales y econ&oacute;micas&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Lo &uacute;nico que queremos es llegar a un acuerdo y que la paz social vuelva a la f&aacute;brica pero, desde luego, mientras se sigan vulnerando los derechos laborales de la plantilla CCOO seguir&aacute; defendiendo a los trabajadores y trabajadoras&rdquo;, apostill&oacute; el responsable de Industria.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Redacción Cordópolis]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/trabajador-sancionado-hitachi-logra-juzgado-indemnizacion-10-000-euros-cambio-puesto_1_13291781.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 10 Jun 2026 15:41:33 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Un trabajador sancionado por Hitachi logra en el juzgado una indemnización de 10.000 euros tras un cambio de puesto]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Tribunales,Hitachi,CCOO]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La jueza del caso Adamuz desestima la recusación de los peritos que van a investigar el accidente]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/jueza-caso-adamuz-desestima-recusacion-peritos-investigar-accidente_1_13290944.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/9bba7421-3088-4115-b35d-09a4b5710fa0_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La jueza del caso Adamuz desestima la recusación de los peritos que van a investigar el accidente"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Una de las partes personadas señalaba la vinculación de dos profesionales con ADIF y con dos de las constructuras que han trabajado en el tramo en el que se produjo el siniestro</p></div><p class="article-text">
        La juez de la plaza n&uacute;mero 2 del Tribunal de Instancia de Montoro ha desestimado la recusaci&oacute;n promovida por una de las partes contra dos de los peritos designados judicialmente. En un auto fechado este mi&eacute;rcoles, 10 de junio, la instructora de la causa se&ntilde;ala que la recusaci&oacute;n de peritos en el procedimiento penal exige la concurrencia de inter&eacute;s concreto, objetivable y jur&iacute;dicamente relevante, seg&uacute;n han informado fuentes jur&iacute;dicas.
    </p><p class="article-text">
        En este sentido, indica que uno de los peritos fue recusado por ser socio de una mercantil dedicada, entre otras labores, a la ejecuci&oacute;n de trabajos de peritaje y certificados de calidad de diferentes proyectos, siendo uno de ellos las obras de los ramales de acceso ferroviario a la nueva terminal de contenedores de C&aacute;diz, reforma que en su d&iacute;a result&oacute; adjudicada a la mercantiles Ferrovial y Azvi. Pero la jueza indica que finalmente realiz&oacute; trabajos para una empresa que no fue adjudicataria de dicho proyecto.
    </p><p class="article-text">
        Pese a ello, explica que &ldquo;no se puede entender en ning&uacute;n caso que una intervenci&oacute;n y/o relaci&oacute;n eventual o puntual del perito, a trav&eacute;s de empresas de las que ostenta su representaci&oacute;n legal o resulta accionista, con empresas vinculadas a las obras llevadas a cabo en la v&iacute;a f&eacute;rrea afectada por el siniestro, puede conllevar la certeza en la afirmaci&oacute;n de la existencia de su inter&eacute;s directo o indirecto que pueda afectar a su imparcialidad como t&eacute;cnico especialista en una materia&rdquo;. As&iacute;, incide en que no consta acreditada relaci&oacute;n de subordinaci&oacute;n laboral o de dependencia econ&oacute;mica respecto de tales empresas.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n recuerda que una de las exigencias impuestas para la formaci&oacute;n de las listas de peritos de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, para su posterior insaculaci&oacute;n, fue exigir a los peritos m&aacute;s de 15 a&ntilde;os de ejercicio profesional y conocimientos espec&iacute;ficos en el &aacute;mbito ferroviario, &ldquo;resultando, por propia l&oacute;gica, extremadamente complicado que tales peritos a lo largo de su carrera profesional no hayan mantenido alg&uacute;n tipo de relaci&oacute;n puntual con las empresas que normalmente intervienen en la realizaci&oacute;n de este tipo de obras y proyectos de gran envergadura&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Por lo que respecta al segundo perito, &ldquo;la pretensi&oacute;n de la recusante se basa exclusivamente en lo manifestado por el perito el d&iacute;a que se llev&oacute; a cabo la aceptaci&oacute;n del cargo, sin que, al igual que en el caso anterior, resulte acreditado por la recusante la existencia de parentesco, amistad &iacute;ntima o enemistad manifiesta o inter&eacute;s directo o indirecto del perito&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        El perito manifest&oacute; que es funcionario de la Junta de Castilla la Mancha y en su relaci&oacute;n de prestaci&oacute;n de servicios como funcionario p&uacute;blico y como jefe de la secci&oacute;n de explotaci&oacute;n de carreteras ejerce labores de coordinaci&oacute;n en la reparaci&oacute;n de un puente de la Consejer&iacute;a de Fomento sobre un ferrocarril de ADIF, ello deja claro que &ldquo;no ostenta relaci&oacute;n de dependencia o subordinaci&oacute;n econ&oacute;mica, estatutaria, profesional o laboral alguna respecto de esta empresa p&uacute;blica como se sostiene por la recusante&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La jueza concluye que &ldquo;no toda relaci&oacute;n puntual, eventual y absolutamente tangencial con entidades que intervinieron en la reforma del tramo afectado por el accidente determina por s&iacute; la existencia de un inter&eacute;s directo o indirecto que puede suponer una p&eacute;rdida de imparcialidad objetiva&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Redacción Cordópolis]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/jueza-caso-adamuz-desestima-recusacion-peritos-investigar-accidente_1_13290944.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 10 Jun 2026 12:23:39 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La jueza del caso Adamuz desestima la recusación de los peritos que van a investigar el accidente]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Tribunales,Accidente trenes Adamuz,Montoro,Adif]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La fiscal del crimen de Sagunto retira uno de los delitos, pero mantiene el de asesinato]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/fiscal-crimen-sagunto-elimina-delitos-mantiene-asesinato_1_13290027.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/17d7401b-ca46-46cf-934e-e4718401571f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La fiscal del crimen de Sagunto retira uno de los delitos, pero mantiene el de asesinato"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Ministerio Público elimina la acusación de robo con violencia, por lo que dos hombres procesados se enfrentan a 23 años de prisión y la mujer, a 13 años de cárcel</p><p class="subtitle">El juicio ha quedado visto para veredicto de jurado</p></div><p class="article-text">
        El juicio del crimen de Sagunto en el que perdi&oacute; la vida Rafael en su piso de la calle Reina Mercedes ha quedado visto para veredicto del jurado. La Fiscal&iacute;a ha modificado levemente su escrito de conclusiones provisionales, eliminando el delito de robo con violencia para los acusados. De esta forma, el autor confeso del crimen, R., y J. se enfrentan a 20 a&ntilde;os de prisi&oacute;n por un delito de asesinato y tres a&ntilde;os por uno de robo con violencia, mientras que la fiscal ha pedido para M. diez a&ntilde;os por asesinato y tres por el delito de robo con violencia. 
    </p><p class="article-text">
        En la tercera y &uacute;ltima sesi&oacute;n del juicio por este crimen, el jurado solo ha escuchado a los procesados R. y M., que han respondido exclusivamente a las preguntas de su abogada, mientras que J. se ha negado a declarar. Adem&aacute;s, R. y M. han hecho uso de la &uacute;ltima palabra. El procesado ha pedido perd&oacute;n a la familia de Rafael y ha vuelto a insistir en que no era su &ldquo;intenci&oacute;n&rdquo; acabar con su vida, sino que se &ldquo;estres&oacute; y se bloque&oacute;&rdquo; ante lo que supuestamente vio: que Rafael estaba agrediendo sexualmente a su novia. Por su parte, la procesada tambi&eacute;n ha pedido disculpas a la familia, reiterando que ella no escuch&oacute; &ldquo;nada&rdquo; durante la agresi&oacute;n que acab&oacute; con la vida de este vecino de la zona de Sagunto.
    </p><p class="article-text">
        Previo a que los procesados pudieran ejercer su derecho a la &uacute;ltima palabra, las acusaciones y las defensas han elevado a definitivas sus conclusiones. Como ya se ha mencionado anteriormente, la Fiscal&iacute;a ha modificado las suyas, aunque muy levemente, mientras que la acusaci&oacute;n particular ha mantenido sus penas de prisi&oacute;n. Por otro lado, la defensa de R. ha insistido en que los hechos responden a un delito de homicidio doloso y ha introducido el arrebato u obcecaci&oacute;n intensa. Adem&aacute;s, esta misma letrada ha pedido la libre absoluci&oacute;n para M.
    </p><p class="article-text">
        En &uacute;ltimo lugar, la defensa de J. ha pedido que su cliente sea absuelto de los dos delitos que solicita la Fiscal&iacute;a, pero ha introducido una modificaci&oacute;n. En el caso de que quede demostrada su participaci&oacute;n como c&oacute;mplice en los hechos, ha interesado cinco a&ntilde;os de prisi&oacute;n por un delito de homicidio y una multa de 180 euros por un delito leve de hurto. Adem&aacute;s, ha pedido que se aplique la atenuante de drogadicci&oacute;n. 
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                Juicio a los acusados de asesinar a un hombre en el barrio de Sagunto                            </span>
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                </figure><h2 class="article-text">La Fiscal&iacute;a tilda de &ldquo;perversa&rdquo; la muerte de Rafael y la acusaci&oacute;n particular, de &ldquo;barbaridad&rdquo;</h2><p class="article-text">
        En la exposici&oacute;n de su informe final, la fiscal ha sido tajante al calificar el crimen de Rafael como &ldquo;un asesinato con alevos&iacute;a&rdquo;, siendo autores de los mismos los procesados R. y J. seg&uacute;n las pruebas encontradas en la habitaci&oacute;n donde muri&oacute; la v&iacute;ctima. La Fiscal&iacute;a ha rechazado de pleno la versi&oacute;n de la defensa del primero, cuya estrategia ha sido justicar la violencia alegando que Rafael estaba abusando de Manuela. Para la fiscal, los acusados &ldquo;se hacen un traje a medida&rdquo; y &ldquo;se inventan&rdquo; este relato aprovechando que &ldquo;Rafael no puede dar su versi&oacute;n de los hechos porque lo han matado&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        El informe forense ha sido clave para desmontar esta coartada, seg&uacute;n el Ministerio P&uacute;blico. La hora de la muerte se situar&iacute;a de madrugada y no en la tarde-noche como sostienen los procesados. Si la agresi&oacute;n hubiera ocurrido por un arrebato al llegar a casa, la fiscal ha manifestado que &ldquo;Rafael habr&iacute;a muerto mucho antes&rdquo;, por lo que considera que la supuesta agresi&oacute;n sexual es &ldquo;solamente una excusa para intentar quitar la responsabilidad penal&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Respecto a M., la Fiscal&iacute;a mantiene su acusaci&oacute;n como c&oacute;mplice. Mientras se produc&iacute;a el asesinato, ella &ldquo;estaba con m&uacute;sica en el sal&oacute;n&rdquo; para ocultar lo que ocurr&iacute;a en la habitaci&oacute;n contigua, de &ldquo;muy reducidas dimensiones&rdquo;. La fiscal ha hecho especial hincapi&eacute; en la actitud de la acusada cuando una vecina llam&oacute; a la puerta alertada por el ruido: &ldquo;Ella simula que no est&aacute; pasando nada, que est&aacute;n de fiesta, con lo cual est&aacute; dando una cobertura&rdquo;. Con esta acci&oacute;n, seg&uacute;n la fiscal, M. impidi&oacute; que Rafael pudiera ser auxiliado, permitiendo que los otros dos acusados &ldquo;puedan matar sin que hubiera interferencia por parte de nadie&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Por otro lado, la acusaci&oacute;n particular ha calificado los hechos como un asesinato cometido con una &ldquo;brutalidad&rdquo; y &ldquo;agresividad&rdquo; extrema. Para esta letrada, la intenci&oacute;n de matar era &ldquo;evidente&rdquo;, ya que Rafael se encontr&oacute; &ldquo;indefenso&rdquo;. Adem&aacute;s, ha solicitado que no se apliquen atenuantes de drogadicci&oacute;n o colaboraci&oacute;n en los casos de R. y J. Sobre M., la acusaci&oacute;n ha destacado que, a pesar de su &ldquo;retraso leve&rdquo;, mantiene una vida normal y tuvo capacidad suficiente para no auxiliar a la v&iacute;ctima ni pedir ayuda a los vecinos.
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                Juicio a los acusados de asesinar a un hombre en el barrio de Sagunto                            </span>
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                </figure><h2 class="article-text">La defensa de R. y M. invoca la ley del &ldquo;solo s&iacute; es s&iacute;&rdquo; para justificar la reacci&oacute;n de los acusados</h2><p class="article-text">
        En la lectura de su informe, la abogada de R. y M. ha recurrido a los principios de la ley del &ldquo;solo s&iacute; es s&iacute;&rdquo; para exigir que se otorgue credibilidad al testimonio de M. en relaci&oacute;n a la supuesta agresi&oacute;n sexual que habr&iacute;a sufrido por parte de Rafael, desencadenante de la agresi&oacute;n. En un intento por que el jurado otorgue credibilidad a esa afirmaci&oacute;n, la letrada ha dicho que mientras &ldquo;en la televisi&oacute;n&rdquo; se repite constantemente el lema de que &ldquo;hay que creer a la v&iacute;ctima&rdquo; y se defiende la protecci&oacute;n de la mujer, en este proceso se ha ignorado sistem&aacute;ticamente el relato de la procesada.
    </p><p class="article-text">
        Este argumento es, para esta defensa, la pieza central para explicar el m&oacute;vil de los hechos, algo que, seg&uacute;n la abogada, las acusaciones no han podido acreditar de forma l&oacute;gica. As&iacute;, sostiene que R., al ver a Rafael supuestamente abusando de M. sufri&oacute; un &ldquo;cortocircuito&rdquo; o ataque de locura que desencaden&oacute; la agresi&oacute;n f&iacute;sica. Asimismo, ha insistido en que no hubo una intenci&oacute;n premeditada de matar, se&ntilde;alando que la barra de hierro no fue llevada al piso con ese fin.
    </p><h2 class="article-text">La defensa de Jes&uacute;s solicita la libre absoluci&oacute;n y rechaza la calificaci&oacute;n de asesinato</h2><p class="article-text">
        Por &uacute;ltimo, la defensa de J. se ha acogido a la autoinculpaci&oacute;n de R. y ha insistido al jurado en que &ldquo;esta es la declaraci&oacute;n v&aacute;lida que debe valorar&rdquo; y no la que hizo en la fase de instrucci&oacute;n, cuando R. incluy&oacute; a J. en el fallecimiento de la v&iacute;ctima. Al igual que la otra defensa, ha rehazado que los hechos sean constitutivos de asesinato porque &ldquo;no ha quedado probada la existencia de un plan premeditado ni hubo ensa&ntilde;amiento&rdquo;, dado que la muerte se produjo por asfixia y no por las anteriores agresiones que sufri&oacute; Rafael. 
    </p><p class="article-text">
        Lo que no ha negado esta defensa, apoy&aacute;ndose en las pruebas de ADN, es que su cliente estuviera en la habitaci&oacute;n donde fue hallado el cad&aacute;ver de la v&iacute;ctima. Sin embargo, s&iacute; ha cuesitonado cu&aacute;l fue su rol real en los hechos. Para la abogada, J. podr&iacute;a ser considerado, &ldquo;a lo sumo, c&oacute;mplice por no haber evitado la agresi&oacute;n o por haber participado en una pelea previa&rdquo; con pu&ntilde;etazos y patadas que no fueron la causa de la muerte. Como prueba de su falta de autor&iacute;a material, se ha referido a la ausencia de huellas de J. en la barra de hierro utilizada durante la agresi&oacute;n, donde s&iacute; hab&iacute;a restos de la v&iacute;ctima y de Ram&oacute;n.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/fiscal-crimen-sagunto-elimina-delitos-mantiene-asesinato_1_13290027.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 10 Jun 2026 11:55:21 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La fiscal del crimen de Sagunto retira uno de los delitos, pero mantiene el de asesinato]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Justicia,Tribunales]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El autor confeso del crimen de Sagunto fía su defensa a la supuesta agresión de la víctima sobre su novia]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/autor-confeso-crimen-sagunto-fia-defensa-supuesta-agresion-victima-novia_1_13289701.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/0adb4c3a-1505-4c51-a948-a86d486852cb_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El autor confeso del crimen de Sagunto fía su defensa a la supuesta agresión de la víctima sobre su novia"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El procesado afirma que golpeó reiteradamente a Rafael, pero que no tuvo intención de matarlo

</p><p class="subtitle">Él y su pareja, también procesada, solo han contestado a las preguntas de su defensa, mientras que el tercer implicado en los hechos ha rechazado declarar</p></div><p class="article-text">
        Lo que motiv&oacute; los golpes a Rafael en el crimen de Sagunto fue una supuesta agresi&oacute;n sexual que &eacute;l habr&iacute;a cometido sobre la &uacute;nica mujer procesada en la causa. La letrada tanto de esta acusada como de R., su pareja y autor confeso del crimen, ya adelant&oacute; el pasado lunes que su l&iacute;nea de defensa ir&iacute;a en torno a ese intento de agresi&oacute;n sexual. Este mi&eacute;rcoles, durante la tercera sesi&oacute;n del juicio, tanto R. como M. han afirmado que dicha agresi&oacute;n se produjo y que la intenci&oacute;n no era acabar con la vida de Rafael.
    </p><p class="article-text">
        El acusado R., quien solo ha respondido a las preguntas de su defensa, ha relatado que lleg&oacute; a C&oacute;rdoba a principios de 2024 en busca de trabajo como alba&ntilde;il y termin&oacute; viviendo en la casa de la v&iacute;ctima tras conocerlo en un comedor social. En este mismo centro tambi&eacute;n conoci&oacute; a J., el otro procesado, y que Rafael le alquil&oacute; tanto una habitaci&oacute;n para &eacute;l y su novia, como el sal&oacute;n, para J. Pese a que R. acababa de conocer a este procesado, decidi&oacute; pagarle su alquiler, seg&uacute;n ha dicho. El d&iacute;a de los hechos, al llegar del trabajo junto a J., R. habr&iacute;a encontrado a Rafael encima de la procesada, intentando arrancarle la ropa.
    </p><p class="article-text">
        Tras supuestamente presenciar esto, R. ha confesado que golpe&oacute; a la v&iacute;ctima con los pu&ntilde;os y lo empuj&oacute; a una habitaci&oacute;n donde, seg&uacute;n su letrada, se produjo &ldquo;una pelea&rdquo;. No obstante, los forenses declararon este martes que las heridas que ten&iacute;a la v&iacute;ctima eran de intentar protegerse y no de atacar. Adem&aacute;s, ha admitido haberle puesto el cintur&oacute;n de un bat&iacute;n en el cuello, ha asegurado que no era consciente de haberlo ahogado y ha se&ntilde;alado que se siente &ldquo;bastante arrepentido&rdquo;, afirmando que su intenci&oacute;n nunca fue acabar con la vida de Rafael. 
    </p><p class="article-text">
        En contra de lo que declar&oacute; la vecina cuyo piso colinda con el de la v&iacute;ctima, R. ha negado que tras el crimen hubiera &ldquo;fiesta o risas&rdquo;, preguntando ret&oacute;ricamente si alguien tendr&iacute;a ganas de celebraci&oacute;n tras un suceso as&iacute;. &ldquo;No soy ning&uacute;n asesino y nunca hab&iacute;a tenido ning&uacute;n problema&rdquo;, ha concluido.
    </p><p class="article-text">
        Por su parte, M. ha manifestado que la tarde del 2 de abril -el d&iacute;a de los hechos- se qued&oacute; &ldquo;sola&rdquo; con Rafael mientras los otros hombres trabajaban. Ha dicho que la v&iacute;ctima ten&iacute;a una actitud y mirada &ldquo;extra&ntilde;as&rdquo; justo antes de abalanzarse sobre ella, y que, posteriormente, ella se qued&oacute; &ldquo;bloqueada&rdquo;. Seg&uacute;n su relato, R. y J. lo pillaron <em>in fraganti</em>. Entonces, R. lo tir&oacute; contra la pared y lo golpe&oacute;. Despu&eacute;s, lo llev&oacute; a un dormitorio, donde continu&oacute; la agresi&oacute;n, para la cual us&oacute; el travesa&ntilde;o de la cama que hall&oacute; la Polic&iacute;a.  Pese a los golpes y al ruido que se debi&oacute; generar durante el ataque, M., que solo ha respondido a las preguntas de su abogada, ha dicho que &ldquo;no escuch&oacute; nada&rdquo;. J., el &uacute;ltimo procesado, se ha negado declarar. 
    </p><p class="article-text">
        Dado que ni el Ministerio P&uacute;blico ni la acusaci&oacute;n particular han podido interrogar a los procesados, la fiscal ha pedido a la magistrada que el jurado tenga acceso a la declaraci&oacute;n que R. hizo en la fase de instrucci&oacute;n para que tengan en cuenta las contradicciones entre las dos testificales. Seg&uacute;n la Fiscal&iacute;a, en su declaraci&oacute;n inicial, R. fue &ldquo;m&aacute;s detallado&rdquo; e implic&oacute; directamente a J., afirmando que ambos golpearon a la v&iacute;ctima. Adem&aacute;s, en ese testimonio inicial, R. sostuvo que fue J. quien llev&oacute; a Rafael a la habitaci&oacute;n y que, incluso, fue quien le tap&oacute; la boca mientras R. le agred&iacute;a.
    </p><p class="article-text">
        Aunque la magistrada ha declinado en un primer momento esta petici&oacute;n, una vez puestas en evidencia dichas contradicciones, la jueza ha aceptado finalmente que el jurado tenga acceso a la primera declaraci&oacute;n que hizo R. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/autor-confeso-crimen-sagunto-fia-defensa-supuesta-agresion-victima-novia_1_13289701.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 10 Jun 2026 09:11:16 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El autor confeso del crimen de Sagunto fía su defensa a la supuesta agresión de la víctima sobre su novia]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Justicia,Tribunales]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[A juicio un acusado de dar una paliza a un compañero de trabajo en Córdoba y causarle deformidad]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/juicio-acusado-dar-paliza-companero-trabajo-cordoba-causarle-deformidad_1_13289515.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/74a4bd56-6f7d-40fd-9616-9504636b20dd_16-9-discover-aspect-ratio_default_1144947.jpg" width="620" height="349" alt="A juicio un acusado de dar una paliza a un compañero de trabajo en Córdoba y causarle deformidad"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Fiscalía pide para él cuatro años de prisión</p></div><p class="article-text">
        La Secci&oacute;n Segunda de la Audiencia Provincial de C&oacute;rdoba prev&eacute; juzgar el pr&oacute;ximo 22 de junio a un hombre acusado de agredir brutalmente a un compa&ntilde;ero de trabajo y para el que la Fiscal&iacute;a pide cuatro a&ntilde;os de c&aacute;rcel.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n el escrito provisional de calificaci&oacute;n del Ministerio P&uacute;blico, los hechos ocurrieron en 2020 tras una discusi&oacute;n entre el acusado y la v&iacute;ctima. En un momento dado, el procesado comenz&oacute; a quejarse del trabajo que ten&iacute;a que hacer. Ante esta situaci&oacute;n, su compa&ntilde;ero le inst&oacute; a que cumpliera con sus obligaciones o que, de lo contrario, abandonara el lugar.
    </p><p class="article-text">
        Poco despu&eacute;s de este altercado verbal, el acusado aprovech&oacute; que se encontraba en el suelo para atacarlo por la espalda. El escrito de conclusiones provisionales detalla que el agresor le propin&oacute; una patada en el rostro utilizando para ello las botas de trabajo que calzaba.La agresi&oacute;n no ces&oacute; ah&iacute;, ya que, seg&uacute;n la Fiscal&iacute;a, el acusado continu&oacute; golpeando a su compa&ntilde;ero con numerosos pu&ntilde;etazos cuando este ya se encontraba semiinconsciente sobre el suelo.
    </p><p class="article-text">
        El Ministerio P&uacute;blico ha calificado los hechos como constitutivos de un delito de lesiones, haciendo especial hincapi&eacute; en la deformidad que la v&iacute;ctima sufre como consecuencia del ataque. Por ello, pide cuatro a&ntilde;os de prisi&oacute;n y el pago de las costas.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/juicio-acusado-dar-paliza-companero-trabajo-cordoba-causarle-deformidad_1_13289515.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 10 Jun 2026 07:51:52 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[A juicio un acusado de dar una paliza a un compañero de trabajo en Córdoba y causarle deformidad]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Justicia,Tribunales,Fiscalía]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Peritos del crimen de Sagunto revelan la "agresión brutal" que sufrió Rafael hasta morir asfixiado]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/peritos-crimen-sagunto-revelan-agresion-brutal-sufrio-rafael-morir-asfixiado_1_13286858.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/a0baecbb-ff43-42c5-b779-01e04fc35747_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Peritos del crimen de Sagunto revelan la &quot;agresión brutal&quot; que sufrió Rafael hasta morir asfixiado"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Los forenses que han declarado en la segunda sesión del juicio afirman que la víctima intentó defenderse y que en los hechos intervinieron, como mínimo, dos personas</p><p class="subtitle">La Policía halló huellas del autor confeso de la muerte en el travesaño con el que se agredió al fallecido, así como restos biológicos del otro procesado en una uña del difunto</p></div><p class="article-text">
        Rafael sufri&oacute; hasta la muerte e intent&oacute; defenderse. Esa es la principal conclusi&oacute;n a la que se llega despu&eacute;s de la segunda sesi&oacute;n del juicio a tres personas acusadas de su asesinato en su piso de la calle Reina Mercedes, en la zona de Sagunto. Este martes, la Secci&oacute;n Tercera de la Audiencia Provincial de C&oacute;rdoba ha acogido las declaraciones de hasta 13 testigos, todo ellos peritos, entre m&eacute;dicos forenses y polic&iacute;as que intervinieron de una forma u otra en el caso por el que se piden 23 a&ntilde;os de prisi&oacute;n para R. y J., y 17 para M. 
    </p><p class="article-text">
        En l&iacute;neas generales, la forense que analiz&oacute; la escena del crimen y los que hicieron la autopsia al cad&aacute;ver de Rafael han apuntado a una &ldquo;agresi&oacute;n muy brutal&rdquo; y a una resistencia desesperada por parte de la v&iacute;ctima. Estos expertos no solo han confirmado que Rafael sufri&oacute; una prolongada &ldquo;agon&iacute;a&rdquo;, sino que han desmontado las tesis de &ldquo;arrebato&rdquo; u obcecaci&oacute;n al revelar una frialdad incompatible con un estado de shock pasional. Seg&uacute;n sus declaraciones, la v&iacute;ctima no recibi&oacute; un &uacute;nico golpe, sino una &ldquo;gran cantidad&rdquo; de impactos repartidos por el costado, el cuello y la cabeza. Como posible arma que se us&oacute; en el crimen, se han referido a un travesa&ntilde;o met&aacute;lico de una cama de 1,90 metros que presentaba manchas de sangre. Casi al  t&eacute;rmino de la sesi&oacute;n, la Polic&iacute;a Cient&iacute;fica ha revelado que en dicho travesa&ntilde;o se hallaron &uacute;nicamente huellas de R., el acusado que ha reconocido que mat&oacute; a Rafael, aunque &ldquo;movido&rdquo; por una presunta agresi&oacute;n sexual que la v&iacute;ctima habr&iacute;a cometido sobre M., que era su pareja. 
    </p><p class="article-text">
        Por otro lado, los dos forenses que realizaron la autopsia al cad&aacute;ver han se&ntilde;alado que la causa de la muerte fue la asfixia, ejecutada mediante un doble mecanismo: la oclusi&oacute;n de nariz y boca, y la estrangulaci&oacute;n manual. Ambos mecanismos se habr&iacute;an llevado a cabo a la vez, seg&uacute;n uno de los forenses, dado que la v&iacute;ctima ten&iacute;a la nariz rota y hab&iacute;a muy poca sangre para este tipo de lesiones. Es decir, si tras la fractura de nariz hubiera estado mucho tiempo con vida, la sangre presente en la escena del crimen habr&iacute;a sido much&iacute;simo mayor a la encontrada. Adem&aacute;s, ten&iacute;a un dedo me&ntilde;ique y varias costillas rotos porque uno de los acusados se subi&oacute; a horcajadas. Ante estas evidencias, estos expertos han rechazado que la agresi&oacute;n la cometiera una &uacute;nica persona, sino, como m&iacute;nimo, dos. Asimismo, durante la sesi&oacute;n ha quedado reflejado que Rafael intent&oacute; defenderse debido a las lesiones que presentaba en antebrazos, manos, pies y rodillas.
    </p><p class="article-text">
        Estas muestras de autodefensa tambi&eacute;n se constatan en el desgarro del frenillo superior de la boca; indicio t&iacute;pico, seg&uacute;n los peritos, de que hizo movimientos laterales desesperados para sobrevivir mientras le comprim&iacute;an la cara. Finalmente, la v&iacute;ctima muri&oacute; asfixiada. Por todo ello, los forenses han afirmado, sin ning&uacute;n g&eacute;nero de dudas, que Rafael tuvo que sentir &ldquo;agon&iacute;a y sufrimiento ps&iacute;quico de saber que su vida se iba a terminar&rdquo;. Los informes toxicol&oacute;gicos realizados a la v&iacute;ctima han revelado la presencia de un f&aacute;rmaco, pero en dosis no t&oacute;xicas, y una ausencia total e alcohol. En cuanto al an&aacute;lisis de orina, los peritos han detectado restos de cinco f&aacute;rmacos distintos que pudieron ser ingeridos d&iacute;as o, incluso, semanas antes de los hechos.
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                Juicio a los acusados de asesinar a un hombre en el barrio de Sagunto                            </span>
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                </figure><h2 class="article-text">En la casa hab&iacute;a restos biol&oacute;gicos de los tres acusados</h2><p class="article-text">
        El an&aacute;lisis de las huellas y restos biol&oacute;gicos recogidos en el piso de Rafael sit&uacute;an a los tres procesados en la escena del crimen, aunque en la habitaci&oacute;n donde presumiblemente fue asesinado, solo se han hallado restos de R. y J. <a href="https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/defensas-crimen-sagunto-alegan-supuesta-agresion-sexual-detonante-asesinato_1_13283704.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">La defensa de este &uacute;ltimo afirm&oacute; este lunes</a> que su cliente no particip&oacute; en la agresi&oacute;n y que, incluso, no sab&iacute;a que la v&iacute;ctima estaba muerta cuando horas m&aacute;s tarde de la muerte entr&oacute; al piso para robar una televisi&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        En concreto, la Polic&iacute;a Cient&iacute;fica hall&oacute; el perfil gen&eacute;tico de J. tanto la u&ntilde;a del dedo me&ntilde;ique de Rafael, precisamente el dedo que ten&iacute;a roto, como en una mancha de sangre encontrada en la habitaci&oacute;n. Asimismo, el ADN de R. no solo se encontr&oacute; en el travesa&ntilde;o met&aacute;lico de la cama, sino tambi&eacute;n en el cintur&oacute;n de un bat&iacute;n de la v&iacute;ctima, en manchas de sangre y en otros objetos que se encontraron en el sal&oacute;n. De la procesada, por otro lado, tambi&eacute;n se hallaron huellas en una botella de cerveza, en un cigarro y una taza de caf&eacute;. Por &uacute;ltimo, la Polic&iacute;a hall&oacute; otras huellas que no han podido identificarse.
    </p><p class="article-text">
        En cuanto al momento de la muerte, aunque inicialmente se baraj&oacute; la franja entre las 9:00 y las 11:00 del 3 de abril bas&aacute;ndose en el humor v&iacute;treo de los ojos de la v&iacute;ctima, los forenses que hicieron la autopsia han situado el fallecimiento &ldquo;varias horas antes de las 9:00 del 3 de abril&rdquo;. No obstante, lo que s&iacute; han confirmado es que ese intervalo de tiempo no ser&iacute;a superior a las 12 horas por los s&iacute;ntomas de inicio de descomposici&oacute;n que ten&iacute;a el h&iacute;gado de Rafael.
    </p><h2 class="article-text">Los acusados sab&iacute;an lo que estaba pasando</h2><p class="article-text">
        En esta segunda sesi&oacute;n tambi&eacute;n ha quedado patente el grado de conocimiento de la realidad que ten&iacute;an los acusados. En cuanto a R., los m&eacute;dicos forenses han explicado que no padece ning&uacute;n tipo de adicci&oacute;n ni trastorno psicopatol&oacute;gico o de personalidad. De hecho, &eacute;l mismo neg&oacute; un consumo abusivo de sustancias, lo cual fue corroborado por los an&aacute;lisis cl&iacute;nicos. Adem&aacute;s, los expertos han rechazado la tesis de la defensa sobre un posible &ldquo;arrebato&rdquo; al observar a la v&iacute;ctima con su pareja, argumentando que conductas posteriores que sostiene la Fiscal&iacute;a -como ducharse, acostarse o quedarse fumando y bebiendo- son incompatibles con un estado de shock o una reacci&oacute;n impulsiva, la cual suele durar &ldquo;pocos minutos&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Respecto a J., el informe forense ha revelado que padece trastorno de conduta por consumo de sustancias (espec&iacute;ficamente coca&iacute;na y cannabis) y un trastorno de conducta, aunque los forenses han concluido que dicho trastorno no influy&oacute; &ldquo;en su inteligencia ni en su voluntad al momento de los hechos&rdquo;. Finalmente, el informe sobre la procesada, la forense han indicado que padece un retraso mental leve y madurativo. Aunque esto hace que la mujer sea &ldquo;una persona influenciable y f&aacute;cil de manipular en sus relaciones sociales&rdquo;, la mujer s&iacute; tiene una &ldquo;capacidad b&aacute;sica&rdquo; para conocer la realidad y entender que una persona ha sido da&ntilde;ada o ha muerto. Adem&aacute;s, ha afirmado que es &ldquo;una persona funcional porque ha trabajado, ha sido mam&aacute; y sabe distinguir entre el bien y el mal&rdquo;. El juicio continuar&aacute; este mi&eacute;rcoles. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 09 Jun 2026 12:19:55 +0000]]></pubDate>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Multas de 22 millones de euros para los traficantes de hachís oculto en botellas de aceite interceptado en Belmez]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/multas-22-millones-euros-traficantes-hachis-oculto-botellas-aceite-interceptado-belmez_1_13283382.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/7a7785f6-b65f-473b-b23f-fd51b1abfe43_16-9-discover-aspect-ratio_default_1144805.jpg" width="618" height="348" alt="Multas de 22 millones de euros para los traficantes de hachís oculto en botellas de aceite interceptado en Belmez"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Audiencia Nacional condena a ocho personas por formar una red de narcotráfico después de que la Guardia Civil aprehendiera cerca de 666 kilos de esta droga en un camión</p></div><p class="article-text">
        La Audiencia Nacional ha condenado a ocho personas a 32 a&ntilde;os y medio de prisi&oacute;n, y a casi 22 millones de euros en multas por formar una red de narcotr&aacute;fico que utilizaba transportes legales de mercanc&iacute;as para distribuir droga desde Andaluc&iacute;a hacia el norte de Espa&ntilde;a. La sentencia, a la que ha accedido este peri&oacute;dico, pone fin a un proceso iniciado en 2020 tras la interceptaci&oacute;n en la provincia de C&oacute;rdoba de un cami&oacute;n que transportaba una ingente cantidad de hach&iacute;s oculta en un cargamento de aceite de oliva.
    </p><p class="article-text">
        Fue en junio de 2020 cuando agentes de la Guardia Civil dieron el alto a un cami&oacute;n a la entrada de la localidad de Belmez, momento en el que se percataron del &ldquo;alto estado de nerviosismo&rdquo; en el conductor. Tras una inspecci&oacute;n de la carga, que oficialmente consist&iacute;a en pal&eacute;s de aceite de oliva de una empresa de Ja&eacute;n con destino a Francia, los guardias civiles hallaron dos grandes cajones de pl&aacute;stico que conten&iacute;an 665.820 gramos de resina de hach&iacute;s. La droga, distribuida en 171 bolsas transparentes, ten&iacute;a un valor de mercado estimado en 3.748.566,60 euros. El conductor intent&oacute; enga&ntilde;ar a los agentes afirmando que cre&iacute;a transportar piezas de coche, pero el tribunal ha considerado inveros&iacute;mil su versi&oacute;n, ya que los fardos eran visibles al abrir los cajones de pl&aacute;stico.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n los hechos probados, el operativo fue el resultado de un acuerdo previo iniciado en abril de 2020 entre otros dos acusados, A. e I. El primero se encargaba de conseguir la sustancia a trav&eacute;s de Desiderio y de preparar la log&iacute;stica en una nave de un pol&iacute;gono de Antequera. Por su parte, el segundo aportaba la infraestructura de transporte mediante su empresa con sede en Galicia, dando instrucciones directas al conductor sobre d&oacute;nde recoger la carga.
    </p><p class="article-text">
        El d&iacute;a del transporte, J. -otro acusado-, utilizando una carretilla elevadora, carg&oacute; los cajones con el hach&iacute;s en el remolque del cami&oacute;n bajo la supervisi&oacute;n directa de A. Tras la carga, este tap&oacute; los paquetes con un cart&oacute;n antes de que el veh&iacute;culo emprendiera rumbo hacia el norte atravesando C&oacute;rdoba.
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                Imagen del accidente del helicóptero                            </span>
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                </figure><h2 class="article-text">Dos personas murieron en un accidente de helic&oacute;ptero vinculado a la red</h2><p class="article-text">
        La investigaci&oacute;n policial, liderada por la Unidad Central Operativa de M&aacute;laga, permiti&oacute; descubrir que la red pretend&iacute;a usar un helic&oacute;ptero para introducir hach&iacute;s. La aeronave <a href="https://www.europapress.es/andalucia/sevilla-00357/noticia-hipotesis-mas-probable-helicoptero-accidentado-pedrera-sevilla-ligado-narcotrafico-20200727175225.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">se estrell&oacute; el 27 de julio de 2020</a> en Pedrera (Sevilla), falleciendo sus dos ocupantes, entre ellos, un hombre que hab&iacute;a participado en la carga del cami&oacute;n en Antequera. Antes del siniestro, A. hab&iacute;a intentado comprar un visor nocturno en una armer&iacute;a de Toledo para &ldquo;volar con un helic&oacute;ptero por la noche&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La operaci&oacute;n continu&oacute; hasta marzo de 2021, cuando se logr&oacute; desmantelar una importante infraestructura de transporte mar&iacute;timo. En registros realizados en naves industriales de Colmenar y Alhaur&iacute;n el Grande, se intervinieron dos embarcaciones semirr&iacute;gidas consideradas g&eacute;nero prohibido. En estas instalaciones tambi&eacute;n se hallaron m&aacute;s de 2.000 litros de gasolina en garrafas, m&aacute;quinas de envasado al vac&iacute;o y dispositivos GPS.
    </p><h2 class="article-text">Rebaja significativa de las penas y las multas</h2><p class="article-text">
        El fallo de la Audiencia Nacional ha supuesto una reducci&oacute;n significativa respecto a las peticiones del Ministerio Fiscal, que solicitaba un total de 92 a&ntilde;os de prisi&oacute;n y m&aacute;s de 62 millones de euros en multas. Los motivos de esta reducci&oacute;n penal han sido dos. En primer lugar, la Audiencia Nacional ha determinado que los condenados no constitu&iacute;an una organizaci&oacute;n criminal, sino que eran codelincuentes. En segundo lugar, ha aplicado la atenuante de dilaciones indebidas porque el proceso se ha prolongado durante seis a&ntilde;os. 
    </p><p class="article-text">
        De esta forma, la Sala ha condenado a ocho personas. A los cinco principales responsables del transporte de los 665 kilos de hach&iacute;s les ha impuesto una pena individual de tres a&ntilde;os y cuatro meses de prisi&oacute;n y una multa de 4.000.000 de euros. Por la posesi&oacute;n de embarcaciones semirr&iacute;gidas de alta potencia, la Audiencia Nacional ha condenado a otras tres personas a una pena de tres a&ntilde;os y un d&iacute;a de prisi&oacute;n. Esta misma pena tambi&eacute;n se le ha impuesto a dos de los principales responsables del transporte de hach&iacute;s.  En relaci&oacute;n con este delito, las multas var&iacute;an seg&uacute;n el valor de la embarcaci&oacute;n y van desde los 280.001 euros hasta los 455.001. 
    </p><p class="article-text">
        Por &uacute;ltimo, el tribunal ha absuelto a dos procesados por haber sido investigados a sus espaldas sin ser informados de su condici&oacute;n hasta que se les notific&oacute; el auto de procesamiento, lo que ha vulnerado su derecho a la defensa.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/multas-22-millones-euros-traficantes-hachis-oculto-botellas-aceite-interceptado-belmez_1_13283382.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 08 Jun 2026 18:04:12 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Multas de 22 millones de euros para los traficantes de hachís oculto en botellas de aceite interceptado en Belmez]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Justicia,Tribunales,hachís,Audiencia Nacional]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Las defensas del crimen de Sagunto alegan una supuesta agresión sexual como detonante del asesinato]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/defensas-crimen-sagunto-alegan-supuesta-agresion-sexual-detonante-asesinato_1_13283704.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/d30d410f-c5b1-417b-888c-ebfb69692aad_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Las defensas del crimen de Sagunto alegan una supuesta agresión sexual como detonante del asesinato"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba inicia este lunes una semana intensa en la que se celebrará el juicio por jurado a tres personas acusadas de matar a un hombre y robar en su vivienda

</p><p class="subtitle">Uno de los procesados se reconoce como autor de la muerte en la modalidad de homicidio doloso y no en asesinato</p></div><p class="article-text">
        La Secci&oacute;n Tercera de la Audiencia Provincial de C&oacute;rdoba ha celebrado este lunes la primera sesi&oacute;n del juicio por jurado que juzgar&aacute; a tres personas, R., J. y M., por la muerte de Rafael, un vecino de Sagunto, que perdi&oacute; la vida en su propia casa en la calle Reina Mercedes, y por dos delitos de robo. El juicio, previsto para las 9:30, ha comenzado pasadas las 12:00 ante la complejidad que supone constituir un tribunal de jurado. La sesi&oacute;n se ha alargado hasta la tarde y ha cogido la declaraci&oacute;n de m&aacute;s de diez personas. Los acusados testificar&aacute;n despu&eacute;s de que lo hayan hecho todos los testigos, aunque sus defensas ya han adelantado que la muerte de Rafael se produjo como respuesta a un supuesto intento de violaci&oacute;n que la v&iacute;ctima habr&iacute;a intentado ejecutar con la mujer que tambi&eacute;n est&aacute; procesada.
    </p><p class="article-text">
        La sesi&oacute;n ha arrancado con la lectura de los escritos de calificaci&oacute;n de la Fiscal&iacute;a y de la acusaci&oacute;n particular, representada por la hija de la v&iacute;ctima. Ambas acusaciones coinciden en responsabilizar de los hechos a los tres acusados, en mayor o menor medida, solicitando para los dos hombres  20 a&ntilde;os de prisi&oacute;n por el delito de asesinato m&aacute;s cuatro a&ntilde;os por el robo con violencia y otros tres a&ntilde;os por el robo con fuerza. Para la mujer han pedido una pena de diez a&ntilde;os por asesinato m&aacute;s las penas por los robos, sumando 17 a&ntilde;os de prisi&oacute;n. Los procesados habr&iacute;an conocido a la v&iacute;ctima en un centro social del barrio. <a href="https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/audiencia-juzgara-tres-personas-matar-hombre-casa-despues-siguieron-fiesta_1_13274578.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Seg&uacute;n el Ministerio P&uacute;blico</a>, la noche del 2 de abril, mientras las cuatro personas se encontraban en la vivienda en un ambiente festivo, se produjo una discusi&oacute;n por causas a&uacute;n no esclarecidas. En un momento dado, los dos hombres acusados llevaron a la v&iacute;ctima por la fuerza a un peque&ntilde;o dormitorio junto al sal&oacute;n. All&iacute;, lo arrojaron sobre un colch&oacute;n y, aprovechando su estado de indefensi&oacute;n, le propinaron una brutal paliza con pu&ntilde;etazos y patadas. La agresi&oacute;n escal&oacute; cuando utilizaron un travesa&ntilde;o de hierro para golpearle repetidamente en la cabeza y el cuerpo. Finalmente, le taparon la nariz y la boca para evitar que gritara, lo que le provoc&oacute; la muerte. A pesar de la extrema violencia ejercida, los tres acusados permanecieron en el piso continuando con la fiesta y donde llegaron a dormir.
    </p><p class="article-text">
        Al d&iacute;a siguiente, contin&uacute;a la Fiscal&iacute;a, cuando se aseguraron de no ser vistos, abandonaron el inmueble llev&aacute;ndose consigo dos cadenas doradas, un tel&eacute;fono m&oacute;vil y unas zapatillas de deporte, efectos tasados en 193 euros. Adem&aacute;s, uno de los acusados regres&oacute; posteriormente con las llaves de la v&iacute;ctima para sustraer un televisor de grandes dimensiones valorado en 200 euros. Fue precisamente este movimiento el que alert&oacute; a una vecina, quien avis&oacute; a los familiares de la v&iacute;ctima al sospechar de la situaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Por su parte, la defensa de uno de los acusados, R., y de su pareja, M., ha reconocido que su cliente es el autor de la muerte de Rafael, pero ha rechazado la acusaci&oacute;n de asesinato. Seg&uacute;n su versi&oacute;n, R. sorprendi&oacute; a la v&iacute;ctima intentando abusar de M., lo que le provoc&oacute; un estado de &ldquo;ofuscaci&oacute;n y cerraz&oacute;n&rdquo;, ha apuntado su abogada, que ha asegurado que su cliente &ldquo;no ten&iacute;a intenci&oacute;n de matar, sino de darle una lecci&oacute;n&rdquo;. &ldquo;Cualquier persona, en un momento as&iacute;, podr&iacute;a perder la cabeza&rdquo;, ha seguido apuntando esta letrada, quien ha afirmado que el acusado &ldquo;confes&oacute; los hechos, ayud&oacute; a la Polic&iacute;a a esclarecer lo sucedido y se encontraba bajo la influencia del alcohol en el momento del ataque&rdquo;. Por ello, ha solicitado que sea juzgado por un delito de homicidio doloso, al no apreciarse alevos&iacute;a ni ensa&ntilde;amiento. A lo largo de esta semana se esclarecer&aacute; si esta confesi&oacute;n y ayuda fueron tales. 
    </p><p class="article-text">
        Para M., la misma defensa ha solicitado la libre absoluci&oacute;n y ha se&ntilde;alado que tiene discapacidad intelectual y que en el momento de los hechos estaba embarazada de dos meses. Seg&uacute;n su abogada, la acusada no particip&oacute; en la agresi&oacute;n y los otros dos acusados le ocultaron la muerte de Rafael, de la cual no tuvo conocimiento hasta que fue informada por la Polic&iacute;a. 
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                Uno de los acusados                            </span>
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        Por su parte, la defensa de J. ha negado cualquier participaci&oacute;n en la muerte de Rafael y sostiene que, en un momento dado de la noche del 2 de abril, la v&iacute;ctima habr&iacute;a intento agredir sexualmente a la procesada. Tras esto, seg&uacute;n su versi&oacute;n, la mujer y &eacute;l se fueron &ldquo;a otro piso&rdquo; mientras que R. se qued&oacute; con Rafael en su piso y reconoce que volvi&oacute; despu&eacute;s de los hechos, ya el d&iacute;a 3, para sustraer diversos objetos de la casa. Adem&aacute;s, asegura que no sab&iacute;a que la v&iacute;ctima hab&iacute;a muerto. Por tanto, ha pedido que se le juzgue &uacute;nicamente por un delito de hurto -dado que &eacute;l, asegura, ten&iacute;a las llaves del piso de la v&iacute;ctima- y se le aplique la atenuante de drogadicci&oacute;n y un trastorno de personalidad. Los tres fueron detenidos el 5 de abril en una nave de Chinales con algunos de los objetos que eran propiedad de la v&iacute;ctima.
    </p><h2 class="article-text">Vecinas y familiares aseguran que &ldquo;no era normal&rdquo; que la v&iacute;ctima metiera a nadie en su casa</h2><p class="article-text">
        La ronda de declaraciones la ha iniciado una vecina de la v&iacute;ctima, quien, como el resto de conocidas y familiares de Rafael, ha explicado que &ldquo;no era normal&rdquo; que este hombre acogiera a nadie en su casa y que, ni mucho menos, hiciera fiestas o pusiera m&uacute;sica, tal y como ocurri&oacute; tanto la noche del crimen como el d&iacute;a previo. En primer lugar ha declarado la &uacute;nica vecina que, el d&iacute;a de la muerte de Rafael, llam&oacute; a la casa para pedirles que bajaran la m&uacute;sica. Ha relatado que aquella noche del 2 de abril escuch&oacute; &ldquo;risas de hombres y de una mujer, y m&uacute;sica muy alta&rdquo;. Antes de llamarles la atenci&oacute;n, logr&oacute; escuchar a Rafael, aunque no muy bien. Cuando llam&oacute; a la puerta, le abrieron los procesados R. y M., que le aseguraron que eran pareja, que ella estaba embarazada, que ven&iacute;an de Madrid y que Rafael les hab&iacute;a alquilado una habitaci&oacute;n, algo que a esta vecina le extra&ntilde;&oacute; sobremanera. 
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, poco despu&eacute;s de que esta vecina se quejara del ruido, los acusados volvieron a subir la m&uacute;sica mucho m&aacute;s y, tras esto, oy&oacute; un golpe seco en la pared. Despu&eacute;s, nunca m&aacute;s volvi&oacute; a escuchar a su vecino. Esta vecina ha apuntado que la noche del 2 de abril no fue la &uacute;nica en la que hubo problemas por el volumen de la m&uacute;sica, sino que tambi&eacute;n se produjeron el d&iacute;a anterior, aunque ha reconocido que no les llam&oacute; la atenci&oacute;n porque entend&iacute;a que pod&iacute;a ser ocasional.
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                Dos de los acusados                            </span>
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        Otra vecina ha declarado que el d&iacute;a despu&eacute;s del crimen, el 3 de abril, se cruz&oacute; con R. y vio que llevaba pertenencias de Rafael, como &ldquo;sus zapatillas de deporte, su tel&eacute;fono m&oacute;vil y sus cadenas de oro&rdquo;. En el momento en que esta vecina vio a este procesado, a&uacute;n no se hab&iacute;a descubierto el hallazgo del cuerpo de la v&iacute;ctima. Una tercera vecina ha afirmado que tambi&eacute;n el 3 de abril vio a otro procesado -seg&uacute;n su descripci&oacute;n, J.- salir de la vivienda de Rafael cargando con el televisor a plena luz del d&iacute;a.
    </p><p class="article-text">
        Dada que la situaci&oacute;n era, para todas las vecinas, &ldquo;muy extra&ntilde;a&rdquo;, una de ellas decidi&oacute; avisar a uno de los hermanos de la v&iacute;ctima. En cuanto este pudo, se present&oacute; en el piso de Rafael. Nada m&aacute;s entrar, seg&uacute;n ha declarado ante la magistrada, se encontr&oacute; &ldquo;las paredes manchadas de sangre y un sal&oacute;n&rdquo; con claros indicios de haber acogido una fiesta. Decidi&oacute; entonces ir hacia la habitaci&oacute;n de su hermano. All&iacute; hall&oacute; su cad&aacute;ver, &ldquo;debajo de un colch&oacute;n y de ropa, totalmente reventado, con golpes por todos lados y ensangrentado&rdquo;. Este testigo ha insistido en que su hermano era una persona vulnerable -al parecer, sufr&iacute;a depresi&oacute;n-, que tomaba mucha medicaci&oacute;n y que, debido a su bondad, &ldquo;confiaba con facilidad&rdquo; en desconocidos.
    </p><p class="article-text">
        En esta primera sesi&oacute;n tambi&eacute;n han declarado un amigo de la v&iacute;ctima, quien le advirti&oacute; que &ldquo;tuviera cuidado&rdquo; con las personas con las que iba cuando lo vio con los procesados; as&iacute; como otros dos hermanos de la v&iacute;ctima y su hija, quien, emocionada, se ha referido a la buena relaci&oacute;n que ten&iacute;an, pese a no convivir juntos, y a los proyectos futuros de vida que ten&iacute;an. Todos los testigos han se&ntilde;alado que la v&iacute;ctima era &ldquo;muy buena persona&rdquo; y &ldquo;siempre ayudaba&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/defensas-crimen-sagunto-alegan-supuesta-agresion-sexual-detonante-asesinato_1_13283704.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 08 Jun 2026 12:45:48 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Las defensas del crimen de Sagunto alegan una supuesta agresión sexual como detonante del asesinato]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Justicia,Tribunales,asesinato]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Audiencia tumba la absolución de un hombre acusado de pegar a su pareja pese a los partes médicos]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/audiencia-tumba-absolucion-hombre-acusado-pegar-pareja-pese-partes-medicos_1_13277783.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/b9a3be5b-3307-475f-8c3e-6c478271594b_16-9-discover-aspect-ratio_default_1144608.jpg" width="1068" height="601" alt="La Audiencia tumba la absolución de un hombre acusado de pegar a su pareja pese a los partes médicos"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El tribunal califica de "irracional" que el juez descartara la agresión porque el golpe fue en el pómulo y la herida apareció en la nariz, ignorando además los testimonios de los hijos y los informes forenses</p><p class="subtitle">El magistrado de instancia deberá dictar una nueva sentencia teniendo en cuenta todas las pruebas que obran en la causa</p></div><p class="article-text">
        La Secci&oacute;n Segunda de la Audiencia Provincial de C&oacute;rdoba ha declarado la nulidad parcial de un fallo absolutorio previo, obligando a un magistrado de instancia a redactar una nueva resoluci&oacute;n. El tribunal superior considera que la decisi&oacute;n de absolver a un hombre acusado de maltrato incurri&oacute; en una valoraci&oacute;n de la prueba &ldquo;irracional&rdquo; y &ldquo;extravagante&rdquo;, dejando en la indefensi&oacute;n a la v&iacute;ctima al ignorar pruebas documentales y testificales determinantes.
    </p><p class="article-text">
        Los hechos se remontan a noviembre de 2025, cuando el Juzgado de lo Penal n&uacute;mero 6 de C&oacute;rdoba absolvi&oacute; a un hombre de un delito de lesiones en el &aacute;mbito de la violencia de g&eacute;nero. El magistrado de instancia fundament&oacute; su decisi&oacute;n en un argumento que la Audiencia ha calificado ahora de absurdo: como la v&iacute;ctima presentaba una herida de dos mil&iacute;metros en el lado izquierdo de la nariz y los testigos hablaban de manotazos en el p&oacute;mulo, no pod&iacute;a existir conexi&oacute;n entre el golpe y la lesi&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Para el juez de instancia, el hecho de que la mujer no mencionara espec&iacute;ficamente la &ldquo;zona nasal&rdquo; al describir los manotazos era motivo suficiente para dictaminar que &ldquo;no existe prueba alguna de que fue agredida por su pareja&rdquo;. Frente a esta sentencia, la v&iacute;ctima recurri&oacute; a la Audiencia, que no ha ahorrado cr&iacute;ticas hacia el razonamiento del Juzgado de lo Penal. Para el tribunal es &ldquo;irracional&rdquo; sostener que un manotazo en el rostro no puede causar una lesi&oacute;n en la nariz, dada la &ldquo;extrema cercan&iacute;a&rdquo; entre ambas zonas en el mismo lado de la cara.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, la Audiencia ha subrayado que el juez de instancia incurri&oacute; en un &ldquo;notable d&eacute;ficit motivacional&rdquo; al omitir por completo pruebas clave que figuraban en la causa, entre ellas, que la v&iacute;ctima ha mantenido siempre la misma versi&oacute;n de la agresi&oacute;n. Asimismo, el juez ha obviado tanto la pericial m&eacute;dico-forense como el parte de lesiones que se expidi&oacute; apenas unos instantes despu&eacute;s de los hechos que corroboraba la versi&oacute;n de la mujer.
    </p><p class="article-text">
        A todo esto hay que sumar que, tal y como se&ntilde;ala la Audiencia, el magistrado de instancia tampoco valor&oacute; las declaraciones de los hijos de la pareja, quienes presenciaron los hechos y comparecieron en el plenario.
    </p><p class="article-text">
        Por ello, la Audiencia ha considerado que la valoraci&oacute;n fue &ldquo;absolutamente arbitraria&rdquo; y que se redactaron unos hechos probados en sentido negativo sin ni siquiera incluir la existencia de las lesiones, a pesar de que el propio juez las mencionaba en sus fundamentos jur&iacute;dicos. En consecuencia, el tribunal ha ordenado la retroacci&oacute;n de las actuaciones, por lo que el magistrado de lo Penal n&uacute;mero 6 deber&aacute; ahora redactar una nueva sentencia valorando todas las pruebas.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/audiencia-tumba-absolucion-hombre-acusado-pegar-pareja-pese-partes-medicos_1_13277783.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sun, 07 Jun 2026 17:47:31 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Audiencia tumba la absolución de un hombre acusado de pegar a su pareja pese a los partes médicos]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Justicia,Tribunales,Violencia de género]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El COE niega que Alejandro Blanco participara en la venta judicial del Córdoba CF]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/coe-niega-alejandro-blanco-participara-venta-judicial-cordoba-cf_1_13281631.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/15144c32-34ea-4b11-b9c3-df9e8f604dd9_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El COE niega que Alejandro Blanco participara en la venta judicial del Córdoba CF"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El organismo asegura que su presidente solo presentó a los intervinientes en la operación y que no recibió retribución ni ventaja alguna del proceso</p></div><p class="article-text">
        Las reacciones a la noticia publicada en la noche de ayer por parte de 'Cord&oacute;polis' no se han hecho esperar. Primero fue el C&oacute;rdoba CF a trav&eacute;s de un comunicado oficial y, durante la tarde, el Comit&eacute; Ol&iacute;mpico Espa&ntilde;ol ha desmentido la implicaci&oacute;n de su presidente, Alejandro Blanco, en los hechos relacionados con la venta judicial del C&oacute;rdoba CF que est&aacute;n siendo investigados por el Juzgado de Instrucci&oacute;n n&uacute;mero 2 de C&oacute;rdoba.
    </p><p class="article-text">
        En un comunicado, el COE ha asegurado que su presidente no tuvo participaci&oacute;n en la operaci&oacute;n m&aacute;s all&aacute; de la &ldquo;mera presentaci&oacute;n de los intervinientes&rdquo; y ha recalcado que no realiz&oacute; actividad alguna ni percibi&oacute; &ldquo;retribuci&oacute;n, estipendio o ventaja&rdquo; como consecuencia de dicha presentaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        La reacci&oacute;n del organismo llega despu&eacute;s de que se conocieran la apertura de diligencias tras una querella presentada por Hartmann &amp; Morato Sports, acreedora del C&oacute;rdoba CF. La denuncia cuestiona la legalidad de la operaci&oacute;n por la que Uni&oacute;n Futbol&iacute;stica Cordobesa SAD adquiri&oacute; la unidad productiva del club en 2019 y pas&oacute; a competir bajo la denominaci&oacute;n de C&oacute;rdoba CF.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n se recoge en la querella a la que tuvo acceso este peri&oacute;dico, en las diligencias aparecen los nombres de Alejandro Blanco y de Luis Rubiales, expresidente de la Real Federaci&oacute;n Espa&ntilde;ola de F&uacute;tbol. No obstante, el COE ha subrayado que es &ldquo;completamente ajeno&rdquo; a las vicisitudes de las entidades deportivas y a sus procesos judiciales.
    </p><p class="article-text">
        El organismo tambi&eacute;n ha se&ntilde;alado que la inscripci&oacute;n del C&oacute;rdoba se produjo como consecuencia de una resoluci&oacute;n dictada en septiembre de 2020 por el Juzgado de lo Mercantil de C&oacute;rdoba, encargado de tramitar el concurso de la entidad. Por ello, sostiene que los hechos se&ntilde;alados ser&iacute;an atribuibles a la actuaci&oacute;n judicial y no a Blanco.
    </p><p class="article-text">
        El COE ha defendido que la actuaci&oacute;n de su presidente se enmarca en las relaciones institucionales y el conocimiento de distintos agentes acumulados durante a&ntilde;os de representaci&oacute;n del deporte espa&ntilde;ol.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Nacho Serrano]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/coe-niega-alejandro-blanco-participara-venta-judicial-cordoba-cf_1_13281631.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sat, 06 Jun 2026 18:48:41 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El COE niega que Alejandro Blanco participara en la venta judicial del Córdoba CF]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunales,Córdoba,España,juicio,El Arcángel,Córdoba CF,Córdoba Club de Fútbol,CCF]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Córdoba CF sale al paso de la querella y niega que haya pronunciamiento judicial contra el club]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/cordoba-cf-sale-paso-querella-niega-haya-pronunciamiento-judicial-club_1_13281292.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/5fab6dd0-8d26-4ba5-932f-df94bfed4d34_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Córdoba CF sale al paso de la querella y niega que haya pronunciamiento judicial contra el club"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La entidad blanquiverde responde mediante un comunicado oficial a las informaciones publicadas por 'Cordópolis' sobre las diligencias abiertas en torno a la venta del club y la inscripción de UFC SAD como Córdoba CF</p></div><p class="article-text">
        El C&oacute;rdoba CF ha reaccionado oficialmente a la informaci&oacute;n publicada en la jornada de ayer por parte de &lsquo;Cord&oacute;polis&rsquo; en la que detallaba la querella interpuesta por Hartmann &amp; Morato Sports S.L. El motivo: la operaci&oacute;n de venta de la unidad productiva del antiguo C&oacute;rdoba CF SAD y la posterior inscripci&oacute;n de Uni&oacute;n Futbol&iacute;stica Cordobesa SAD como C&oacute;rdoba CF. 
    </p><p class="article-text">
        En este sentido, la entidad blanquiverde ha emitido un comunicado en su p&aacute;gina web oficial en el que asegura que, &ldquo;a fecha de hoy no ha recibido notificaci&oacute;n alguna en relaci&oacute;n con la querella a la que se refer&iacute;an dichas informaciones&rdquo;. El club subraya, adem&aacute;s, que &ldquo;no existe pronunciamiento judicial alguno contra Uni&oacute;n Futbol&iacute;stica Cordobesa SAD, sus accionistas, administradores o representantes&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La respuesta del C&oacute;rdoba CF llega despu&eacute;s de que este peri&oacute;dico publicara que el juzgado ha iniciado diligencias previas tras la querella presentada por Hartmann &amp; Morato Sports S.L., antigua Bitton Sport, contra varios de los protagonistas de aquella operaci&oacute;n societaria y federativa. En esa querella se se&ntilde;alan, entre otros, al expresidente de la RFEF, Luis Rubiales; al presidente del Comit&eacute; Ol&iacute;mpico Espa&ntilde;ol (COE), Alejandro Blanco; al ex CEO del C&oacute;rdoba CF, Javier Gonz&aacute;lez Calvo; al administrador concursal Francisco Estepa; a sociedades vinculadas a Infinity y a parte del Consejo de Administraci&oacute;n de la actual entidad blanquiverde. 
    </p><p class="article-text">
        En su comunicado, el C&oacute;rdoba CF evita entrar en el fondo de las acusaciones recogidas en la querella y se limita a remarcar que no ha sido formalmente notificado. La entidad expresa tambi&eacute;n su &ldquo;plena confianza en el sistema judicial espa&ntilde;ol&rdquo; y afirma que &ldquo;cooperar&aacute; con cualquier autoridad competente en caso de ser requerido para ello&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        El club insiste, igualmente, en que contin&uacute;a desarrollando su actividad &ldquo;con normalidad&rdquo; y que &ldquo;mantiene su foco en sus objetivos deportivos, comerciales y sociales&rdquo;. Con ello, la entidad trata de separar el frente judicial abierto de su d&iacute;a a d&iacute;a institucional y deportivo, en un momento especialmente sensible por la repercusi&oacute;n p&uacute;blica de la informaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        La querella, tal y como recoge este peri&oacute;dico, sostiene que la operaci&oacute;n que permiti&oacute; a la nueva sociedad hacerse con la unidad productiva del C&oacute;rdoba CF SAD habr&iacute;a separado los activos deportivos y comerciales del club de sus deudas, dejando en una posici&oacute;n perjudicada a los acreedores de la sociedad anterior. El escrito apunta tambi&eacute;n al cambio de criterio federativo que acab&oacute; permitiendo a UFC SAD competir como C&oacute;rdoba CF. 
    </p><p class="article-text">
        Por ahora, el C&oacute;rdoba CF se sit&uacute;a en un plano de cautela jur&iacute;dica. La entidad afirma que, una vez reciba cualquier notificaci&oacute;n formal y esta sea analizada por sus asesores legales, se reservar&aacute; &ldquo;todos los derechos que le asistan en defensa de su reputaci&oacute;n e intereses legales&rdquo;.
    </p><blockquote class="twitter-tweet" data-lang="es"><a href="https://twitter.com/X/status/2063247422084579576?ref_src=twsrc%5Etfw"></a></blockquote><script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Nacho Serrano]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/cordoba-cf-sale-paso-querella-niega-haya-pronunciamiento-judicial-club_1_13281292.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sat, 06 Jun 2026 14:04:26 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Córdoba CF sale al paso de la querella y niega que haya pronunciamiento judicial contra el club]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunales,Córdoba,Córdoba Club de Fútbol,CCF,El Arcángel,Estadio El Arcángel,sociedad,España,Justicia,rfef]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Un juez abre diligencias contra Alejandro Blanco y Luis Rubiales por la venta del Córdoba CF]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/juez-abre-diligencias-presidente-coe-luis-rubiales-venta-cordoba-cf_1_13276584.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/5472e316-12e1-48c8-8578-c5ba0981759c_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Un juez abre diligencias contra Alejandro Blanco y Luis Rubiales por la venta del Córdoba CF"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La querella, admitida en fase inicial, señala a Rubiales, Alejandro Blanco, Javier González Calvo y el entorno de Infinity por una operación que habría dejado atrás a los acreedores de la SAD anterior y pone bajo sospecha el cambio de criterio federativo que permitió a UFC SAD competir como “Córdoba CF”</p></div><p class="article-text">
        M&aacute;s l&iacute;o judicial en torno al C&oacute;rdoba CF. Mientras la Audiencia Provincial celebra estos d&iacute;as la vista oral contra Carlos Gonz&aacute;lez, expresidente y m&aacute;ximo accionista de la entidad blanquiverde, por presuntas irregularidades cometidas durante su gesti&oacute;n, otro frente se abre paso. Y es que el titular del Juzgado de Instrucci&oacute;n n.&ordm; 2 de C&oacute;rdoba ha iniciado las diligencias previas para investigar una querella presentada por Hartmann &amp; Morato Sports S.L., antigua Bitton Sport, contra varios de los protagonistas de la operaci&oacute;n que termin&oacute; con la venta de la unidad productiva del C&oacute;rdoba Club de F&uacute;tbol SAD y con la posterior inscripci&oacute;n de la Uni&oacute;n Futbol&iacute;stica Cordobesa SAD como C&oacute;rdoba CF.
    </p><p class="article-text">
        La resoluci&oacute;n judicial, a la que ha tenido acceso <em>Cord&oacute;polis</em>, acuerda el inicio de diligencias al apreciar que los hechos descritos en la querella podr&iacute;an presentar, al menos en esta fase inicial, &ldquo;caracter&iacute;sticas constitutivas de alguna infracci&oacute;n penal&rdquo;. De manera m&aacute;s concreta, se habla de presuntos delitos de administraci&oacute;n desleal, cohecho, corrupci&oacute;n entre particulares, tr&aacute;fico de influencias y blanqueo de capitales. Entre los querellados figuran el expresidente de la Real Federaci&oacute;n Espa&ntilde;ola de F&uacute;tbol, Luis Rubiales; el presidente del Comit&eacute; Ol&iacute;mpico Espa&ntilde;ol, Alejandro Blanco; el ex CEO de la entidad cordobesista, Javier Gonz&aacute;lez Calvo; el administrador concursal Francisco Estepa, sociedades vinculadas a Infinity y parte del Consejo de Administraci&oacute;n del actual C&oacute;rdoba CF. 
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                Alejandro Blanco, presidente del COE, junto a Javier González Calvo en la Ciudad Deportiva                            </span>
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        La querella sostiene que la operaci&oacute;n que permiti&oacute; a la nueva sociedad hacerse con la unidad productiva del C&oacute;rdoba CF SAD fue, en realidad, una maniobra dise&ntilde;ada para separar los activos deportivos y comerciales del club de sus deudas, dejando a los acreedores en una posici&oacute;n gravemente perjudicada. Hartmann &amp; Morato Sports S.L. (integrada por los hijos del malogrado Joaqu&iacute;n Zulategui, antiguo consejero del club) afirma en su escrito que era acreedora del club en el concurso de acreedores y que ten&iacute;a reconocidos cr&eacute;ditos por m&aacute;s de 3,1 millones de euros, adem&aacute;s de otras cantidades superiores a los 30.000 euros. Seg&uacute;n esta versi&oacute;n, la venta permiti&oacute; que la nueva entidad conservara los elementos esenciales del proyecto deportivo (la plaza, la identidad, el nombre de competici&oacute;n y la continuidad federativa) mientras el viejo C&oacute;rdoba CF SAD quedaba en concurso y con sus acreedores sometidos a una quita del 80% y una espera de 119 meses.
    </p><p class="article-text">
        El escrito, de casi una treintena de p&aacute;ginas, reconstruye la operaci&oacute;n desde la detenci&oacute;n en noviembre de 2019 del entonces presidente del C&oacute;rdoba CF SAD, Jes&uacute;s Le&oacute;n, hasta la venta de la unidad productiva y la posterior inscripci&oacute;n de la nueva sociedad en competici&oacute;n. &ldquo;La operaci&oacute;n CORDOBBA CF (sic) se ha se&ntilde;alado p&uacute;blicamente como el gran fraude del f&uacute;tbol espa&ntilde;ol y no sin raz&oacute;n&rdquo;, dice. Tal y como recoge la querella, apenas unos d&iacute;as despu&eacute;s de aquella intervenci&oacute;n judicial se solicit&oacute; el concurso voluntario del club y se present&oacute; una oferta para adquirir la unidad productiva, lo que levanta, por la rapidez de los acontecimientos, las suspicacias de la parte demandante. En el escrito, incluso, se pregunta c&oacute;mo la solicitud entr&oacute; un viernes por la tarde (20:23 horas) y el lunes siguiente el Juzgado Mercantil n&ordm; 1 de C&oacute;rdoba acord&oacute; el concurso, nombr&oacute; administrador concursal a Francisco Estepa y autoriz&oacute; la venta de la unidad productiva. Entienden que esa celeridad no fue casual, sino el s&iacute;ntoma de una operaci&oacute;n preparada con antelaci&oacute;n.
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                Joaquín Zulategui y Jesús León en una junta general de accionistas                            </span>
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        Uno de los ejes del texto es la supuesta falta de transparencia en el proceso de venta. La querellante afirma que hubo otros interesados en obtener informaci&oacute;n e incluso en formular ofertas superiores (alguna, seg&uacute;n el documento, de hasta nueve millones de euros), pero que no se les habr&iacute;a facilitado una posibilidad real de competir. El documento llega a calificar la operaci&oacute;n como una &ldquo;expropiaci&oacute;n en toda regla&rdquo;, al entender que se produjo una venta a bajo coste, sin tasaci&oacute;n suficiente y sin garant&iacute;as de que el precio respondiera al valor real del club.
    </p><h2 class="article-text">El giro de la RFEF y la &ldquo;supuesta intervenci&oacute;n&rdquo; institucional</h2><p class="article-text">
        La querella, y aqu&iacute; radica bastante de lo novedoso del asunto, dedica buena parte de su relato al papel de la RFEF. Seg&uacute;n el escrito, el ente federativo, liderado en ese momento por Luis Rubiales, mantuvo en un primer momento una posici&oacute;n contraria a la inscripci&oacute;n de UFC SAD como C&oacute;rdoba CF, al entender que los derechos federativos y de competici&oacute;n no pod&iacute;an transmitirse sin m&aacute;s dentro de una venta de unidad productiva. El documento cita el principio de m&eacute;rito deportivo y las normas federativas, de FIFA y de UEFA, para sostener que la inscripci&oacute;n de la nueva sociedad no era jur&iacute;dicamente viable. Sin embargo, la querellante afirma que la Federaci&oacute;n cambi&oacute; de criterio en el &uacute;ltimo momento y acab&oacute; inscribiendo a UFC SAD en Segunda B como &ldquo;C&oacute;rdoba CF&rdquo;, pese a que, seg&uacute;n su interpretaci&oacute;n, el auto judicial no ordenaba esa inscripci&oacute;n, sino que remit&iacute;a a la Federaci&oacute;n la comprobaci&oacute;n de dichos requisitos.
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                    alt="Luis Rubiales, presidente de la RFEF, durante un acto"
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                Luis Rubiales, presidente de la RFEF, durante un acto                            </span>
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        Es en ese cambio de criterio donde la querella sit&uacute;a la supuesta intervenci&oacute;n de Alejandro Blanco y Luis Rubiales. El documento sostiene que el presidente del COE habr&iacute;a actuado como puente entre Javier Gonz&aacute;lez Calvo, los inversores barein&iacute;es y el entonces presidente de la RFEF. La querella cita apariciones p&uacute;blicas de Alejandro Blanco en C&oacute;rdoba junto a representantes de Bar&eacute;in y dirigentes de la nueva sociedad, as&iacute; como viajes posteriores al Golfo P&eacute;rsico para apuntalar la tesis de que su presencia no era meramente institucional. Tambi&eacute;n alude a conversaciones publicadas por medios como <em>El Confidencial</em> y <em>OK Diario</em>, de las que, seg&uacute;n la querellante, se desprender&iacute;a que Alejandro Blanco habr&iacute;a solicitado a Rubiales su intervenci&oacute;n para facilitar la inscripci&oacute;n federativa de la nueva entidad.
    </p><p class="article-text">
        La parte querellante vincula esa actuaci&oacute;n con posibles delitos de tr&aacute;fico de influencias y cohecho, al entender que personas con cargos de relevancia institucional habr&iacute;an podido actuar en beneficio de terceros. El escrito tambi&eacute;n apunta a un posible delito de administraci&oacute;n desleal en la actuaci&oacute;n del administrador concursal, Francisco Estepa, al que acusa de haber favorecido a la sociedad compradora en perjuicio de la concursada y de sus acreedores.
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                Javier González Calvo atiende a los medios                            </span>
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                </figure><h2 class="article-text">Dudas sobre la &ldquo;trazabilidad&rdquo; de los tres millones de euros</h2><p class="article-text">
        Otro de los puntos que la querella pide investigar es el origen del dinero empleado en la operaci&oacute;n. El documento hace referencia a una transferencia SWIFT de tres millones de euros consignada en el Juzgado Mercantil n&ordm; 1 de C&oacute;rdoba y plantea dudas sobre su procedencia, la sociedad que la orden&oacute;, la cuenta de origen y la trazabilidad de los fondos. Hartmann &amp; Morato Sports S.L. sostiene que, en aquel momento, no estaba claro qui&eacute;n estaba realmente detr&aacute;s de UFC SAD ni cu&aacute;ndo entraron en su capital las sociedades vinculadas a Infinity. Esa falta de claridad sirve al escrito para invocar, adem&aacute;s, la posible existencia de un delito de blanqueo de capitales, extremo que ahora el juzgado deber&aacute; valorar si procede investigar en profundidad.
    </p><p class="article-text">
        La querella pide, adem&aacute;s, un amplio paquete de diligencias: que la RFEF remita el expediente completo de su intervenci&oacute;n en el concurso y en la inscripci&oacute;n de UFC SAD; que se identifique qui&eacute;n orden&oacute; y firm&oacute; la inscripci&oacute;n; que se aporten informes jur&iacute;dicos, actas de reuniones y comunicaciones internas; que se requiera documentaci&oacute;n sobre la transferencia de tres millones; que medios de comunicaci&oacute;n entreguen audios, mensajes y WhatsApps atribuidos a conversaciones de Rubiales con Blanco y Gonz&aacute;lez Calvo; y que declaren testigos como Javier Tebas, Gerardo Gonz&aacute;lez Otero, Miguel Garc&iacute;a Caba, Magdalena Entrenas o Daniel Pastor. 
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                León y Tebas, en el palco de El Arcángel durante la Liga Genuine | ÁLEX GALLEGOS                            </span>
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        Este medio se ha puesto en contacto con el Comit&eacute; Ol&iacute;mpico Espa&ntilde;ol, Uni&oacute;n Futbol&iacute;stica Cordobesa, Javier Gonz&aacute;lez Calvo y Francisco Estepa, que han preferido no hacer declaraciones hasta conocer con exactitud la querella a la que <em>Cord&oacute;polis</em> ha podido tener acceso en exclusiva. No ha sido posible recabar la versi&oacute;n de Luis Rubiales.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Nacho Serrano, Álex Jiménez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/juez-abre-diligencias-presidente-coe-luis-rubiales-venta-cordoba-cf_1_13276584.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 05 Jun 2026 18:01:55 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Un juez abre diligencias contra Alejandro Blanco y Luis Rubiales por la venta del Córdoba CF]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunales,Fútbol,Córdoba Club de Fútbol,Córdoba,CCF,Córdoba CF,España,rfef,El Arcángel,Estadio El Arcángel]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Una vecina declara que el exmarido de Tulia apareció por sorpresa y la apuñaló en el pecho]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/vecina-declara-exmarido-tulia-aparecio-sorpresa-apunalo-pecho_1_13278116.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/203a7803-eed4-4da4-8a60-e1c46840e8df_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Una vecina declara que el exmarido de Tulia apareció por sorpresa y la apuñaló en el pecho"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Continúa la instruccción del asesinato de esta mujer en La Fuensanta con la declaración de esta mujer, una empleada del hogar y el hijo de la víctima</p></div><p class="article-text">
        El juzgado que investiga <a href="https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/sucesos/hombre-atrinchera-vivienda-armado-cuchillo-llenar-gas-portal_1_13137618.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el asesinato de Tulia</a>, ocurrido el pasado 13 de abril en el barrio cordob&eacute;s de La Fuensanta, ha cogido declaraci&oacute;n esta semana a tres personas, entre ellas, una vecina de la v&iacute;ctima, quien ha dicho que el presunto asesino, F.L.A., baj&oacute; hacia la zona del bloque donde se encontraba Tulia y le asest&oacute; una pu&ntilde;alada en el pecho.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n ha podido conocer este peri&oacute;dico, la comparecencia de esta vecina se ha realizado como prueba preconstituida debido a su avanzada edad, unos 80 a&ntilde;os. Ante la jueza, esta mujer ha relatado que, el d&iacute;a de los hechos, se encontr&oacute; con Tulia en el portal y ambas comenzaron a subir. Al llegar a la segunda planta, el presunto asesino -que viv&iacute;a en la tercera- baj&oacute; de manera sorpresiva por las escaleras y le clav&oacute; un cuchillo directamente en el pecho. Seg&uacute;n su testimonio, la v&iacute;ctima comenz&oacute; a sangrar de forma masiva de inmediato. Tras el ataque, el agresor mantuvo una actitud de extrema frialdad, dirigi&eacute;ndose a la vecina para ordenarle: &ldquo;Sube, sube y llama a la Polic&iacute;a&rdquo;, mientras &eacute;l permanec&iacute;a en el lugar.
    </p><p class="article-text">
        Durante este jueves tambi&eacute;n ha declarado Alejandro, el hijo de Tulia, quien ha introducido una cuesti&oacute;n muy relevante del d&iacute;a en el que ocurrieron los hechos. Seg&uacute;n su declaraci&oacute;n, su madre le llam&oacute; para decirle que hab&iacute;a comprobado que su exmarido estaba en el piso, incumpliendo as&iacute; la orden de alejamiento que ten&iacute;a en vigor por la agresi&oacute;n que Tulia sufri&oacute; d&iacute;as antes y por la que F.L.A <a href="https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/condenado-anos-carcel-asesino-tulia-agresion-cometida-dias_1_13266811.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">ha sido condenado a dos a&ntilde;os de c&aacute;rcel</a>.
    </p><figure class="ni-figure">
        
                                            






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                Furgoneta de Tanatorios de Córdoba el día de los hechos                            </span>
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        Tulia lleg&oacute; a esa conclusi&oacute;n usando unas llaves del piso de su exmarido con las que pudo comprobar que la vivienda estaba cerrada por dentro con un solo candado. Esta era la se&ntilde;al inequ&iacute;voca, seg&uacute;n Alejandro, que su padre utilizaba habitualmente para indicar que se encontraba dentro. Tras esta llamada, <a href="https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/tulia-llamo-policia-horas-asesinato-sospechaba-exmarido-piso_1_13232435.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Tulia llam&oacute; a la Polic&iacute;a,</a> que se person&oacute; en el lugar. Los agentes llamaron a la puerta del piso del hombre, pero nadie contest&oacute; a la puerta ni escucharon ruidos en el interior. Entonces, los polic&iacute;as se retiraron tras darle instrucciones a Tulia sobre los pasos a seguir. Aproximadamente dos horas despu&eacute;s de esta visita policial, se consum&oacute; el asesinato.
    </p><p class="article-text">
        Junto a estas dos declaraciones, la jueza ha escuchado este jueves a la empleada del hogar de esta vecina. Ella ha manifestado que, al llegar al edificio, se encontr&oacute; con el acusado en una ventana del rellano como en una &ldquo;actitud de espera&rdquo;. Al pasar junto a &eacute;l, observ&oacute; que ocultaba tras su espalda un machete negro con empu&ntilde;adura verde. Poco despu&eacute;s, la trabajadora se encontr&oacute; con la escena del crimen y corri&oacute; a refugiarse en la casa de la vecina de Tulia.
    </p><h2 class="article-text">Geolocalizaci&oacute;n de los m&oacute;viles del presunto de asesino el d&iacute;a de los hechos</h2><p class="article-text">
        Previa a estas tres declaraciones, la jueza que investiga el asesinato orden&oacute; el rastreo de los m&oacute;viles del presunto asesino de Tulia para confirmar su presencia en la escena del crimen. As&iacute;, autoriz&oacute; la geolocalizaci&oacute;n de sus dos terminales durante el fin de semana previo al crimen y el mismo d&iacute;a del asesinato tras hallar indicios de homicidio y quebrantamiento de condena.
    </p><p class="article-text">
        La ejecuci&oacute;n de este rastreo ha sido encomendada a la Unidad de Atenci&oacute;n a la Familia y Mujer de la Brigada Provincial de Polic&iacute;a Judicial de la Polic&iacute;a Nacional de C&oacute;rdoba. La magistrada a pedido a los agentes que cumplan la orden &ldquo;a la mayor brevedad posible&rdquo; dada la naturaleza de la causa y la condici&oacute;n de preso del investigado.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/vecina-declara-exmarido-tulia-aparecio-sorpresa-apunalo-pecho_1_13278116.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 05 Jun 2026 18:01:11 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Una vecina declara que el exmarido de Tulia apareció por sorpresa y la apuñaló en el pecho]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Justicia,Tribunales,asesinato,Violencia de género]]></media:keywords>
    </item>
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